FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 028-2024-CONCYTEC-P

A solicitud del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, se publica Fe de Erratas del Anexo “Código Nacional de Integridad Científica” de la Resolución de Presidencia Nº 028-2024-CONCYTEC-P en lo que corresponde a la numeración de la nota y/o cita bibliográfica, publicada en la edición del día 7 de marzo de 2024.

TEXTO DEL CÓDIGO NACIONAL DE INTEGRIDAD CIENTÍFICA

DICE:

(...)

5. Definiciones

a) Acceso abierto: (...).3

b) Afiliación institucional: Es la organización o unidad organizativa a la que está afiliada una persona natural, es decir, donde trabaja o estudia y realiza la investigación científica. 4, 5 (...).

c) Artículo científico: Es un documento escrito que comunica los resultados de una investigación científica original o de una síntesis de resultados existentes y que es publicado en una revista científica 6, 7 (...)

d) Artículo de conferencia: (...)8

e) Asesor: (...).9

f) Autoría: (...)10

g) Autoría honorífica: (...) 11

h) Capítulo de libro: Es la principal división de un libro, generalmente con un título o número divisor. 6, 12 (...).

i) Compra de autoría: (...) 13

j) Conflicto de interés: (...) 14

k) Fabricación: (...) 15

m) Fraude científico: Es un acto de engaño o tergiversación del propio trabajo, que viola las normas éticas de la investigación científica 16. (...).

n) Integridad científica: (...) 17.

o) Libro: Toda obra unitaria, no periódica, publicada en uno o más volúmenes o tomos, a través de la cual se transmiten creaciones, opiniones, experiencias y/o conocimientos literarios, artísticos y/o científicos18 (...).

p) Mala conducta científica: Son comportamientos o acciones que contravienen los principios citados en el presente Código y las prácticas profesionales necesarias para garantizar la integridad científica.19 Incluye (...).20

q) Manuscrito: (...) 5

r) Mentor: (...) 21

s) Mentoría: (...) 22

t) Metadatos: (...) 23

u) Obra: (...) 24, 25

v) Plagio: (...) 18

w) Proyecto de investigación y desarrollo (I+D): (...). 26, 27

x) Publicación científica: Es la práctica más extendida para compartir los resultados de la investigación científica.28 (...).

y) Retractación: (...).29

z) Revisión por pares externos: (...) 30, 31, 32

aa) Venta de autoría: (...)33

CAPÍTULO II INTEGRIDAD CIENTÍFICA

6. Principios de la integridad científica

(...)

Todas las fases de la actividad científica deben conducirse sobre la base de los siguientes principios 34, 35

8. Obligaciones del investigador y grupo de investigación en la realización de actividades científicas

8.2. Desarrollo de proyectos de I+D

Durante el desarrollo de un proyecto de I+D se tienen las siguientes obligaciones:

a) Cumplir con los protocolos y la normativa vigentes respecto a los sujetos de la investigación científica de la siguiente manera:

(...)

iii. Biodiversidad: (...).36

(...)

TEXTO DE LA NOTA Y/O CITA BIBLIOGRÁFICA

DICE:

3 Reglamento (...).

4 Directrices (...)

5 American (...).

6 Mari Mutt, J.A(...) .

7 Jiménez Ávila, J.M. (...).

8 Adaptado (...).

11 Adaptado (...)

12 https://vocabularies.coar-repositories.org/resource_ types/c_3248/

13 Adaptado (...)

14 Consejo superior de Investigaciones Científicas. (...)

15 Adaptado (...).

16 Chop, R.M

17 Adaptado (...).

18 Ley Nº 31053, (...).

20 FAPESP (...).

21 Adaptado (...).

22 National (...).

23 Reglamento (...).

24 Decreto Legislativo Nº 822 (...)

25 Resolución de Presidencia Nº 048-2020-CONCYTEC-P (...).

26 Ley Nº 28303 (...).

27 OECD (2015). (...).

28 Tur-Viñes, Victoria; (...).

29 Wager E, (...).

30 Committee on Publication Ethics. (2018). (...).

31 National Cancer Institute. (...).

32 SciELO Perú (2020). (...)

33 Adaptado (...).

34 All European Academies (...)

35 Institute (...)

36 Cuando la investigación implique (...).

TEXTO DEL CÓDIGO NACIONAL DE INTEGRIDAD CIENTÍFICA

DEBE DECIR:

(...)

5. Definiciones

a) Acceso abierto: (...).1

b) Afiliación institucional: Es la organización o unidad organizativa a la que está afiliada una persona natural, es decir, donde trabaja o estudia y realiza la investigación científica2,3 (...).

c) Artículo científico: Es un documento escrito que comunica los resultados de una investigación científica original o de una síntesis de resultados existentes y que es publicado en una revista científica4,5 (...).

d) Artículo de conferencia: (...)6

e) Asesor: (...).7

f) Autoría: (...)8

g) Autoría honorífica: (...) 9

h) Capítulo de libro: Es la principal división de un libro, generalmente con un título o número divisor. 6,10 (...).

i) Compra de autoría: (...) 11

j) Conflicto de interés: (...) 12

k) Fabricación: (...) 13

m) Fraude científico: Es un acto de engaño o tergiversación del propio trabajo, que viola las normas éticas de la investigación científica 14. (...).

n) Integridad científica: (...) 15.

o) Libro: Toda obra unitaria, no periódica, publicada en uno o más volúmenes o tomos, a través de la cual se transmiten creaciones, opiniones, experiencias y/o conocimientos literarios, artísticos y/o científicos. 16 (...).

p) Mala conducta científica: Son comportamientos o acciones que contravienen los principios citados en el presente Código y las prácticas profesionales necesarias para garantizar la integridad científica.17 Incluye (...).18

q) Manuscrito: (...) 5

r) Mentor: (...) 19

s) Mentoría: (...) 20

t) Metadatos: (...) 21

u) Obra: (...) 22,23

v) Plagio: (...) 16

w) Proyecto de investigación y desarrollo (I+D): (...). 24,25

x) Publicación científica: Es la práctica más extendida para compartir los resultados de la investigación científica. 26 (...).

y) Retractación: (...)27.

z) Revisión por pares externos: (...) 28,29,30

aa) Venta de autoría: (...)31

CAPÍTULO II INTEGRIDAD CIENTÍFICA

6. Principios de la integridad científica

(...)

Todas las fases de la actividad científica deben conducirse sobre la base de los siguientes principios32,33

8. Obligaciones del investigador y grupo de investigación en la realización de actividades científicas

8.2. Desarrollo de proyectos de I+D

Durante el desarrollo de un proyecto de I+D se tienen las siguientes obligaciones:

a) Cumplir con los protocolos y la normativa vigentes respecto a los sujetos de la investigación científica de la siguiente manera:

(...)

iii. Biodiversidad: (...).34

(...)

TEXTO DE LA NOTA Y/O CITA BIBLIOGRÁFICA

DEBE DECIR

1 Reglamento (...).

2 Directrices (...).

3 American (...).

4 Mari Mutt, J.A. (...).

6 Jiménez Ávila, J.M. (...).

7 Adaptado (...).

9 Adaptado (...).

10 https://vocabularies.coar-repositories.org/resource_ types/c_3248/

11 Adaptado (...)

12 Consejo superior de Investigaciones Científicas. (...).

13 Adaptado (...).

14 Chop, R.M. (...)

15 Adaptado (...).

16 Ley Nº 31053 (...).

17 Adaptado (...)

18 FAPESP (...)

19 Adaptado (...).

20 National (...).

21 Reglamento (...).

22 Decreto Legislativo Nº 822 (...)

23 Resolución de Presidencia Nº 048-2020-CONCYTEC-P, (...).

24 Ley Nº 28303 (...).

25 OECD (2015). (...).

26 Tur-Viñes, Victoria (...).

27 Wager E (...).

28 Committee on Publication Ethics. (...).

29 National (...)

30 SciELO Perú (2020). (...).

31 Adaptado (...)

32 All European Academies (2018). Código Europeo de Conducta para la Integridad en la Investigación. Berlín: All European Academies

33 Institute (...).

34 Cuando la investigación implique (...).

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