Modifican el Artículo Segundo de las Resoluciones Jefaturales N°s. 000907-2023-JN/ONPE y 000024-2024-JN/ONPE respecto a los gastos por concepto de pasajes aéreos

Modifican el Artículo Segundo de las Resoluciones Jefaturales N°s. 000907-2023-JN/ONPE y 000024-2024-JN/ONPE, respecto a los gastos por concepto de pasajes aéreos

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000069-2024-JN/ONPE

Lima, 14 de marzo de 2024

VISTOS: Las Resoluciones Jefaturales NOS. 000907-2023-JN/ONPE y 000024-2024-JN/ONPE; el Informe Nº 000592-2024-JAT-SGF-GAD/ONPE de la Jefatura del Área de Tesorería de la Gerencia de Administración; el Informe Nº 001846-2024-SGF-GAD/ONPE de la Subgerencia de Finanzas de la Gerencia de Administración; el Memorando Nº 000318-2024-GAD/ONPE de la Gerencia de Administración; así como el Memorando Nº 000110-2024-GAJ/ONPE y el Informe Nº 000158-2024-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE;

La Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que todo viaje de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, debe contar con la resolución de autorización de viaje correspondiente, la cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Con relación al contenido de la resolución de autorización de viaje, el Artículo 2 del Reglamento de la citada ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM precisa que debe contener, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC, entre otros elementos;

En ese marco normativo, se emitieron las siguientes resoluciones jefaturales:

1) Resolución Jefatural Nos 000907-2023-JN/ONPE (24NOV2023) que autorizó el viaje, en comisión de servicios de la señora María Milagros Uipan Chávez, Subgerente de Planeamiento, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, entre el 14 al 18 de diciembre de 2023, inclusive, a la República de Chile (Artículo Primero) y señaló los gastos por concepto de pasajes aéreos, entre otros conceptos1 (Artículo Segundo).

2) Resolución Jefatural Nº 000024-2024-JN/ONPE (18ENE2024) que autorizó el viaje, en comisión de servicios del señor Henry Josué Orna Robladillo, Subgerente de la Subgerencia de Organización y Ejecución Electoral de la Gerencia de Organización y Coordinación Regional, entre el 1 al 5 de febrero de 2024, inclusive, a la República de Costa Rica (Artículo Primero), señalando los gastos por concepto de pasajes aéreos, entre otros conceptos2 (Artículo Segundo);

Con posterioridad a la emisión de las resoluciones jefaturales citadas, se adquirieron los pasajes aéreos correspondientes, cuyos montos difieren de los costos consignados en la Resolución Jefatural Nº 000907-2023-JN/ONPE (el gasto por concepto de pasajes aéreos fue S/ 3,000) y el costo final fue S/ 3, 855.563 y en la Resolución Jefatural Nº 000024-2024-JN/ONPE (cuyo gasto por concepto de pasajes aéreos fue S/ 5,000) y el costo final fue S/ 7,535.294;

En ese contexto, la Gerencia de Administración, a través del memorando de vistos, que referencia el informe de la Sub Gerencia de Finanzas de la citada Gerencia de vistos, precisó5 que los gastos por concepto de pasajes aéreos que se señalaron en las Resoluciones Jefaturales citadas se basaron en una estimación realizada por el área usuaria, sin embargo, al momento de concretar la compra de los pasajes los precios difieren del monto estimado, estando sujetos a la variación de precios con los que se trabajan las Ordenes de Servicio y su conformidad. Asimismo, precisa que los conceptos de gastos de viáticos y seguro de viaje consignados en las referidas resoluciones no han sido modificados;

En cumplimiento de la Ley Nº 27619 y de su Reglamento citados, resulta necesaria la modificación del Artículo Segundo de las Resoluciones Jefaturales Nos 000907-2023-JN/ONPE y 000024-2024-JN/ONPE, únicamente respecto al gasto por concepto de pasajes aéreos, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administración;

De conformidad con los dispositivos normativos citados, el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, los literales r) e y) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado por la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Administración y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el Artículo Segundo de las Resoluciones Jefaturales Nos 000907-2023-JN/ONPE y 000024-2024-JN/ONPE, únicamente respecto a los gastos por concepto de pasajes aéreos, debiendo considerarse S/ 3, 855.56 y S/ 7,535.29, respectivamente.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

1 Tales como viáticos y seguro de viaje.

2 Tales como viáticos y seguro de viaje.

3 Tal como consta en la orden de servicio Nº 0002467 de fecha 6 de diciembre de 2023.

4 Tal como consta en la orden de servicio Nº 0000152 de fecha 24 de enero de 2024.

5 Ante una consulta realizada por la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el memorando de vistos.

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