Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao

Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao

resolución suprema

N° 003-2024-MTC

Lima, 15 de marzo de 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30900 se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con competencia para planificar, regular, gestionar, supervisar, fiscalizar y promover la eficiente operatividad del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, para lograr una red integrada de servicios de transporte terrestre urbano masivo de pasajeros de elevada calidad y amplia cobertura, tecnológicamente moderno, ambientalmente limpio, técnicamente eficiente y económicamente sustentable;

Que, el artículo 10 de la Ley N° 30900, establece que la ATU es dirigida por un Consejo Directivo conformado por ocho (8) miembros, designados por un periodo de cinco (5) años, mediante Resolución Suprema refrendada por el/la Ministro/a de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: dos (2) miembros propuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cuatro (4) miembros propuestos por las municipalidades provinciales existentes en el territorio, en proporción al número de habitantes y conforme a los mecanismos de designación que se establezca en el Reglamento de Organización y Funciones de la ATU;

Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE establece que la renuncia aceptada constituye causal de vacancia o remoción del cargo de miembro del Consejo Directivo de la ATU;

Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Suprema N° 002-2019-MTC, se designa al señor JOSE GARCIA CALDERON, como miembro del Consejo Directivo de la ATU, propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, mediante Oficio N° 250-2024/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica que el señor JOSE GARCIA CALDERON ha presentado su renuncia al cargo;

Que, en tal sentido, resulta necesario emitir la resolución suprema que acepta la renuncia formulada por el señor JOSE GARCIA CALDERON al cargo de miembro del Consejo Directivo de la ATU, propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE GARCIA CALDERON, como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2271176-8