Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción correspondiente al año 2025

Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondiente al año 2025

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000069-2024-PRODUCE

Lima,15 de marzo de 2024

VISTOS: El Memorando N° 00000208-2024-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción con el que remite el Informe N° 00000030-2024-PRODUCE/DSF-PA-kalvarez de su Dirección de Supervisión y Fiscalización; el Memorando N° 00000257-2024-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con el que hace suyo el Informe N° 00000081-2024-PRODUCE/OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00000127-2024-PRODUCE/DGPARPA con el que hace suyo el Informe N° 00000105-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento; y el Informe N° 00000247-2024-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29325 se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, cuya rectoría se encuentra a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente, para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental;

Que, el artículo 7 de la Ley N° 29325 establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, señala que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental (PLANEFA) son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; asimismo, los PLANEFA son elaborados, aprobados y reportados en su cumplimento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;

Que, el literal f) del artículo 4 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) como el instrumento de planificación a través del cual cada EFA planifica las acciones de fiscalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente, las cuales son priorizadas siguiendo los criterios establecidos en el artículo 7 de los citados Lineamientos; asimismo, los numerales 8.1 del artículo 8 y 9.1 del artículo 9 de dichos Lineamientos establecen que el PLANEFA es aprobado por Resolución del titular de la EFA, y que el PLANEFA de la EFA debe ser registrado en los diez (10) días hábiles posteriores a su aprobación, en el aplicativo informático disponible en el portal institucional del OEFA;

Que, el artículo 3 y el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción señalan que dicho Ministerio es competente, entre otros, en materia de pesquería y acuicultura, ejerce competencia de manera exclusiva en ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa, normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados; así como tiene la función de cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad fiscalizadora, sancionadora y de ejecución coactiva correspondiente;

Que, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción mediante el Memorando N° 00000208-2024-PRODUCE/DGSFS-PA, remite el Informe N° 00000030-2024-PRODUCE/DSF-PA-kalvarez de su Dirección de Supervisión y Fiscalización, con el que se sustenta la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondiente al año 2025 (PLANEFA 2025). En el citado informe se concluye, entre otros: i) Corresponde al Ministerio de la Producción, en su calidad de EFA, efectuar las funciones de fiscalización ambiental de las actividades pesqueras ejecutadas en la jurisdicción de Lima Metropolitana; ii) La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, en coordinación con los órganos de línea y asesoramiento correspondiente, elabora y ejecuta las acciones de fiscalización ambiental en materia de pesca en Lima Metropolitana señaladas en el PLANEFA 2025; y, iii) El PLANEFA 2025 cumple con las condiciones y requisitos establecidos por el OEFA a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante el Memorando N° 00000257-2024-PRODUCE/OGPPM, hace suyo y remite el Informe N° 00000081-2024-PRODUCE/OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, en el que se concluye, entre otros: i) Considera procedente la aprobación del PLANEFA 2025; ii) El PLANEFA es financiado con cargo a los recursos presupuestales previstos en las metas presupuestales de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, fuente de financiamiento recursos ordinarios consignados en la Programación del Plan Operativo Institucional Multianual – POI 2024 – 2026; y, iii) La ejecución del PLANEFA no demandará recursos adicionales en dicho periodo;

Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura mediante el Informe N° 00000127-2024-PRODUCE/DGPARPA, hace suyo y remite el Informe N° 00000105-2024-PRODUCE/DPO de su Dirección de Políticas y Ordenamiento en el que se concluye, entre otros, que la ejecución de las actividades de fiscalización, propuestas por la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, contribuirá a que los administrados ejecuten sus actividades de acuerdo a la normativa vigente, lo que coadyuvará a garantizar un aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos, especialmente, al cuidado de los ejemplares en tallas menores; por lo que corresponde aprobar el PLANEFA 2025;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 00000247-2024-PRODUCE/OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial con la que se aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondiente al año 2025;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; y los “Lineamientos para la Formulación, Aprobación, Seguimiento y Evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondientes al año 2025

Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondiente al año 2025, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Implementación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondientes al año 2025

La implementación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA para el subsector Pesca y el subsector Acuicultura del Ministerio de la Producción, correspondiente al año 2025, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como su registro virtual conforme al marco normativo vigente, está a cargo de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARIA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA

Ministra de la Producción

2270801-1