Aprueban la apertura del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina y dictan otras disposiciones

Aprueban la apertura del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, y dictan otras disposiciones

ORDENANZA N° 445/MDLM

La Molina, 11 de marzo de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 008-MDLM-CAJ y Dictamen Nº 003-2024-MDLM-CAFTPCTI de la Comisión Conjunta de Asuntos Jurídicos y de Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información, respectivamente; sobre el Proyecto de Ordenanza que Apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 y Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe N° 030-2024-MDLM-OGPPDI de fecha 19 de febrero del 2024, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, sustenta y remite la propuesta de Ordenanza que Apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2025 y Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, acompañando el proyecto de Ordenanza, la respectiva Exposición de Motivos y la propuesta de Reglamento; indicando que estas se han elaborado teniendo en cuenta la normativa aplicable vigente sobre Presupuesto Participativo, tomando como base lo dispuesto en el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, y la normatividad vigente contenida en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Que, mediante Informe N° 043-2024-MDLM-OGAJ, de fecha 21 de febrero de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite pronunciamiento sobre la propuesta de Ordenanza, concluyendo en el sentido que, estando a lo dispuesto en el artículo 53 de la LOM, a lo opinado por el área técnica y teniendo en cuenta que se ha cumplido con lo establecido en el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, aprobado por la Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, en el que se establecen mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, encuentra factible legalmente la propuesta de Ordenanza y Reglamento;

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en el numeral 1) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, se establece que, es competencia del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; asimismo, su Décimo Sexta Disposición Complementaria señala que, las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, de conformidad con lo indicado en el artículo 6° de la Ley N° 28056, en su texto modificado por el artículo único de la Ley N° 29298, el proceso participativo tiene las siguientes fases: i) preparación, ii) concertación, iii) coordinación entre niveles de gobierno y iv) formalización, precisando que la adecuación de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del proceso, considerando la realidad territorial, serán reguladas por Ordenanza;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en el que se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital;

Que, siendo que la unidad de organización competente sobre la materia ha formulado, presentado y sustentado la propuesta de Ordenanza que Apertura el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 y Aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, en el marco de la normativa vigente sobre la materia, en el ejercicio de las atribuciones que le fueron asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones vigente de la Entidad, correspondería al Concejo Municipal proceder a su aprobación mediante Ordenanza;

Estando a los considerandos antes mencionados, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto en mayoría de los miembros del Concejo asistentes, con dispensa del trámite de Comisiones, Lectura y Aprobación del Acta correspondiente, aprobó la siguiente;

ORDENANZA QUE APERTURA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 Y APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA

Artículo Primero.- APROBAR la apertura del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina.

Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2025 de la Municipalidad Distrital de La Molina, que consta de diez (10) capítulos, treinta y tres (33) artículos, siete (07) disposiciones finales y cinco (05) anexos; el mismo que como anexo forma parte integrante del presente dispositivo y cuyo texto íntegro será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital La Molina www.munimolina.gob.pe.

Artículo Tercero.- FACÚLTAR Y AUTORIZAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, así como para dictar disposiciones modificatorias de los anexos del presente Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2025, aprobado en el artículo Segundo de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a la Gerencia de Participación Vecinal y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, el cumplimiento del desarrollo del proceso, conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento aprobado en el artículo segundo de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- DEJAR sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría de Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación del íntegro de la Ordenanza con su Anexo en el Portal Institucional de la entidad, asimismo, a la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Gerencia de Participación Vecinal la difusión correspondiente.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA

Alcalde

2269558-1