Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Frontera a Brasil en comisión de servicios

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Frontera a Brasil, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

N° 165-2024-UNF/CO

Sullana, 1 de marzo de 2024

VISTOS:

Carta N° 003-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO de fecha 02 de febrero de 2024; Informe N° 003-2024-UNFF-FCEA/ZMSJ de fecha 02 de febrero de 2024; Oficio N° 105-2024-UNF-VPAC/FCEA de fecha 06 de febrero de 2024; Informe N° 207-2024-UNF-PCO-OPP-UP, de fecha 06 de febrero de 2024; Oficio N° 004-2024-UNF-VPAC-FCEA/DAME de fecha 12 de febrero de 2024; Oficio N° 121-2024-UNF-VPAC/FCEA de fecha 12 de febrero de 2024; Informe N° 329-2024-UNF-PCO-OPP-UP de fecha 20 de febrero de 2024; Informe N° 072-2024-UNF-PCO-OPP de fecha 20 de febrero de 2024; Carta N° 002-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO de fecha 02 de febrero de 2024; Oficio N° 064-2024-UNF-VPAC/FIIAB de fecha 02 de febrero de 2024; Informe N° 0146-2024-UNF-OAJ de fecha 27 de febrero de 2024; Carta N° 05-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO de fecha 29 de febrero de 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.

Que, mediante Ley N° 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país.

Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo.

Que, con Resolución de Comisión Organizadora N° 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera.

Que, en el Estatuto en mención, en su TÍTULO III se establece las DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS:

A. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- POTESTAD DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA

En base al artículo 29° de la Ley Universitaria, la Comisión Organizadora de la UNF tiene a su cargo la aprobación del presente Estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica, de investigación y administrativa, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que de acuerdo a ley corresponda.

SEGUNDA.- PROCESO DE CONSTITUCIÓN

Durante el proceso de constitución de la Universidad, los artículos del presente Estatuto, que se opongan, contradigan o no puedan implementarse de acuerdo a lo establecido en la normativa de la SUNEDU y MINEDU, respecto a garantizar las condiciones básicas de calidad, quedan en suspenso hasta que se constituyan los órganos de gobierno de la universidad. Encontrándose la Comisión organizadora facultada a emitir resoluciones que permitan el adecuado funcionamiento de la universidad hasta culminar el proceso de constitución.

(…)

CUARTA.- GOBIERNO DE LA UNF

Durante el proceso de constitución de la Universidad, el gobierno de ésta se ejerce por:

a) La Comisión Organizadora, tiene atribuciones administrativas que competen a la Asamblea Universitaria, al Consejo Universitario y al Consejo de Facultad.

b) El Presidente de la Comisión Organizadora de la UNF, tiene atribuciones propias del Rector.

c) Los Coordinadores de Facultad tiene atribuciones de Decano.

QUINTA.- ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN

Durante el proceso de constitución de la UNF, los Órganos de Alta Dirección de ésta, lo constituyen:

a) La Presidencia de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Rectorado.

b) La Vicepresidencia Académica de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Vicerrectorado Académico.

c) La Vicepresidencia de Investigación de Comisión Organizadora, que cumple funciones asignadas al Vicerrectorado de Investigación.

Que, en el artículo 87° del estatuto en mención, establece que los docentes de la universidad son profesionales especializados que realizan funciones de enseñanza, investigación, tutoría, proyección y responsabilidad social, además de capacitación permanente, producción intelectual, promoción de la cultura, creación y promoción del arte, producción de bienes, prestación de servicios, gestión universitaria en los ámbitos que les corresponde y otros de acuerdo con los principios y fines de la universidad.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 377-2021-UNF/CO se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Frontera (ROF–UNF), el cual en su artículo 76 prescribe, como una atribución del Consejo de Facultad, la de: 76.10. Autorizar licencia por capacitación, pasantías, mentorías a los docentes de la Facultad concordante con el Plan de Capacitación Docente y elevarlo al Consejo Universitario para su ratificación.

Que, en la Directiva N° 002-2019-UNF denominada “DISPOSICIONES Y PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE VIÁTICOS Y OTROS GASTOS POR COMISIÓN DE SERVICIO EN TERRITORIO NACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA” aprobada mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 203-2019-UNF/CO, de fecha 24 de abril de 2019, la cual define a la Comisión de Servicios en su capítulo V. DEFINICIONES numeral 5.1, como: “(...) el desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la Entidad, debidamente autorizado por el funcionario competente, para realizar funciones dentro del territorio nacional, directamente relacionadas con los fines y objetivos institucionales.”

Que, la Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2019-UNF/CO, de fecha 13 de febrero de 2019, aprobó el Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento Docente de la Universidad Nacional de Frontera, cuyo artículo 6° establece que “la capacitación docente tiene por finalidad el incremento de la calificación profesional de manera integral, mejorando la competencia docente y el desempeño profesional”.

Que, a través del Carta N° 003-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO, de fecha 02 de febrero de 2024, la Responsable del Proyecto hace de conocimiento al Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales que, como parte de las actividades del proyecto de investigación “Estimación de la Vida Útil de Chips de Banano Orgánico con tipos de Empaque y tipos de Banano (Musa Paradisiaca) Pre Tratados con Ultrasonidos”, está planificada realizar una pasantía internacional, comunicando la autorización a la Mg. Zury Mabell Sócola Juárez a realizar dicha pasantía en la Universidad Federal de Santa Catarina - Brasil desde el 01 al 31 de marzo del 2024, sustentado en lo siguiente:

- Interés específico en la institución: La pasantía es relevante porque en la institución de acogida hay laboratorios equipados para realizar todos los análisis necesarios que aportarán al proyecto de investigación. Estos resultados y experiencias serán socializada con los integrantes del proyecto de investigación, así como, los alumnos que están elaborando su trabajo de investigación. De la mejora de las capacidades del equipo, nuevos métodos de análisis estadísticos, así como, el uso de equipos de laboratorios especializados. Es importante porque se manejará nuevos equipos de los laboratorios de la Universidad Federal Santa Catarina. Así mismo, se aprenderá nuevos métodos para estimar la vida útil de un producto y métodos estadísticos para el análisis de los datos. La transferencia tecnológica en el aprendizaje vivencial es potente para el crecimiento profesional.

- Itinerario de la Comisión de Servicios: La pasantía se realizará a la Universidad Federal de Santa Catarina Florianópolis – Brasil, desde el 10 al 31 de marzo del 2024.

- Personas que realizarán la comisión de servicio: Mg. Milagros del Pilar Espinoza Delgado, docente de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología y Mg. Zury Mabell Sócola Juárez, docente de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales.

- Costo del viaje: El gasto será asumido con presupuesto del proyecto, de acuerdo al siguiente detalle:

CONCEPTO

IMPORTE (S/)

(por persona)

Viáticos Internacionales

8,440.00

Pasajes Internacionales

4,000.00

Pasajes Nacionales

385.00

Total por persona

12,825.00

Gastos de publicación en

Diario Oficial El Peruano

2,000.00

Que, mediante Informe N° 003-2024-UNFF-FCEA/ZMSJ, de fecha 02 de febrero de 2024, la Mg. Zury Mabell Sócola Juárez solicita al Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales que, con el fin de continuar el desarrollo del proyecto de investigación mencionado, solicito su autorización para el logro de una pasantía de aprendizaje, en el cual se realizaran recorridos a los laboratorios de la Universidad Nacional de Santa Catarina Flonianópolis - Brasil, para la recolección de datos y análisis de datos de la experimentación realizada en los mismos y de muestras realizadas en laboratorio de la UNF, a desarrollarse durante treinta y uno (31) días, que consta del 01 al 31 de marzo de 2024 para viajar de Piura a Lima y Lima Florianópolis y viceversa, es preciso indicar que en las fechas están incluidos los días de viaje.

Que, con Oficio N° 105-2024-UNF-VPAC/FCEA, de fecha 06 de febrero de 2024, el Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales solicita a la Directora del Departamento Académico de Matemáticas y Estadística, emita opinión respecto a la autorización de comisión de servicios para pasantía en la Universidad Santa Catarina – Florianópolis – Brasil, de la responsable del proyecto Mg. Milagros del Pilar Espinoza Delgado y MSC. Zury Mabell Sócola Juárez.

Que, con Informe N° 207-2024-UNF-PCO-OPP-UP, de fecha 06 de febrero de 2024, la Jefa de la Unidad de Presupuesto informa a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto que, la disponibilidad presupuestaria en la fuente de financiamiento 5. Recursos Determinados y Actividad 5005625 Instituciones Desarrollan y Ejecutan Proyectos De Investigación Científica y de Innovación Tecnológica, para la Pasantía al Exterior en el Marco de la Ejecución del Proyecto de Investigación con Fondos Concursables “Estimación de Vida Útil de chips de Banano Orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, a la ciudad de Florianópolis, Sao Paulo - Brasil, presentado por el Msc. Milagros del Pilar Espinoza Delgado en calidad de Responsable del Proyecto; a participar de pasantía a la Universidad de Santa Catarina - Florianópolis - Brasil, que de acuerdo al plan presentado por la docente; el viaje internacional corre desde el 01/03/2024 al 31/03/2024, por la suma de S/ 14,825.00 (catorce mil ochocientos veinticinco con 00/100 soles).

Que, mediante Oficio N° 004-2024-UNF-VPAC-FCEA/DAME, de fecha 12 de febrero de 2024, la Directora del Departamento Académico de Matemáticas y Estadística hace de conocimiento al Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales que, las fechas de viaje durante treinta y uno (31) días, a desarrollarse del 01 al 31 de marzo de 2024 contando días de Viaje; no afecta el desarrollo de clases tanto del semestre académico 2023-II y/o el semestre académico 2024-I, solicitando continuar con el trámite respectivo, cuidando el cumplimiento del debido proceso según los documentos normativos, al que está sujeta la solicitud de la docente Mg. Zury Mabell Sócola Juárez.

Que, con Oficio N° 121-2024-UNF-VPAC/FCEA, de fecha 12 de febrero de 2024, el Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales solicita a Presidencia de Comisión Organizadora, su aprobación mediante acto resolutivo y el permiso por treinta y uno (31) días, del 01 al 31 de marzo de 2023, según adjunta plan de trabajo de la docente, Mg. Zury Mabell Sócola Juárez, el cual incluye el trayecto de viaje hasta Florianópolis -Brasil, en atención a la Directiva N° 003-2029-UNF.

Que, mediante Informe N° 329-2024-UNF-PCO-OPP-UP, de fecha 20 de febrero de 2024, la Jefa de la Unidad de Presupuesto informa a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto que, emite la disponibilidad presupuestaria en la fuente de financiamiento 5. Recursos Determinados y Actividad 5005625 Instituciones Desarrollan y Ejecutan Proyectos De Investigación Científica y de Innovación Tecnológica, para la Pasantía al Exterior en el Marco de la Ejecución del Proyecto de Investigación con Fondos Concursables “Estimación de Vida Útil de chips de Banano Orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, a la ciudad de Florianópolis, Sao Paulo - Brasil, presentado por el Mg. Zury Mabell Sócola Juárez; a participar de pasantía a la Universidad de Santa Catarina - Florianópolis - Brasil, que de acuerdo al plan presentado por la docente; el viaje internacional desde el 01/03/2024 al 31/03/2024, por la suma de S/ 12,825.00 (doce mil ochocientos veinticinco con 00/100 soles).

Que, con Informe N° 072-2024-UNF-PCO-OPP, de fecha 20 de febrero de 2024, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a Presidencia de Comisión Organizadora, el informe emitido por la jefa de la Unidad de Presupuesto, quién emite la disponibilidad presupuestaria para dicha comisión de servicios, en la fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados y Actividad 5005625, para ejecución de viaje al exterior de la docente Mg. Zury Mabel Sócola Juárez para la citada pasantía, hasta la suma de S/ 12,825.00. Asimismo, indica que mediante Informe N° 207- UNF-PCO-OPP-UP, se emitió disponibilidad presupuestal para publicación en el Diario Oficial El Peruano por el importe de S/ 2,000.00 para la MSc. Milagros de Pilar Espinoza Delgado. Por consiguiente, se sugiere tener en cuenta las recomendaciones vertidas endicho informe y la continuidad del trámite correspondiente.

Que, mediante Carta N° 002-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO, de fecha 02 de febrero de 2024, la Responsable del Proyecto comunica al Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología que, con el fin de continuar el desarrollo del proyecto de investigación, solicita autorización para el logro de una pasantía de aprendizaje, en el cual se realizarán recorridos a los laboratorios de la Universidad Nacional de Santa Catarina Florianópolis - Brasil, para la recolección de datos y análisis de datos de la experimentación realizada en los mismos y de muestras realizadas en laboratorio de la UNF, la cual se realizará durante treinta y un (31) días, que consta del 01 al 31 de marzo de 2024 para viajar de Piura a Lima y Lima Florianópolis y viceversa, es preciso indicar que en las fechas están incluidos los días de viaje.

Que, con Oficio N° 064-2024-UNF-VPAC/FIIAB, de fecha 02 de febrero de 2024, el Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología remite a Presidencia de Comisión Organizadora, la solicitud presentada por la Msc. Milagros del Pilar Espinoza Delgado quien solicita autorización para realizar pasantía de aprendizaje, la cual se realizara en los laboratorios de la Universidad de Santa Catarina - Florianópolis - Brasil, desde el 01 de marzo al 31 de marzo del año en curso. Asi mismo esta coordinación autoriza el viaje a la docente antes mencionada, ya que el presupuesto afectara a la partida presupuestal N° 05-”Pasajes y Viáticos” aprobada con Resolución N° 328-2023-UNF/CO. Con fecha 13 de julio de 2023.

Que, mediante Informe N° 0146-2024-UNF-OAJ, de fecha 27 de febrero de 2024, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión señalando: “Que, resulta viable jurídicamente la autorización del viaje al exterior del país, en comisión de servicios en territorio internacional a Florianópolis - Brasil, al Msc. Milagros del Pilar Espinoza Delgado, Responsable del Proyecto de Investigación: “Estimación de Vida Útil de Chips de banano orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, del 01 de marzo al 31 de marzo del presente año; toda vez que, cuenta con autorización del Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología, y disponibilidad presupuestaria para dicha Comisión de Servicios. Que, resulta viable jurídicamente la autorización del viaje al exterior del país, en comisión de servicios en territorio internacional a Florianópolis - Brasil, al Mg. Zury Mabell Socola Juárez, Co investigadora del Proyecto de Investigación “Estimación de Vida Útil de Chips de banano orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, del 01 de marzo al 31 de marzo del presente año; toda vez que, cuenta con autorización del Coordinador de la Facultad de Ciencias Económicas y Ambientales, y disponibilidad presupuestaria para dicha comisión de servicios”.

Que, con Carta N° 05-2024-UNF-VPIN/DGI/PCHBO, de fecha 29 de febrero de 2024, el Responsable del Proyecto comunica que, se han actualizado las fechas de la pasantía internacional que estaremos realizando la Mg. Zury Mabell Socola Juárez y mi persona Mg. Milagros del Pilar Espinoza Delgado a la Universidad Federal de Santa Catarina, como parte de las actividades programadas del proyecto de “Estimación de la Vida Útil de Chips de Banano Orgánico con tipos de empaque y tipos de banano (Musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonidos”, siendo las nuevas fechas para el viaje del 10 al 31 de marzo del 2024.

Que, respecto al Artículo IV el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo número 004-2019-JUS, recoge como uno de los Principios del Procedimiento Administrativo, el Principio de Legalidad por el cual queda sentado que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.

Que, con ACTA N° 018-2024-SO-CO, de fecha 01 de marzo de 2024, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, luego de analizar la documentación presentada y de revisar los informes técnicos y legales indicados en los considerandos de la presente Resolución, por unanimidad se acordó: AUTORIZAR la comisión de servicios de la Mg. Zury Mabell Sócola Juárez y Mg. Milagros del Pilar Espinoza Delgado, docentes de la Universidad Nacional de Frontera, en el marco del Proyecto de Investigación: “Estimación de Vida Útil de Chips de banano orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, para realizar visita a los laboratorios de la Universidad Nacional de Santa Catarina - Florianópolis, Sao Paulo – Brasil, del 10 al 31 de marzo del 2024.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial N° 045-2023-MINEDU, y
Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora N° 018-2024-SO-CO, de fecha 01 de marzo de 2024.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la comisión de servicios de la Mg. Zury Mabell Sócola Juárez y Mg. Milagros del Pilar Espinoza Delgado, docentes de la Universidad Nacional de Frontera, en el marco del Proyecto de Investigación: “Estimación de Vida Útil de Chips de banano orgánico con tipos de empaques y tipos de banano (musa paradisiaca) pre tratados con ultrasonido”, para realizar visita a los laboratorios de la Universidad Nacional de Santa Catarina - Florianópolis, Sao Paulo – Brasil, del 10 al 31 de marzo del 2024.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para las profesionales citadas en el artículo primero, de conformidad con la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a las instancias académicas y administrativas pertinentes, a través de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ

Presidente de la Comisión Organizadora

MARIA JIMENEZ DE BENITES

Vicepresidenta Académica de

la Comisión Organizadora

BALDEMAR TENE FARFAN

Vicepresidente de Investigación

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