Nombran y designan fiscales en los Distritos Fiscales de Lima Centro y Ucayali

Nombran y designan fiscales en los Distritos Fiscales de Lima Centro y Ucayali

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 689-2024-MP-FN

Lima, 8 de marzo de 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El escrito de fecha 01 de marzo de 2024, cursado por el abogado Tomassine John Tomasto Medrano, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual declina a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 535-2024-MP-FN, de fecha 28 de febrero de 2024.

Asimismo, mediante oficio Nº 135-2024-MP-FN-2°FSTEDCFP, cursado por el doctor Alcides Mario Chinchay Castillo, Fiscal Supremo Provisional, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, se eleva la propuesta en reemplazo del abogado señalado en el párrafo precedente, la misma que cuenta con el visto bueno de la Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, expresado a través del oficio Nº 825-2024-MP-FN-OCE-FEDTID.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, también modificada mediante Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

El Fiscal de la Nación (i) como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal, se hace oportuno dejar sin efecto la designación del abogado Tomassine John Tomasto Medrano, asimismo, considerando que se trata de un magistrado titular, deberá de designársele en un Despacho Fiscal conforme a su título de nombramiento. Por otro lado, en mérito al marco normativo señalado y previa verificación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio para el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, conforme a la propuesta contenida en el oficio señalado en el segundo párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 111-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, salvo que algún magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley Nº 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto los artículos segundo y tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 535-2024-MP-FN, de fecha 28 de febrero de 2024, que resolvieron designar al abogado Tomassine John Tomasto Medrano, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, disponiéndose que la designación señalada en el artículo precedente, tenga vigencia a partir de la fecha de su toma de posesión y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 111-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023 y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Marlene Tarazona Trujillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque como Adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación en la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 529-2020-MP-FN y 846-2021-MP-FN, de fechas 09 de marzo de 2020 y 09 de junio de 2021, respectivamente.

Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Marlene Tarazona Trujillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos.

Artículo Cuarto.- Designar al abogado Tomassine John Tomasto Medrano, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Coronel Portillo, Distrito Fiscal de Ucayali, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo.

Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo tercero, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 111-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023 y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Ucayali, Coordinación del Despacho de la Fiscalía de la Nación, ante la Sección de Asuntos para Narcóticos (NAS) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2269067-5