Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca periodo 2024-2029

Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, periodo 2024-2029

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 000040-2024-SERNANP/J-SGD

San Isidro, 5 de marzo del 2024

VISTOS:

El Informe N° 000153-2024-SERNANP/DDE-SGD del 29 de febrero de 2024 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum N° 000928-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 27 de febrero del 2024, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas y el Informe N° 000147-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 01 de marzo de 2024, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la institución, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas;

Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2021-MINAM, se establece la Reserva Nacional Dorsal de Nasca-RNDNS, sobre la superficie de 62 392.0575 km2, ubicada a 57 millas náuticas (105.56 km) de distancia frente a la costa del departamento de Ica;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;

Que, mediante Resolución Directoral N° 005-2022-SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;

Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2023-SERNANP-DDE, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de elaboración o actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2023, siendo una de ellas la Reserva Nacional Dorsal de Nasca;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 015-2023-SERNANP-DDE, se aprueba los Términos de Referencia del proceso de elaboración del Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca;

Que, teniendo en cuenta que en el Informe N° 000153-2024-SERNANP/DDE-SGD, se concluye que el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca periodo 2024-2029, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, y validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP; así como sustentado ante las Direcciones de línea, la Alta Dirección del SERNANP y contando con la respectiva conformidad y visto bueno de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, otorgado a través del Memorando N° 000928-2024-SERNANP/DGANP-SGD, solicita su aprobación;

Que, dicho informe concluye además que, en relación a la zonificación de la RNDNS, esta no ha sido modificada manteniéndose la zonificación vertical (sin coordenadas) aprobada en el expediente de establecimiento del ANP y que, no se ha propuesto una zona de amortiguamiento debiéndose levantar la información complementaria para establecer una estrategia de conservación a nivel de paisaje, lo que se ha considerado como estratégico en el documento de plan maestro;

Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, periodo 2024-2029;

Que, en el Informe N° 000147-2024-SERNANP/OAJ-SGD, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, periodo 2024-2029;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAMy en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, periodo 2024-2029, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, velar por la implementación del referido Plan Maestro.

Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp., en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE

Jefe del SERNANP

2267538-1