Autorizan la realización del XIII Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2024 en la ciudad de Lima

Autorizan la realización del “XIII Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2024” en la ciudad de Lima

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000070-2024-CE-PJ

Lima, 5 de marzo del 2024

VISTO:

El Oficio Nº 00051-2024-P-CSJLI-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Oficio Nº 00051-2024-P-CSJLI-PJ, propone a este Órgano de Gobierno que la referida corte superior sea la próxima sede para la organización del “XIII Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2024”, en la ciudad de Lima, al haber obtenido el primer puesto en el XII Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial organizado por la Corte Superior de Justicia de Cajamarca.

Segundo. Que, es menester señalar que este tipo de actividades fortalecen los lazos de compañerismo laboral y mejora del clima laboral. Además, de otorgar beneficios en el plano psicológico y del bienestar personal. Por lo que, a fin de promover la participación de las delegaciones de los Distritos Judiciales del país, resulta pertinente autorizar el referido certamen, conforme a la propuesta presentada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 284-2024 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de febrero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la realización del “XIII Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2024”, a llevarse a cabo el 29, 30 y 31 de agosto de 2024, en la ciudad de Lima; cuya organización estará a cargo de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima adoptará las medidas pertinentes, a fin de no afectar el despacho judicial.

Artículo Tercero.- Disponer que solo participarán en el mencionado certamen, el personal que integra las delegaciones inscritas.

Artículo cuarto. Notificar la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2267407-1