Conforman la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y Aduanera y dictan diversas disposiciones

Conforman la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y Aduanera, y dictan diversas disposiciones

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000174-2024-P-CSJLI-PJ

Lima, 1 de marzo del 2024

VISTO: Resolución Administrativa N° 000070-2024-P-PJ, Oficio 7692-2023-SG-CE-PJ, Oficio N° 268-2024-CE-PJ, cursados por el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial;

CONSIDERANDO:

Primero. Reconformación de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros.

1.1 Mediante Resolución Administrativa N° 000001-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 3 de enero del 2024, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso la conformación de las Salas Superiores de este Distrito Judicial, correspondiente al presente año, designándose al magistrado Abrahan Percy Torres Gamarra, en su condición de Juez Superior Titular, como integrante del Colegiado de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros.

1.2. Por Resolución Administrativa N° 000070-2024-P-PJ de fecha 29 de febrero del 2024, la Presidencia del Poder Judicial, dispuso que a partir del 4 de marzo del año en curso y mientras dure la licencia del señor juez supremo provisional Víctor Raúl Malca Guaylupo, el señor juez Abrahan Percy Torres Gamarra, integre la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de la República.

1.3. En este contexto, con la finalidad que la circunstancia antes descrita, no afecte la conformación de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros, materializado en la paralización de las funciones jurisdiccionales por falta de Colegiado, por tanto, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas de orden administrativo oportunas, a efectos de velar por el correcto y normal funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional superior, en aras de una continua y eficiente administración de justicia en beneficio del justiciable, por lo que, se deberá designar a un/a Juez/a Especializado/a Titular de este Distrito Judicial, en el cargo de Juez Superior Provisional.

Segundo. Designación de Juez/a Especializado/a Titular como Jueza Provisional integrante de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros.

2.1. Es menester precisar que, si bien las Salas Superiores en principio deben estar conformadas por Jueces Superiores Titulares designados por la Junta Nacional de Justicia previo concurso público, sin embargo, a falta de titulares se debe proceder a la conformación de las Salas Superiores con Jueces Titulares del grado inmediato anterior al cargo, es decir con aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentren dentro de la función jurisdiccional, observándose los principios rectores como la meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial-Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial

2.2. Que, en relación a la promoción de los Jueces Especializados como Jueces Superiores Provisionales, se ha tomado en cuenta la antigüedad en el cargo, orden de mérito y especialidad establecido en el Cuadro de Méritos y Antigüedad, por lo que, considerando que la Presidencia de esta Corte es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, por tanto, se encuentra facultada para designar Jueces Superiores Provisionales a aquellos Jueces Especializados Titulares que se encuentran desempeñando la labor jurisdiccional.

2.3. En este orden de ideas, habiéndose evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe reunir un juez, se ha considerado conveniente designar a la magistrada Patricia Lazarte Villanueva, en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Noveno Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios, Aduaneros y Mercado, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios y Aduaneros, en mérito a la designación del magistrado Abrahán Percy Torres Gamarra en la Corte Suprema de Justicia de la República.

Tercero. Licencia por maternidad de la Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo.

3.1. La Coordinación de Magistrados pone de conocimiento de esta Presidencia, el descanso médico pre y post natal de la magistrada Rocío Minnelli Pimentel Silva, en su condición de Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo, desde el 4 de marzo al 9 de junio del presente año.

3.2. En este contexto, con la finalidad que tal situación no afecte las labores jurisdiccionales del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo, materializado en la paralización de las labores jurisdiccionales, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas de orden administrativo oportunas, a efectos de velar por el correcto y normal funcionamiento del mencionado órgano jurisdiccional, en aras de una continua y eficiente administración de justicia en beneficio del justiciable.

Cuarto. Suspensión del magistrado Juan Fidel Torres Tasso, en su condición de Juez Especializado Titular del Noveno Juzgado Constitucional de Lima.

4.1. Mediante Oficio N° 007692-2023-SG-CE-PJ de fecha 21 de diciembre del 2023, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone de conocimiento de esta Presidencia que, en la Investigación Definitiva N° 6262-2015-LIMA, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución de fecha 12 de julio del 2023, resolvió confirmar la resolución número veintisiete, de fecha 12 de julio del 2021, expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que impuso al señor Juan Fidel Torres Tasso la medida disciplinaria de suspensión, por la falta cometida durante su actuación como Juez del Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. En otro extremo, dispuso revocar la mencionada resolución en el extremo que fijó el plazo de la suspensión en seis meses; y reformándola le impusieron un mes de suspensión en el ejercicio del cargo sin goce de haber.

4.2. Por Oficio N° 000268-2024-SG-CE-PJ de fecha 15 de enero del 2024, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone de conocimiento de esta Presidencia que, en la Investigación Definitiva N° 000017-2018-LIMA, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución de fecha 29 de agosto del 2023, resolvió confirmar la resolución número quince de fecha 28 de noviembre del 2022, emitida por la Jefatura Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que impuso la medida disciplinaria de suspensión de seis meses al señor Juan Fidel Torres Tasso, en su actuación como Juez del Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.

4.3. En este contexto, con la finalidad que la circunstancia antes descrita, no afecte las labores jurisdiccionales del Noveno Juzgado Constitucional de Lima, resulta necesario que esta Presidencia adopte las medidas de orden administrativo oportunas a fin de velar por el correcto y normal funcionamiento del referido órgano jurisdiccional, en aras de una correcta, continua y eficiente administración de justicia en beneficio del justiciable.

Quinto. Conclusión de designación del Juez Supernumerario del Noveno Juzgado de Trabajo de Lima.

5.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000007-2022-P-CSJLI-PJ de fecha 5 de enero del 2022, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó al abogado Guillermo Joel García Ibáñez, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado de Trabajo.

5.2. Al respecto, cabe precisar, que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima procedió con tal designación con sujeción a la normativa vigente, sin embargo, se debe tener presente que, el artículo 102° de la Ley de la Carrera Judicial-Ley N° 29277, señala en cuanto a las promociones de los Jueces Titulares que: “Los jueces, en estricto orden de méritos, tienen derecho a: 1. Ocupar una vacante provisional en el nivel inmediato superior, siempre y cuando corresponda a sumisma especialidad…”, el mismo que debe ser concordado con el artículo 66° respecto a la prioridad en la provisionalidad señala que: “El juez llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior será aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial”.

5.3. Asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000544-2023-CE-PJ de fecha 27 de diciembre del 2023, resolvió disponer que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden:

“…2.1. Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional.

2.2. Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia.

2.3. En su defecto, a los abogado/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior.

2.4. En defecto de los anteriores, se delega a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 30 de abril de 2024, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos…”.

5.4. En este contexto, en estricta observancia de lo dispuesto por la Ley de la Carrera Judicial en sintonía con la Resolución Administrativa N° 000544-2023-CE-PJ y resoluciones administrativas afines, corresponde a esta Presidencia de forma progresiva evaluar las designaciones de Jueces Supernumerarios de este Distrito Judicial, con la finalidad de promover según sea el caso al Juez/za Titular del grado inmediato anterior al cargo, como provisional; consideraciones por las cuales, debe darse por concluida la designación de Juez Supernumerario del Noveno Juzgado de Trabajo.

5.5. Al respecto, con el fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Noveno Juzgado de Trabajo, resulta necesario proceder a la designación de un Juez/a de Paz Letrado Titulares del grado inmediato anterior al cargo, como Juez/a Especializado/a Provisional, conforme a los argumentos que se desarrollarán a continuación.

Sexta. Designación del Juez de Paz Letrado Titular como Juez Especializado Provisional del Noveno Juzgado de Trabajo.

6.1. En atención al considerando precedente, corresponde designar a un Juez de Paz Letrado Titular inmediato anterior al cargo, para asumir la dirección del despacho del Noveno Juzgado de Trabajo, por lo que, cabe precisar que tal designación se realizará observándose los principios rectores como la antigüedad, meritocracia y la especialidad previstos en el artículo tercero y sexto del Título Preliminar, así como los artículos 66° y 102° de La Ley de la Carrera Judicial-Ley N° 29277, en concordancia con el Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

6.2. En este orden de ideas, habiéndose evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe presentar un juez, se ha considerado conveniente designar al magistrado Alfonso Carlos Elcorrobarrutia Riera, en su condición de Juez de Paz Letrado del Décimo Juzgado de Paz Letrado de Lima, como Juez Especializado Provisional del Noveno Juzgado de Trabajo.

Sétimo. Reasignación de Jueces en diferentes órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima.

7.1. Mediante Resolución Administrativa N° 000682-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 23 de octubre del 2023, se reasignó a la Jueza Supernumeraria Marianella Teresa Meza Vera, como Jueza Supernumeraria Décimo Cuarto Juzgado Contencioso Administrativo.

7.2. Por Resolución Administrativa N° 000121-2023-P-CSJLI-PJ de fecha 2 de marzo del 2023, se designó al abogado José Gregorio Camargo Cabezas, como Juez Supernumerario del Octavo Juzgado Civil Transitorio.

7.3. Esta Presidencia, habiendo evaluado el desempeño, la capacidad resolutiva y aptitudes enmarcadas en la integridad que debe reunir un juez, ha considerado conveniente reasignar a los Jueces Supernumerarios Marianella Teresa Meza Vera y José Gregorio Camargo Cabezas, como Jueces Supernumerarios del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo y Noveno Juzgado Constitucional.

Octavo. Designación del Juez del Octavo Juzgado Civil Transitorio de Lima.

8.1. En atención a la reasignación del Juez Supernumerario José Gregorio Camargo Cabezas, el fin de no afectar el normal funcionamiento del Octavo Juzgado Civil Transitorio, resulta necesario proceder a la designación de un/a Juez/a para asumir la dirección del referido órgano jurisdiccional.

8.2. Mediante Resolución Administrativa N° 000544-2023-CE-PJ de fecha 27 de diciembre del 2023, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto que cuando se requiera la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden:

“…2.1. Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional.

2.2. Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia.

2.3. En su defecto, a los abogado/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior.

2.4. En defecto de los anteriores, se delega a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 30 de abril de 2024, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos…”

8.3. En cuanto al numeral 2.1, descrito en el párrafo anterior, en relación a la designación del Juez/a Especializado/a Provisional, esta Presidencia previa rigurosa evaluación, ha tomado en consideración a aquellos Jueces/zas de Paz Letrado Titulares en base a su trayectoria profesional, desempeño funcional, producción jurisdiccional y especialidad en sus respectivos órganos jurisdiccionales, por lo que, a través de la Coordinación de Magistrados se comunicó con ellos, para que uno de estos pueda ser promovido a la instancia superior, sin embargo, no aceptaron la propuesta, en razón a diferentes factores laborales y personales, asimismo debido a la transitoriedad del juzgado.

8.4. En relación al numeral 2.2, es conveniente precisar, que del registro de abogados aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia y aprobada mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del año en curso, esta Presidencia ha cumplido en anteriores oportunidades en designar a abogados como Jueces Supernumerarios en las distintas especialidades de este Distrito Judicial, no obstante, en el presente caso no se ha podido cumplir con la designación, toda vez que los abogados de la nómina indicaron que ya se encontraban laborando en otras instituciones públicas y/o privadas.

8.5. Respecto al numeral 2.3, sobre la Selección de Jueces Supernumerarios de esta Corte Superior de Justicia de Lima, mediante sesión de fecha 25 de abril del año en curso, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima aprobó la nómina de postulantes aptos del Concurso Público para la selección de Jueces Supernumerarios-Convocatoria 002-2022-CDSJS-CSJLI-PJ, en este contexto, la Coordinación de Magistrados procedió a comunicarse con los abogados aptos para ser designados como Jueces Supernumerarios, no aceptando la propuesta por razones dentro de su ámbito personal y laboral; consideraciones por las cuales esta Presidencia se encuentra en la facultad de designar a un/a trabajador/a de este Distrito Judicial como Juez/a Supernumerario/a del Octavo Juzgado Civil Transitorio.

Noveno. Facultades de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima.

La Presidenta de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra en la facultad de conformar las Salas Superiores de acuerdo al criterio de especialización, así como designar y dejar sin efecto las designaciones de Jueces Supernumerarios, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º, 7° y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada Patricia Lazarte Villanueva, en su condición de Jueza Especializada Titular del Décimo Noveno Juzgado Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas Tributarios, Aduaneros y Mercado, como Jueza Superior Provisional integrante del Colegiado de la Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y Aduanera (por la promoción del señor Juez Superior Titular Abrahan Percy Torres Gamarra), a partir del 4 de marzo del 2024, quedando conformada la Sala Superior, de la siguiente manera:

Sexta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad Tributaria y Aduanera.

- Gustavo Antonio Odría Odría (T) Presidente

- Hilda Flor de María Sancarranco Caceda (P)

- Patricia Lazarte Villanueva (P)

Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la designación del abogado Guillermo Joel García Ibáñez, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado de Trabajo, a partir del 4 de marzo del 2024, debiendo retornar a su plaza de origen.

Artículo Tercero.- DESIGNAR al magistrado Alfonso Carlos Elcorrobarrutia Riera, en su condición de Juez del Décimo Juzgado de Paz Letrado, como Juez Especializado Provisional del Noveno Juzgado de Trabajo, a partir del 4 de marzo del 2024.

Artículo Cuarto.- REASIGNAR a la abogada Marianella Teresa Meza Vera, en su condición de Jueza Supernumeraria del Décimo Cuarto Juzgado Contencioso Administrativo, como Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo (por la licencia de la Jueza Supernumeraria Rocío Minnelli Pimentel Silva), a partir del 22 de marzo del 2024.

Artículo Quinto.- REASIGNAR al abogado José Gregorio Camargo Cabezas, en su condición de Juez Supernumerario del Octavo Juzgado Civil Transitorio, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Constitucional (por la suspensión del señor Jueza Especializado Titular Juan Fidel Torres Tasso), a partir del 4 de marzo del 2024.

Artículo Sexto.- DESIGNAR a partir del 4 de marzo del 2024, a los siguientes abogados en el cargo de Jueces/zas Supernumerarios/as:

- Abogada Jessica Yessenia Pérez Solorzano, como Jueza Supernumeraria del Décimo Juzgado de Paz Letrado (por la designación del señor Juez de Paz Letrado Titular Alfonso Carlos Elcorrobarrutia Riera).

- Abogada Soledad Amparo Blacido Baez, como Jueza Supernumeraria del Octavo Juzgado Civil Transitorio.

Artículo Sétimo.- ENCARGAR al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión respectiva de la presente resolución administrativa.

Artículo Octavo.- PONER en conocimiento la presente Resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control, Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ

Presidente de la CSJLima

2266836-1