Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva y Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP a España en comisión de servicios

Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva y Gerente General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a España, en comisión de servicios

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 000081-2024-MC

San Borja, 28 de febrero del 2024

VISTOS: el Oficio N° 000029-2024-IRTP-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; el Informe N° 000296-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM, cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, mediante la Carta S/N de fecha 20 de febrero de 2024, el señor Javier Oliver Moll, presidente de TYRIS TV S.L. cursa invitación a la señora Ninoska Rosario Chandia Roque, Presidenta Ejecutiva del IRTP, al evento INCOM, foro nacional sobre tecnologías de streaming, que se llevará a cabo del 05 al 08 de marzo de 2024, en la ciudad de Valencia, Reino de España; con la finalidad de participar y presidir la apertura del mismo;

Que, asimismo, a través de la Carta S/N de fecha 20 de febrero de 2024, el presidente de TYRIS TV S.L. cursa invitación al señor Luis Francisco Vivanco Aldon, Gerente General del IRTP, al precitado evento, con la finalidad de contar con su presencia y participar en una mesa de debate sobre los retos de la televisión iberoamericana en tecnologías de streaming;

Que, a través del Oficio N° 000029-2024-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP remite, entre otros, el Informe N° 000053-2024-IRTP-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, donde se sustenta el interés institucional del referido viaje, señalando que la participación de la Presidenta Ejecutiva y del Gerente General del IRTP en el precitado evento permitirá poner en relevancia la labor del IRTP en la radio y televisión como responsables de las señales de radiodifusión del Estado peruano; así como, articular eficazmente los vínculos internacionales que decantan en la apertura de grandes posibilidades de mejora de sus productos, y permitirá conocer las nuevas tecnologías, tendencias y posibilidades en medios audiovisuales y de radiodifusión, basados en experiencias de primer nivel desarrollando soluciones de alto rendimiento, lo cual permitirá la difusión a nivel nacional e internacional de las señales de radio y televisión del IRTP en el ámbito digital;

Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática del evento en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Ninoska Rosario Chandia Roque y Luis Francisco Vivanco Aldon, Presidenta Ejecutiva y Gerente General del IRTP, respectivamente, a la ciudad de Valencia, Reino de España, del 04 al 09 de marzo de 2024; cuyos gastos por concepto de viáticos y pasajes son asumidos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31954, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector;

Con los vistos de la Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; la Ley N° 31954, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora NINOSKA ROSARIO CHANDIA ROQUE, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, y del señor LUIS FRANCISCO VIVANCO ALDON, Gerente General del IRTP, a la ciudad de Valencia, Reino de España, del 04 al 09 de marzo de 2024; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, conforme al siguiente detalle:

Pasajes aéreos (Lima-Madrid-Lima) x 2: US $ 7 000,00

Viáticos (US$ 540.00 x 4 días) x 2 US $ 4 320,00

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TOTAL: US$ 11 320,00

Artículo 3.- Disponer que la funcionaria y el servidor señalados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Ministerio de Cultura y ante el titular del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, respectivamente; un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades que efectúen, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2265882-1