Autorizan viaje de Especialista Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN a Francia en comisión de servicios

Autorizan viaje de Especialista Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN a Francia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 088-2024-EF/10

Lima, 1 de marzo del 2024

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicaciones electrónicas de fechas 26 de enero y 6 de febrero de 2024, la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo para la Conducta Empresarial Responsable de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), comunica a la Agencia Peruana de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN que las reuniones del mencionado grupo se realizarán del 6 al 8 de marzo de 2024 en la ciudad de París, República Francesa. Asimismo, con comunicaciones electrónicas de fechas 24 de enero y 13 de febrero de 2024, el Comité de Inversiones de la OCDE comunicó a los delegados que las sus reuniones se realizarán del 11 al 14 de marzo de 2024, en la ciudad de París, República Francesa;

Que, a través del Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN Nº 294-01-2009, se designó a PROINVERSIÓN como el Punto Nacional de Contacto para la difusión de las Directrices de la OCDE y para participar en el Comité de Inversiones de dicha organización;

Que, en tal sentido, se estima conveniente la participación de la señora Lisbeth Angélica Loja Arroyo, Especialista Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN y miembro del equipo del Punto Nacional de Contacto, toda vez que la participación en las reuniones del Comité de Inversiones es de interés en tanto permite cumplir con los compromisos del país relacionados con la adhesión a la Declaración sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales de la OCDE, así como dar a conocer a los países miembros de la organización, las acciones que desarrolla PROINVERSIÓN para la atracción de inversiones responsables en el marco de la política de promoción y facilitación de inversiones del Perú; además la participación en las reuniones y foros de la OCDE, contribuye favorablemente en las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros de la organización;

Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lisbeth Angélica Loja Arroyo, Especialista Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de París, República Francesa, del 4 al 15 de marzo de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US$ 1 790.00

Viáticos (7 + 1) : US$ 4 320.00

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2266746-1