Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 058-2020-MDMP Ordenanza Mi Hogar - Mi Perú que aprueba beneficios tributarios para ejecución de obras vinculadas al Programa Techo Propio en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda en el distrito de Mi Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 058-2020-MDMP, Ordenanza “Mi Hogar - Mi Perú”, que aprueba beneficios tributarios para ejecución de obras vinculadas al Programa “Techo Propio”, en las modalidades de “Construcción en Sitio Propio” y “Mejoramiento de Vivienda” en el distrito de Mi Perú

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 009-2020/MDMP

Mi Perú, 29 de diciembre del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

MI PERÚ

VISTO el Memorándum N° 1144-2020-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 491-2020/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 215-2020-MDMP/GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, así como el Informe N° 155-2020-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42° refiere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Ordenanza N° 058/MDMP, ORDENANZA “MI HOGAR – MI PERU”, se aprueba beneficios tributarios para la ejecución de obras vinculadas al programa “Techo Propio”, en las modalidades de aplicación de construcción como “Construcción en Sitio Propio” y “Mejoramiento de Vivienda” en el Distrito de Mi Perú, con vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020, esto con el objeto de establecer Beneficios para la Ejecución de Obra del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en esta jurisdicción distrital, facultándose en su artículo 6° al alcalde de la Municipalidad Distrital de Mi Perú para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la referida Ordenanza;

Que, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano mediante Informe N° 215-2020/MDMP, teniendo en cuenta el Informe N° 155-2020-MDMP/GODU-SGOPC de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, así como la normatividad antes glosada, solicita se prorrogue la vigencia de la Ordenanza N° 058/MDMP por un periodo de tres meses;

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 491-2020/MDMP/GAJ, luego del correspondiente análisis del caso, opina en sentido favorable para que se prorrogue, mediante el decreto de alcaldía correspondiente, la vigencia de la Ordenanza N° 058/MDMP;

Estando a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, por un periodo de tres meses, contados a partir del 01 de enero del 2021, el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 058-2020-MDMP, ORDENANZA “MI HOGAR – MI PERU”, que aprueba beneficios tributarios para la ejecución de obras vinculadas al programa “Techo Propio”, en las modalidades de aplicación de construcción como “Construcción en Sitio Propio” y “Mejoramiento de Vivienda” en el Distrito de Mi Perú, según los considerandos expuestos.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA

Alcalde

1916162-1