Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles recolección de residuos sólidos Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2021 en el distrito del Rímac

A?O DE LA UNIVERSALIZACI?N  DE  LA SALUD?
Jueves 31  de diciembre  de 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
ORDENANZA N? 585-MDR
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS
ARBITRIOS MUNICIPALES DE
BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y
JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA
PARA EL EJERCICIO 2021 EN EL
DISTRITO DEL R?MAC
ACUERDO DE CONCEJO N? 394
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
SEPARATA ESPECIAL

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020  /
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N? 394
Lima, 10 de diciembre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO:
El O?cio N.? D000213-2020-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT, de fecha
de noviembre de 2020, que remite el expediente de rati?caci?n digital de la Ordenanza N? 585-MDR, que establece el
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r?gimen tributario de los arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana, del ejercicio 2021 en el distrito del R?mac, y;
CONSIDERANDO:
Que, en  el Art?culo  74  y 195  de la  Constituci?n Pol?tica  del Per?  en  concordancia con  la Norma  IV del  C?digo
Tributario, aprobado  mediante  Decreto Legislativo  N.? 816,  establecen que  Gobiernos Locales  mediante Ordenanza
pueden crear, modi?car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ?stas, dentro de su jurisdicci?n, y con los l?mites
que se?ala la Ley;
Que, de  conformidad con  lo dispuesto  por el Art?culo  40 de  la Ley  N? 27972,  Ley Org?nica  de Municipalidades,
las  Ordenanzas  en  materia  tributaria  expedidas  por  las  municipalidades  distritales  deben  ser  rati?cadas   por  las
municipalidades provinciales de su circunscripci?n, para su vigencia y exigibilidad;
Que,  en aplicaci?n  de lo  normado  por la  Ordenanza  N? 2085  que aprueba  el  procedimiento  de rati?caci?n  de
ordenanzas  tributarias  distritales  en la provincia  de  Lima, la municipalidad  distrital  recurrente  aprob?  la ordenanza
objeto  de  la  rati?caci?n,  remiti?ndola   conjuntamente   con  el  expediente  de  rati?caci?n  digitalizado,   que  incluye
los respectivos   informes  y documentos  sustentatorios,   al Servicio  de Administraci?n   Tributaria  de Lima?SAT,  con
car?cter  de Declaraci?n  Jurada, sujetos  a revisi?n  por las entidades  competentes,  y el  citado organismo  en uso de
sus competencias;
Que, en ese sentido, a trav?s  del Informe N.? D000046-2020-SAT-ART de fecha 16 de noviembre  de 2020, el ?rea
Funcional de Rati?caciones de la Gerencia de Asuntos Jur?dicos del Servicio de Administraci?n Tributaria de Lima ? SAT,
opin? favorablemente respecto a la rati?caci?n solicitada,  por cumplir con los requisitos exigidos, las normas aplicables
y  la Directiva  N?  001-006-00000015-SAT, publicada  el  30 de  junio  de 2011;  debi?ndose  efectuar las  publicaciones
pertinentes en el Diario O?cial El Peruano y en el Portal Institucional;
Que, la Ordenanza  N? 585-MDR, que  es materia de rati?caci?n,  mantiene las disposiciones  t?cnicas establecidas
para el ejercicio 2020, aprobadas mediante  Ordenanza N? 575-MDR, publicada el 29 de diciembre de 2019  y rati?cada
por Acuerdo de  Concejo N? 333,  reajustando sus tasas  y costos para  el ejercicio 2021  con la variaci?n  del ?ndice de
Precios al Consumidor al mes de agosto de 2020 (1.24 %) establecida en la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, cuyo
marco legal tributario aplicable son  las Ordenanzas N? 451-MDR y 452-MDR, publicadas  el 31 de diciembre de 2015 y
rati?cadas por Acuerdo de Concejo N? 399;
Estando a lo se?alado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas seg?n los art?culos 9 y
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de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio deAdministraci?n
Tributaria de Lima  ? SAT y por la Comisi?n  Metropolitana de Asuntos Econ?micos y  Organizaci?n, en su Dictamen N?
098-2020-MML/CMAEO
de aprobaci?n del acta;
de fecha 27 de noviembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del tr?mite
ACORD?:
Art?culo  1. Ratificar  la Ordenanza  N? 585-MDR,  que establece  el  r?gimen tributario  de  los arbitrios  de Barrido
de Calles,  Recolecci?n  de  Residuos  S?lidos,  Parques y  Jardines  y Seguridad  Ciudadana  del ejercicio   2021 en el
distrito  del R?mac y  mantiene la  aplicaci?n  de las tasas  aprobadas y  ratificadas  para el ejercicio  2020,  reajustadas
con el  ?ndice de  Precios  al Consumidor  de 1.24  %, correspondiente   al mes  de agosto  de 2020.
Art?culo  2. El  presente Acuerdo  ratificatorio   para su  vigencia,  se encuentra  condicionado   al cumplimiento   de
su publicaci?n   hasta el  31 de diciembre  del  2020,  as? como  del texto  ?ntegro  de la Ordenanza  ratificada,   incluido
el  Informe  T?cnico.  La  aplicaci?n   de la  Ordenanza,   materia  de  la  presente  ratificaci?n,   sin  la  condici?n  antes
se?alada,  es de  exclusiva  responsabilidad  de  los funcionarios   de dicha  Municipalidad  Distrital.
Art?culo 3. Encargar al Servicio  de Administraci?n Tributaria de Lima?SAT que posterior al cumplimiento del citado
requisito de publicaci?n, efect?e, a trav?s de su p?gina web (www.sat.gob.pe) la publicaci?n del presente Acuerdo.
Art?culo 4. Encargar  a la Subgerencia de Gobierno  Digital e Innovaci?n la  publicaci?n del presente Acuerdo en  el
Portal Institucional (www.munlima.gob.pe).
POR TANTO:
Reg?strese, Comun?quese y C?mplase.
JORGE MU?OZ WELLS
Alcalde

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS
MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS,
PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA EL
EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DEL R?MAC
ORDENANZA N? 585-MDR
R?mac, 25 de setiembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del R?mac, en Sesi?n Ordinaria de la fecha;
VISTO: El  Informe N?  029-2020-GR/MDR de fecha  18 de  setiembre de  2020, de la  Gerencia de  Rentas, por el  cual
remite el ?Proyecto de Ordenanza que Aprueba el R?gimen Tributario de  los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles,
Recolecci?n de  Residuos S?lidos,  Parques  y Jardines  y Seguridad  Ciudadana, para  el a?o  2021?; el  Informe Legal
N? 304-2020-GAJ/MDR  de fecha 18  de setiembre de  2020, de la  Gerencia de Asesor?a  Jur?dica; el Dictamen  N? 008
-2020-CARDEL/MDR,
Econ?mico Local, y;
de  fecha 24  de  setiembre  de  2020, de  la  Comisi?n  de Administraci?n,  Rentas  y  Desarrollo
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de  autonom?a pol?tica, econ?mica y administrativa en los asuntos  de su competencia
y tienen potestad tributaria para crear, modi?car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales, de
conformidad con los art?culos 74? y 194? de la Constituci?n Pol?tica del Per?.
Que, los numerales 1) y 2) del art?culo 69? de la Ley N? 27972, Ley Org?nica de Municipalidades, se?alan que son rentas
municipales los tributos creados por  ley a su favor, siendo estos las contribuciones, tasas,  arbitrios, multas y derechos,
los cuales  son creados por su  Concejo Municipal y  constituyen sus ingresos  propios; guardando concordancia  con lo
establecido en el art?culo 70?  de la ley acotada, en el sentido que  el Sistema Tributario de las municipalidades se rigen
por Ley Especial y el C?digo Tributario en la parte pertinente.
Que, mediante  el  art?culo 60?  del Texto  ?nico Ordenado  de  la Ley  de Tributaci?n  Municipal, aprobado  por  Decreto
Supremo N? 156-2004-EF, se precisa que de acuerdo a lo establecido por el numeral 4? del art?culo 195? y el art?culo 74?
de la Constituci?n  Pol?tica del Per?, las municipalidades  crean, modi?can y suprimen contribuciones  o tasas y otorgan
exoneraciones dentro de los l?mites ?jados por ley.
Que, el art?culo 69-B del Decreto Supremo N? 156-2004-EF, establece que en caso que las Municipalidades no cumplan
con lo dispuesto en  el art?culo 69-A, en el plazo establecido  por dicha norma, s?lo podr?n determinar el  importe de las
tasas por  servicios p?blicos o  arbitrios, tomando como  base el  monto de las  tasas cobradas por  servicios p?blicos  o
arbitrios al 1 de enero del a?o ?scal anterior, reajustado con la aplicaci?n de la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios
al Consumidor (IPC), vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente
a dicho ejercicio ?scal.
Que, la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, ?ja en 1.24% la variaci?n acumulada del ?ndice de Precios al Consumidor
para Lima Metropolitana  a Agosto del 2020,  la misma que en  cumplimiento del art?culo  69-B del Decreto Supremo  N?
156-
2004-EF deber? reajustarse para su vigencia en el a?o 2021.
Que, por Ordenanza N? 2085, publicada en el diario o?cial El Peruano el 05 de abril de 2018, la Municipalidad Metropolitana
de Lima  aprueba el procedimiento  de rati?caci?n de  ordenanzas tributarias distritales  en el  ?mbito de la  provincia de
Lima; asimismo, dicho marco  normativo regula la solicitud de  rati?caci?n de ordenanzas que prorrogan  o reajustan los
montos de arbitrios de ejercicios anteriores, estableciendo los requisitos y el procedimiento a seguir.
Que, mediante la  Ordenanza N? 451-MDR, se  aprob? el r?gimen marco  de ?rbitros municipales de  Barrido de Calles,
Recolecci?n  de Residuos  S?lidos,  Parques  y Jardines  y  Seguridad Ciudadana,  y  con  Ordenanza N?  452-MDR  se
establece el monto de arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana correspondiente al ejercicio 2016, ambas  normas rati?cadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 399,
publicado en el Diario O?cial El Peruano, con fecha 31 de diciembre de 2015;
Que, asimismo mediante Ordenanza N?  491-MDR, rati?cada mediante Acuerdo de Concejo N? 428 de la  Municipalidad
Metropolitana de Lima, publicada con fecha 23 de diciembre de 2016, se aprob? el R?gimen Tributario de los Arbitrios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio  2017,
disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 452-MDR, con la variaci?n acumulada del IPC
al mes de agosto, ?jada en 1.96%;
Que,  del  mismo modo  mediante  Ordenanza  N?  513-MDR,  rati?cada  mediante Acuerdo  de  Concejo  N?  419 de  la
Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 20 de diciembre de 2017, se aprob? el R?gimen Tributario de
los Arbitrios de Barrido  de Calles, Recolecci?n de  Residuos S?lidos, Parques y  Jardines y Seguridad Ciudadana  para
el ejercicio 2018, disponi?ndose el reajuste  de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 491-MDR, con  la variaci?n
acumulada del IPC al mes de agosto, ?jada en 1.90%;
Que,  mediante  Ordenanza   N?  544-MDR,  rati?cada   mediante  Acuerdo  de  Concejo   N?  398  de  la   Municipalidad
Metropolitana de Lima, publicada con fecha 30 de diciembre de 2018, se aprob? el R?gimen Tributario de los Arbitrios de
Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio  2019,

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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020  /
disponi?ndose el reajuste de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 513-MDR, con la variaci?n acumulada del IPC
al mes de junio, ?jada en 1.08%;
Que, para  el periodo 2020,  mediante Ordenanza N?  575-MDR, rati?cada mediante  Acuerdo de Concejo  N? 333 de  la
Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada con fecha 29 de diciembre de 2019, se aprob? el R?gimen Tributario de
los Arbitrios de Barrido  de Calles, Recolecci?n de  Residuos S?lidos, Parques y  Jardines y Seguridad Ciudadana  para
el ejercicio 2020, disponi?ndose el reajuste  de costos y tasas aprobadas con Ordenanza N? 544-MDR, con  la variaci?n
acumulada del IPC al mes de agosto, ?jada en 1.45%;
Que, mediante  Informe N?  029-2020-GR/MDR de  fecha 18  de setiembre  de 2020,  la Gerencia  de Rentas,  remite el
Informe T?cnico con los reajustes de los costos de acuerdo con el ?ndice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente
al mes de Agosto del presente periodo ?scal, ?jado en 1.24%, el mismo que fue aprobado mediante Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI; as? tambi?n remite el Proyecto de Ordenanza para su respectiva aprobaci?n por el Concejo Municipal;
Que, con Informe  Legal N? 304-2020-GAJ/MDR de  fecha 18 de  setiembre de 2020, la  Gerencia de Asesor?a Jur?dica,
emite opini?n favorable  a la propuesta de  Ordenanza para el ejercicio ?scal  2021, la cual se  efectuar? con el reajuste
del ?ndice del Precio del Consumidor (IPC) ?jado por  el INEI, precisando la mencionada Gerencia que el proyecto debe
ser conocido por  el Concejo Municipal  conforme a lo  establecido en el art?culo  9? numeral 8)  y 9) de la  Ley Org?nica
de Municipalidades, Ley N?  27972; por cuanto el mencionado  Proyecto cumple con los par?metros establecidos  por la
normatividad de la materia;
De conformidad con los art?culos 9? numerales 8) y 9); 38?; 39? y 40? de la Ley N? 27972 ? Ley Org?nica de Municipalidades;
con el  Dictamen N? 008  -2020-CARDEL/MDR, de fecha  24 de setiembre de  2020, de la  Comisi?n de Administraci?n,
Rentas y Desarrollo Econ?mico Local, con  el voto UN?NIME de los se?ores regidores y  con la dispensa del tr?mite de
lectura y aprobaci?n de Acta, el Concejo Distrital del R?mac ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL R?GIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE
CALLES, RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA PARA
EL EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DEL R?MAC
Art?culo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE
Apl?quese para  el ejercicio  2021,  lo dispuesto  en la  Ordenanza N?  451-MDR y  Ordenanza N?  452-MDR, rati?cadas
mediante Acuerdo de Concejo N? 399 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el diario O?cial El Peruano
el 31 de diciembre del 2015.
Art?culo Segundo.- DETERMINACI?N DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
Para el ejercicio  2021, se aplicar?n los  costos y tasas por  los servicios p?blicos de  Barrido de Calles, Recolecci?n  de
Residuos S?lidos,  Parques y Jardines  y Seguridad Ciudadana, establecidos  en la Ordenanza  N? 575-MDR, rati?cada
mediante Acuerdo  de Concejo  N? 333 de  la Municipalidad  Metropolitana de  Lima, publicadas  en el  Diario O?cial  ?El
Peruano? el  29 de  Diciembre del  2019, reajustadas  con la Variaci?n  del ?ndice  de Precios  al Consumidor  para Lima
Metropolitana (IPC), acumulado al mes de Agosto del 2020, ?jado en 1.24% de conformidad con la Resoluci?n Jefatural
N? 161-2020-INEI, publicada en el diario o?cial El Peruano el 01 de Setiembre de 2020.
Art?culo Tercero.- APROBACI?N DEL INFORME T?CNICO
Apru?bese el Informe T?cnico que da cuenta del sustento para el reajuste de los costos y tasas por Arbitrios Municipales
de Barrido de Calles, Limpieza P?blica, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, as? como la estimaci?n de ingresos
por la  prestaci?n de  los servicios  mencionados, el  mismo que, como  Anexo I,  forma parte  integrante de la  presente
ordenanza.
Art?culo Cuarto.- VIGENCIA
La presente Ordenanza y el Anexo I  que la integra entrar?n en vigencia el 01 de  Enero del 2021, previa publicaci?n de
la misma en el diario o?cial El  Peruano, conjuntamente con el texto completo del Acuerdo de Concejo Metropolitano de
Lima que la rati?que.
Art?culo Quinto.- DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACI?N
La presente Ordenanza, el Anexo I que la integra, y el Acuerdo de Concejo Metropolitano de Lima que la rati?que, estar?n
disponibles en  el portal  institucional (www.munirimac.gob.pe) y  en el  portal electr?nico de  Servicio de  Administraci?n
Tributaria ? SAT- (www.sat.gob.pe).
POR LO TANTO:
Reg?strese, comun?quese, publ?quese y c?mplase.
PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS
Alcalde
INFORME T?CNICO FINANCIERO DE COSTOS
ARBITRIOS MUNICIPALES PERIODO 2021
1.
Aspectos Generales
Los servicios p?blicos de Limpieza  P?blica (Barrido de Calles y Recolecci?n de Residuos  S?lidos), Parques y Jardines
y Seguridad Ciudadana, que se  vienen brindando el presente a?o, en  el distrito del R?mac, es conforme a  lo dispuesto
en la Ordenanza  N? 451-MDR, que aprueba  el marco del r?gimen tributario  de los arbitrios municipales,  y conforme a

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2020
NORMAS LEGALES
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los planes de servicios establecidos en la Ordenanza  N? 452-MDR, que establece el monto de los arbitrios municipales
correspondiente  al periodo  2016, cuya  aplicaci?n  ha sido  extendida para  los  periodos 2017,  2018, 2019  y  2020, a
trav?s de las Ordenanzas  N? 491-MDR, Ordenanza N? 513-MDR, Ordenanza N?  544-MDR y Ordenanza N? 575-MDR,
respectivamente, lo que ha  generado un clima de estabilidad en la  percepci?n de los vecinos respecto de  los arbitrios,
sus costos y su determinaci?n.
Mediante Ordenanza N? 451-MDR, se aprob? el r?gimen marco de ?rbitros municipales de Barrido de Calles, Recolecci?n
de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, mientras que con Ordenanza N? 452-MDR se establece
el monto de arbitrios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana
correspondiente al ejercicio 2016, ordenanzas que fueron rati?cadas por la MML con Acuerdo de Concejo N? 399, y cuyos
costos y tasas se  reajustaron para el periodo 2017,  con la variaci?n acumulada del  IPC, mediante Ordenanza N? 491-
MDR, la cual fue rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 428.
Asimismo,  para el  periodo  2018, se  reajustaron  los costos  y  tasas aprobadas  en  la Ordenanza  N?  491-MDR,  con
la variaci?n  acumulada del  IPC, a  trav?s de Ordenanza  N? 513-MDR,  la cual  fue rati?cada  por Acuerdo de  Concejo
Metropolitano N? 419, y cuyos costos  y tasas se reajustaron para el periodo 2019,  con la variaci?n acumulada del IPC,
mediante la Ordenanza N? 544-MDR, la cual fue rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 398.
Finalmente, con Ordenanza N?  575-MDR, rati?cada con Acuerdo de Concejo Metropolitano  N? 333, publicada el 29  de
diciembre de 2019, se aprueba el R?gimen Tributario de los Arbitrios Limpieza Publica, Parques y Jardines y Seguridad
Ciudadana correspondiente  al Ejercicio  2020, disponi?ndose  aplicar para  el periodo  2020, el  r?gimen aprobado  con
Ordenanza N? 451-MDR, as? como aplicar los costos y tasas aprobados con la Ordenanza N? 544-MDR, reajustados con
la variaci?n acumulada del IPC.
Por  otro lado,  tanto la  Gerencia  de Servicios  a  la Ciudad,  mediante  Memorando N?  127-2020-GSC-MDR, como  la
Gerencia de Seguridad Ciudadana a trav?s del  Memor?ndum N? 248-2020-GSC-MDR, se?alan que se ha considerado
mantener las caracter?sticas de los servicios que se vienen brindando el presente ejercicio.
Por  su parte,  la Gerencia  de  Plani?caci?n y  Presupuesto, mediante  Memor?ndum  N? 041-2020-GPP-MDR,  efectu?
el an?lisis  de los gastos  ejecutados correspondientes al  presente ejercicio ?scal  2020, al mes  de julio, observ?ndose
un gasto responsable  con respecto a  la proyecci?n efectuada  para el c?lculo de  arbitrios del presente  ejercicio ?scal,
aprobado mediante  Ordenanza N? 575-MDR,  y rati?cado por  la Municipalidad Metropolitana  de Lima con Acuerdo  de
Concejo N? 333.
En ese contexto, y en aplicaci?n a lo establecido en  el Texto ?nico Ordenado de la Ley de Tributaci?n Municipal, aprobado
mediante Decreto Supremo N? 156-2004-EF, se ha previsto reajustar los costos y las tasas de los servicios de Barrido de Calles,
Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, que fueron establecidos en la Ordenanza N?
575-MDR,
rati?cada con Acuerdo de Concejo N? 333 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la variaci?n acumulada
del ?ndice de Precio al Consumidor de Lima Metropolitana aAgosto de 2020, el mismo que asciende a 1.24%, de conformidad
a la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, publicada en el diario o?cial El Peruano con fecha 01 de setiembre de 2020.
2.
Costos aprobados 2020 y su nivel de cumplimiento
Conforme a lo informado por la Gerencia de Plani?caci?n y Presupuesto, Memor?ndum N? 041-2020-GPP-MDR, donde
se presenta  la  ejecuci?n de  los costos  aprobados con  Ordenanza  N? 575-MDR,  correspondiente a  los servicios  de
Barrido de Calles,  Recolecci?n de Residuos  S?lidos, Parques y  Jardines y Seguridad Ciudadana,  se observa que  los
recursos han sido empleados por  la actual gesti?n con responsabilidad y e?ciencia,  situaci?n que permitir? que a ?nes
del ejercicio 2020 se  logre alcanzar los niveles de cumplimiento en  la ejecuci?n de gastos durante la  prestaci?n de los
servicios de Recolecci?n de Barrido de Calles, Residuos  S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana; tal como
se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro N? 01: Costos aprobados periodo 2020 y su nivel de cumplimiento al mes de diciembre 2020
Ejecuci?n
Ene - Jul 2020
Ejecuci?n Proyectada
Ago - Dic 2020
Ejecuci?n Proyectada
Ene - Dic 2020
COSTOS 2020
Ordenanza N?
575-MDR
ESTRUCTURA DE COSTOS /
SERVICIO
Aprobado con Ordenanza N?
452-MDR
%
Cumplimiento
Nivel de
% Nivel de
Nominal S/
% Nivel de
Nominal S/
Nominal S/
Cumplimiento
Cumplimiento
[1]
[2]
[3]=[2]/[1]
64.57%
[4]
[5]=[4]/[1]
[6]=[2]+[4]
[7]=[6]/[1]
BARRIDO DE CALLES
2,197,456.23
1,419,004.13
1,013,516.98
46.12%
2,432,521.11
110.70%
RECOLECCI?N DE RESIDUOS
S?LIDOS
6,618,911.23
5,284,227.75
79.84%
3,836,480.99
57.96%
9,120,708.74
137.80%
PARQUES Y JARDINES
SEGURIDAD CIUDADANA
TOTAL
1,801,442.73
3,165,045.85
13,782,856.04
1,099,806.35
1,128,202.44
8,931,240.67
61.05%
35.65%
64.80%
785,575.96
2,057,381.68
7,692,955.61
43.61%
65.00%
1,885,382.31
3,185,584.12
104.66%
100.65%
120.62%
55.82%  16,624,196.28
SERVICIO DE BARRIDO DE CALLES
Las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Barrido de Calles, han originado una ejecuci?n al mes de
Julio de 1,419,004.13 Soles, que representa el 64.57% de los costos aprobados para el ejercicio 2020; siendo los gastos

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proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los gastos ejecutados al mes de Julio y a la
necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n del servicio, por lo cual el servicio ejecutar?
un importe de 1,013,516.98  Soles durante dicho periodo, lo que  representar? un porcentaje del 46.12%,  el mismo que
sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, se obtendr? como resultado un gasto ejecutado de 2,432,521.11
Soles, alcanzando el 110.70% de los costos aprobados para el ejercicio 2020.
SERVICIO DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS
En lo correspondiente a las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Recolecci?n de Residuos S?lidos,
se origin? una ejecuci?n al mes de Julio de 5,284,227.75 Soles que representa el 79.84% de los costos aprobados para el
ejercicio 2020; siendo los gastos proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los costos
ejecutados al mes de Julio y a la necesidad de recursos que a?n requiere el ?rea operativa para la prestaci?n del servicio,
con lo  cual por  el mismo  se ejecutar? un  importe de  3,836,480.99 Soles  durante dicho periodo,  lo que  representar?
un porcentaje del  57.96%, el mismo  que sumado a los  importes ejecutados al mes  de Julio 2020,  se alcanzar? como
resultado el gasto  ejecutado de 9,120,708.74  Soles, alcanzando el 137.80%  respecto de los de  los costos aprobados
para el ejercicio 2020.
Asimismo, las transferencias otorgadas por el Gobierno Nacional para reducir el impacto de las medidas  de aislamiento
social obligatorio en la situaci?n ?scal de los Gobiernos Locales y garantizar la continuidad de los servicios para atender
la Emergencia  Sanitaria, con el  ?n de  reducir los efectos  por la menor  recaudaci?n de  ingresos, han sido  asignadas
al gasto  operativo  esencial como:  saneamiento rural,  atenci?n de  emergencias  y reducci?n  de vulnerabilidad,  entre
otros, que se  encuentran en el marco  de la prevenci?n,  control, vigilancia y respuesta  sanitaria para la atenci?n  de la
emergencia producida por el COVID-19.
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES
En lo correspondiente a las actividades desarrolladas para la prestaci?n del Servicio de Parque y Jardines, se origin? una
ejecuci?n al mes de Julio de 1,099,806.35 Soles que representa el 61.05% de los costos aprobados para el ejercicio 2020;
siendo los gastos proyectados para los meses de Agosto a Diciembre en funci?n al hist?rico de los gastos ejecutados al
mes de Julio y a la necesidad de recursos que a?n requiere el  ?rea operativa para la prestaci?n de este servicio, con lo
cual por el mismo se ejecutar? un importe de 785,575.96 Soles durante dicho periodo, lo que representar? un porcentaje
del 43.61%, el mismo que sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, se alcanzar? como resultado el gasto
ejecutado de 1,885,382.31  Soles, alcanzando el nivel  de cumplimiento de 104.66%  respecto de los costos  aprobados
para el ejercicio 2020.
SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
En  lo correspondiente  a  las actividades  desarrolladas  para la  prestaci?n  del Servicio  de  Seguridad Ciudadana,  se
origin? una ejecuci?n  al mes de  Julio de 1,128,202.44 Soles  que representa el 35.65%  de los costos aprobados  para
el ejercicio  2020; siendo los gastos  proyectados para los  meses de Agosto a  Diciembre en funci?n  al hist?rico de  los
gastos ejecutados al  mes de Julio y  a la necesidad de  recursos que a?n requiere  el ?rea operativa para la  prestaci?n
de este servicio, con lo cual  por el mismo se ejecutar? un importe de 2,057,381.68  Soles durante dicho periodo, lo que
representar? un porcentaje del 65.00%, el mismo que sumado a los importes ejecutados al mes de Julio 2020, alcanzar?
como resultado el gasto ejecutado de 3,185,584.12 Soles, alcanzando el nivel de cumplimiento de 100.65% respecto de
los costos aprobados para el ejercicio 2020.
Conforme a la  informaci?n remitida por  la Gerencia de  Plani?caci?n y Presupuesto, se  puede observar que  sobre los
servicios de  Barrido de Calles, Recolecci?n  de Residuos S?lidos,  Parques y Jardines  y Seguridad Ciudadana,  que el
nivel de ejecuci?n  alcanza el promedio general  de 1020.62% de los  costos aprobados en la  Ordenanza N? 575-MDR,
de los  cuales cada servicio  representa lo siguiente:  Barrido de Calles  asciende a 110.70%,  Recolecci?n de Residuos
S?lidos asciende a 137.80%,  Parques y Jardines asciende a 104.66% y  Seguridad Ciudadana asciende a 100.65%, lo
que con?rma que  los recursos ?nancieros han  sido invertidos con responsabilidad y  e?ciencia para el sostenimiento  y
mejoramiento de los servicios p?bicos que viene brindando la Municipalidad Distrital del R?mac.
3.
Costos reajustados para el ejercicio 2021
En atenci?n  a que los  requerimientos efectuados  por las unidades  org?nicas prestadoras de  los servicios  de Barrido
de Calles,  Recolecci?n de Residuos  S?lidos, Parques y  Jardines y  Seguridad Ciudadana, as?  como las estrategias  y
metas contenidas el plan de prestaci?n de los referidos servicios para el periodo 2021 vienen siendo las mismas que las
aprobadas para el  periodo 2016, y  que fueran aplicadas para  los periodos 2017, 2018,  2019 y 2020, la  Municipalidad
Distrital del R?mac ha previsto reajustar los costos de arbitrios que fueron aprobadas por la Ordenanza N? 575-MDR.
En ese sentido se ha procedido a establecer  los costos de los servicios de Barrido de Calles, Recolecci?n de Residuos
S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, correspondiente al ejercicio 2021, conforme al siguiente detalle:
CUADRO N? 02: COSTOS APROBADOS PARA EL EJERCICIO 2021
COSTOS
APROBADOS
2020
IPC Acumulado
Ene - Ago 2020
(%)
COSTOS
APROBADOS
2021
N?
CONCEPTO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]*[2]
2,224,704.69
1
Barrido de Calles
2,197,456.23
1.24%

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NORMAS LEGALES
7
COSTOS
APROBADOS
2020
IPC Acumulado
Ene - Ago 2020
(%)
COSTOS
APROBADOS
2021
N?
CONCEPTO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]*[2]
6,700,985.74
1,823,780.63
3,204,292.41
13,953,763.47
2
3
4
Recolecci?n de Residuos S?lidos
6,618,911.24
1,801,442.74
3,165,045.84
13,782,856.05
1.24%
1.24%
1.24%
Parques y Jardines
Seguridad Ciudadana
TOTAL
4.
N?mero de contribuyentes y predios
De  acuerdo  a la  informaci?n  proporcionada  por  la Subgerencia  de  Registro  y  Fiscalizaci?n Tributaria,  Informe  N?
la base actual de contribuyentes y predios no muestra una diferencia con relaci?n al n?mero
069-2020-SGRFT-GR-MDR,
de contribuyentes y predios consignados en la Ordenanza N? 575-MDR, ello debido a que ha habido una misma cantidad
de altas y bajas de predios durante el presente periodo, por lo que el total de contribuyentes se mantiene 32,063 y predios
en 46,811.
5.
Tasas aprobadas para el ejercicio 2021
En el caso de las  tasas por los servicios de Barrido de  Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y  Jardines y
Seguridad Ciudadana, correspondientes  al Ejercicio Fiscal  2021, estas son las  establecidas en la  Ordenanza N? 575-
MDR, rati?cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano N? 333, reajustadas con la variaci?n acumulada del IPC para Lima
Metropolitana a agosto de 2020, que de acuerdo a la Resoluci?n Jefatural N? 161-2020-INEI, asciende a 1.24%.
5.1.
Tasa de Barrido de Calles
CUADRO N? 04: TASA POR BARRIDO DE CALLES PARA EL PERIODO 2021
(En soles, por metro lineal de frontis)
Tasa mensual
IPC acumulado
Ene - Ago 2020
Tasa mensual
2021 (S/ml)
2020
(S/ml)
GRUPOS DE BARRIDO
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
0.4829
1
2
0.4770
0.9542
1.24%
1.24%
0.9660
El monto mensual a pagar por predio se calcula de la siguiente manera:
Monto (S/) = ML de frontis x tasa de barrido seg?n grupo de barrido
GRUPO 1
Comprende un servicio b?sico en donde la Municipalidad del R?mac, brinda el servicio con una frecuencia de 7 veces a la
semana. Est?n ubicados los dem?s predios no considerados en el Grupo 2
GRUPO 2
Referido a los predios ubicados en las v?as principales del Distrito en donde la Municipalidad del R?mac brinda el servicio con
una frecuencia de 14 veces a la semana.
GRUPO 2 - AVENIDAS PRINCIPALES (FRECUENCIA DE BARRIDO DE 14 VECES POR SEMANA)
01
02
03
04
05
06
07
08
09
Alameda de los Descalzos
Alameda de los Bobos
Jr. Libertas
Toda la v?a
Toda la v?a
Cdras. 1 a 4
Cdras. 1 a 6
Cdras. 1 a 6
Cdras. 2 a 10
Cdras. 1 a 12
Cdras. 1 a 11
Cdras. 1 a 7
Jr. Vir?
Jr. Loreto
Jr. Trujillo
Av. Pizarro
Av. Alc?zar
Jr. Mara??n

8
NORMAS LEGALES
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GRUPO 2 - AVENIDAS PRINCIPALES (FRECUENCIA DE BARRIDO DE 14 VECES POR SEMANA)
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
Jr. Cajamarca
Jr. Chiclayo
Cdras. 1 a 7
Cdras. 1 a 5
Cdras. 1 a 2
Cdras. 1 a 4
Cdras. 1 a 5
Cdras. 1 a 14
Cdras. 1 a 7
Cdras. 3 a 12
Cdras. 1
Jr. Casma
Jr. Hualgayoc
Jr. Paita
Av. Caquet?
Av. Morro de Arica
Av. La Capilla
Av. 9 de Octubre
Av. Felipe Arancibia
Av. Restauraci?n
Cdras. 1 a 7
Cdras. 1 a 5
5.2.
Tasa de Recolecci?n de Residuos S?lidos
CUADRO N? 05: TASA DE RECOLECCION DE RESIDUOS S?LIDOS PARA EL PERIODO 2021
(En soles, por metro cuadrado de ?rea construida)
IPC acumulado      Tasa mensual
Tasa mensual 2020 (S/m2)
Ene - Ago 2020
2021 (S/m2)
CATEGOR?A
Detalle del uso
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
A
B
Casa Habitaci?n
0.0683
1.24%
0.0691
Veterinaria, Bodega, bazar, stand en galer?a, sal?n de
Belleza y Comercio de Ropas
0.2010
1.24%
0.2034
C
D
E
Internet, dep?sitos, locutorio y librer?as
Ferreter?as y Armer?as
0.0605
0.0755
0.0606
1.24%
1.24%
1.24%
0.0612
0.0764
0.0613
Panader?as y Helader?as
Lavander?a, Estudios Fotogr??cos, ?pticas, Boticas y
farmacias
F
0.0777
1.24%
0.0786
Agencias de Empleo, O?cinas Profesionales, Servicios
de Agua, Casas de Cambio y otros usos
G
H
0.2179
0.0533
1.24%
1.24%
0.2206
0.0539
Talleres y Peque?as Industrias
Distribuidoras, Spa, Restaurant Poller?a, Restaurant
Chifa, Restaurant de Comida R?pida, Restaurant Buffet,
Restaurant Tur?stico, Restaurant Cebicher?a, Pizzer?a,
Restaurant con Espect?culo, otros restaurantes.
I
0.9210
1.24%
0.9324
Hospitales, cl?nicas, policl?nicos, centros m?dicos
especializados.
J
K
L
0.0775
0.5659
0.0791
1.24%
1.24%
1.24%
0.0784
0.5729
0.0800
Colegios
Gobierno Central, Organismos P?blicos
Descentralizados, Bene?cencia, Instituciones P?blicas.
Mercados, Galer?as Comerciales, Supermercados,
Grandes Almacenes y Tiendas por Departamento
M
N
2.5518
0.2241
1.24%
1.24%
2.5834
0.2268
Entidades Financieras, entidades bancarias, AFPs,
Compa??as de Seguros y Notar?a.
Templos, Conventos, Monasterios, Cooperativas de
servicio cerradas, Comunidad Laboral, Centro de
Educaci?n Productiva (Cetpro), Fundaci?n, Asociaci?n,
Organizaci?n Sindical, Partido Pol?tico, Colegios
Profesionales y Cultural.
O
0.0746
1.24%
0.0755

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NORMAS LEGALES
9
IPC acumulado      Tasa mensual
Tasa mensual 2020 (S/m2)
Ene - Ago 2020
2021 (S/m2)
CATEGOR?A
Detalle del uso
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
Gimnasios, Cines, discotecas, night club, pubs, karaokes,
licorer?as, bares y similares.
P
Q
R
0.9149
0.9241
0.2144
1.24%
1.24%
1.24%
0.9262
Hoteles, Hostales, Tragamonedas, bingos y casinos,
clubes sociales, clubes de esparcimiento, recreativos y
tur?sticos, sala de recepciones y/o convenciones.
0.9355
0.2170
Playas de Estacionamiento, Minimarket y Estaciones de
Servicio.
S
T
Grandes Industrias (m?s de 200 m2)
Cocheras
0.2541
0.0300
1.24%
1.24%
1.24%
0.2572
0.0303
U
Comercio Ambulatorio (jugos y emolientes) (*)
45.7136
46.2804
Comercio Ambulatorio (puestos de peri?dicos y kioscos)
(*)
V
11.1840
1.24%
11.3226
(*)
Para el caso de las categor?as ?U? y ?V?, no se ha tomado en consideraci?n el criterio de ?rea construida, habi?ndose
determinado la tasa con respecto a cada comercio ambulatorio.
Con respecto a las disposiciones establecidas  por el Decreto Legislativo N? 1278, Ley de Gesti?n Integral  de Residuos
S?lidos y su Reglamento, aprobado por de Decreto Supremo N? 014-MINAM, se debe precisar que los residuos  s?lidos
no peligrosos producidos por Veterinarias y Lubricentros, se encuentran considerados  en la categor?a de uso ?B?, y ?H?,
respectivamente, del Cuadro N? 05.
Asimismo, respecto a residuos s?lidos peligrosos de los referidos predios, deber?n contratar una Empresa Operadora de
Residuos S?lidos debidamente acreditada para su disposici?n ?nal.
Por otro  lado,  en relaci?n  a los  generadores  de residuos  s?lidos  que superen  los  500 litros  diarios equivalentes  a
116.85
Kg.,  la Municipalidad  del  R?mac continuar?  prestando  el servicio,  teniendo  en  cuenta lo  establecido  en los
numerales 3.1, y 4.1 del Art?culo 80 de la Ley Org?nica de Municipalidades,  N? 27972 en los cuales se establece como
funci?n de las Municipalidades  distritales, proveer  el servicio de limpieza p?blica,  as? como administrar y  reglamentar,
directamente  o  por  concesi?n  el  servicio  de limpieza  p?blica  y  tratamiento  de  residuos  s?lidos,  cuando  est?  en
capacidad de hacerlo.
Tasa - Casa Habitaci?n:
Habi?ndose establecido el  monto del servicio por  metro cuadrado (tama?o del  predio), el cual asciende  a S/ 0.0691 y
se emplea el criterio de habitantes para la determinaci?n de la tasa respectiva, teniendo en cuenta que a mayor n?mero
de habitantes debe corresponder una mayor tasa del arbitrio. En tal sentido, se presenta la siguiente f?rmula que  aplica
dicho criterio:
Monto a Pagar RRS = AC x TM2AC x [1 + (NHAB ? NHAP) x FVPH]
AC : ?rea construida del predio (metros cuadrados)
TM2AC : Tasa por metro cuadrado de ?rea construida
NHAB : N?mero de habitantes del predio
NHAP : N?mero de habitantes promedio (por predio del distrito establecido en 4)
FVPH : Factor de variaci?n por habitante (establecido en 0.25)
5.3.
Tasa de Parques y Jardines
CUADRO N? 06: TASA DE PARQUES Y JARDINES POR
PREDIO PARA EL PERIODO 2021
(En soles por predio)
Tasa mensual     IPC acumulado     Tasa mensual
Ubicaci?n del predio
respecto del ?rea verde (*)
2020
(S/predio)
Ene - Ago 2020    2021 (S/predio)
[1]
[2]
[3]=[1]+[1]x[2]
Frente a ?reas verdes
Cerca de ?rea a verdes
Lejos de ?reas verdes
3.98
1.24%
1.24%
1.24%
4.02
3.54
3.58
3.03
3.00
(*)
La relaci?n detallada de ?reas verdes se encuentra en el numeral 10.3 del Informe T?cnico aprobado con Ordenanza
N? 452-MDR, publicado en el Diario O?cial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2015.

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CATEGOR?A
DETALLE
Los predios ubicados frente a ?reas verdes, tienen una mayor participaci?n respecto a la utilizaci?n de las ?reas
verdes; lo que se relaciona directamente con el mantenimiento y costo del servicio.
La participaci?n de estos predios es de una ponderaci?n de 1.32, lo que nos indica que el importe de estos
predios tendr? un peso superior respecto de los predios ubicados cerca y lejos de ?reas verdes.
F
Frente ?reas Verdes
Los predios ubicados en zonas aleda?as a las ?reas verdes (dentro de 100 mt de distancia del ?rea verde) de
C
L
Cerca ?reas Verdes     acuerdo al mismo estudio tienen una ponderaci?n de 1.18, lo que nos indica que el importe de estos predios
tendr? un peso mayor respecto de los ubicados Lejos de ?reas Verdes.
Los predios ubicados lejos de las ?reas verdes de acuerdo al mismo estudio tienen un menor bene?cio del
Lejos ?reas Verdes
servicio de parques y jardines, lo que se traduce en un ?ndice de Concurrencia equivalente a 1.
5.4.
Tasa de Seguridad Ciudadana
CUADRO N? 07: TASA DE SEGURIDAD CIUDADANA POR PREDIO PARA EL PERIORO 2021
(En soles por predio)
Tasa mensual 2020
(S/predio)
Tasa mensual 2021
(S/predio)
IPC acumulado
Ene - Ago 2020
CATEGOR?A
USO
ZONA 1
ZONA 2
ZONA 1
[4]=[1]+[1]x[3]
4.22
ZONA 2
[5]=[2]+[2]x[3]
1.13
[1]
[2]
[3]
A
B
Casa habitaci?n y cocheras
4.17
1.12
1.24%
1.24%
Bodegas, bazares, librer?as y stands en galer?as.
15.27
16.37
11.28
11.93
15.45
11.41
Comercios (vidrier?as, armer?a, ferreter?as,
zapater?as, helader?as, panader?as, venta de
art?culos de m?sica, de art?culos de higiene,
boticas, dep?sitos y farmacias), servicios
(restaurante men?, ?pticas, estudios fotogr??cos,
servicios t?cnicos electr?nicos, talleres,
veterinarias, o?cinas profesionales, cabinas de
internet, lavander?as, peluquer?as, agencias de
empleo, mec?nicas, centros de est?tica, sal?n de
belleza, asistencial Gratuita, locutorio) y otros usos.
C
D
1.24%
1.24%
16.57
57.35
12.07
49.16
Universidades, Institutos superiores, academias,
Centros Preuniversitarios, hospitales, cl?nicas,
policl?nicos, centros m?dicos especializados y
notar?as.
56.65
48.56
Gobierno Central, Organismos P?blicos
Descentralizados,
E
F
Bene?cencia e Instituciones P?blicas, entidades
?nancieras, entidades bancarias, AFPs y
Compa??as de Seguros.
125.44
94.42
14.38
0.00
1.24%
1.24%
1.24%
126.99
95.59
14.55
0.00
Gimnasios, Cines, discotecas, night club, pubs,
karaokes, licorer?as, bares y similares.
Mercados, galer?as comerciales, clubes sociales,
clubes de
esparcimiento, recreativos y tur?sticos, sala
de recepciones y/o convenciones y colegios
profesionales y velatorios.
G
246.72
13.16
249.77
13.32
Hoteles, Hostales, Tragamonedas, bingos y
casinos.
H
I
91.73
72.30
10.77
46.56
1.24%
1.24%
92.86
73.19
10.90
47.13
Colegios.
Estaci?n de Radio, Institutos a distancia, Casa de
pr?stamos, Casa de cambio, Consultorios m?dicos,
Casas de Hospedaje, Sub Estaciones El?ctricas,
Playa de Estacionamiento, Estaci?n de Servicio y
Venta de Autos.
J
50.90
62.03
10.77
31.54
1.24%
1.24%
51.53
62.79
10.90
31.93
Distribuidoras, Spa, Restaurant Poller?a,
Restaurant Chifa, Restaurant de Comida R?pida,
Restaurant Buffet, Restaurant Tur?stico, Restaurant
Cebicher?a, Pizzer?a, Restaurant con Espect?culo,
otros restaurantes.
K

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NORMAS LEGALES
11
Tasa mensual 2020
(S/predio)
Tasa mensual 2021
(S/predio)
IPC acumulado
Ene - Ago 2020
CATEGOR?A
USO
ZONA 1
ZONA 2
ZONA 1
ZONA 2
[1]
[2]
[3]
[4]=[1]+[1]x[3]
[5]=[2]+[2]x[3]
12.46
Templos, Conventos, Monasterios, Cooperativas
de servicio cerradas, Comunidad Laboral, Centro
de Educaci?n Productiva (Cetpro), Fundaci?n,
Asociaci?n, Organizaci?n Sindical, Partido Pol?tico
y Cultural
L
17.60
12.31
1.24%
17.81
M
N
Industrias.
66.65
4.65
14.38
10.77
1.24%
1.24%
67.47
4.70
14.55
10.90
Predios en construcci?n y Terrenos sin Construir
Clubes Deportivos, Coliseos, Coloso y Plaza de
Toros
O
P
16.17
0.00
0.00
1.24%
1.24%
16.37
0.00
0.00
Supermercado, Grandes Almacenes y Tiendas por
Departamento
259.07
262.28
Respecto de la delimitaci?n de las zonas de seguridad, son como se detalla en el cuadro siguiente:
CUADRO N? 08: SECTORIZACI?N DEL SERVICIO
Zona
V?as
Delimitada
por
las
v?as
denominadas:   Jir?n   Loreto,   Trujillo,
Patrocinio, Chiclayo, Hualgayoc,  Casma, Libertad, Paita, Sechura,
Piura, Purus, Francisco Pizarro, Esteban  Salmon, Malec?n R?mac,
Pr?ceres, Quito Yupanqui, Patrocinio, La Colonia, Las Calezas, Los
Oidores, Los Virreyes, La Capilla, La Pedrera, Machu Picchu, Calle
Arturo, Calle del 1 al 21, FelipaArancibia, Valderrama, Oscar Molina,
Pedro  Suarez,  Pasaje  Estrella,  Pasaje  Venus,  Pasaje   Saturno,
Pasaje Lucero, Pasaje La Luna, Necochea, Caquet?, Tomas Moya,
Teniente Razuri,  Industrial, ram?n  Espinoza, Urb.  Leoncio  Prado,
Unidad Vecinal del R?mac y Ricardo Ben?n.
1
Delimitada por Flor  de Amancaes (P.J. Balc?n  del R?mac, Horacio
Zevallos 1 y  2, Las Brisas, Coraz?n  de Jes?s, 6 de Agosto,  V?ctor
Ra?l  haya   de  la  Torre,  aquilino   Samjara  y  alrededores),   San
Crist?bal, Leticia,  Villa F?tima, Piedra  Liza, P.J. Tarma  Chico, Los
?ngeles, Mariscal castilla, santa Rosa, Palomares Alto, La Cantera
2
1
y La Cantera 2.
6.
ESTIMACI?N DE INGRESOS
Para el  ejercicio 2021  se estima los  ingresos por concepto  de arbitrios  municipales de  Limpieza P?blica  (Barrido de
Calles,  Recolecci?n  de Residuos  S?lidos),  Parques  y  Jardines y  Seguridad  Ciudadana  de  acuerdo con  el  detalle
siguiente:
6.1.
INGRESOS ESTIMADOS POR BARRIDO DE CALLES PERIODO 2021
El nivel de ingresos estimados para el 2021, por el servicio de Barrido de Calles alcanza el 99.96% de cobertura respecto
del costo aprobado para el 2021.
CUADRO N? 09: INGRESOS ESTIMADOS POR
BARRIDO DE CALLES (EN SOLES)
Estimaci?n de
ingresos 2020
(S/)
IPC acumulado
Agosto 2020
(%)
Estimaci?n de
ingresos 2021
(S/)
Costo 2021
(S/)
Cobertura Total
(%)
[1]
[2]
[3]
[4]=[2]+[2]x[3]
2,223,899.24
[5]=[4]/[1]
99.96%
2,224,704.69
2,196,660.65
1.24%
6.2.
INGRESOS ESTIMADOS POR RECOLECCI?N DE RESIDUOS S?LIDOS PERIODO 2021
El nivel de ingresos estimados  para el 2021, por el servicio de  Recolecci?n de Residuos S?lidos alcanza el 99.89%  de
cobertura respecto del costo aprobado para el 2021.

12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 31 de diciembre de 2020  /
CUADRO N? 10: INGRESOS ESTIMADOS POR RECOLECCI?N
DE RESIDUOS S?LIDOS (EN SOLES)
Estimaci?n de
ingresos 2020
(S/)
IPC acumulado
Julio 2020
(%)
Estimaci?n de
ingresos 2021
(S/)
Cobertura
Total
(%)
Costo 2021
(S/)
[1]
[2]
[3]
[4]=[2]+[2]x[3]
6,693,707.57
[5]=[4]/[1]
99.89%
6,700,985.74
6,611,722.21
1.24%
6.3.
INGRESOS ESTIMADOS POR PARQUES Y JARDINES PERIODO 2021
El nivel  de ingresos  estimados para  el 2021,  por el  servicio de  Parques y  Jardines alcanza  el 99.54% de  cobertura
respecto del costo aprobado para el 2021.
CUADRO N? 11: INGRESOS ESTIMADOS POR PARQUES Y JARDINES (EN SOLES)
Estimaci?n de
ingresos 2020
(S/)
IPC acumulado
Julio 2020
(%)
Estimaci?n de
ingresos 2021
(S/)
Cobertura
Total
(%)
Costo 2021
(S/)
[1]
[2]
[3]
[4]=[2]+[2]x[3]
1,815,387.55
[5]=[4]/[1]
99.54%
1,823,780.63
1,793,152.46
1.24%
6.4.
INGRESOS ESTIMADOS POR SEGURIDAD CIUDADANA PERIODO 2021
El nivel de  ingresos estimados para  el 2021, por el  servicio de Seguridad  Ciudadana alcanza el 99.67%  de cobertura
respecto del costo aprobado para el 2021.
CUADRO N? 12: INGRESOS ESTIMADOS POR SEGURIDAD
CIUDADANA (EN SOLES)
Estimaci?n de    IPC acumulado      Estimaci?n de
Cobertura
Total
(%)
Costo 2021
(S/)
ingresos 2020
(S/)
Julio 2020
(%)
ingresos 2021
(S/)
[1]
[2]
[3]
[4]=[2]+[2]x[3]
3,193,723.55
[5]=[4]/[1]
99.67%
3,204,292.41
3,154,606.43
1.24%
7.
RESUMEN GENERAL DE ESTIMACI?N DE INGRESOS
Como se puede apreciar en el cuadro siguiente, el nivel de ingresos estimados para el 2021 por los servicios de Barrido
de Calles, Recolecci?n de Residuos S?lidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana alcanza el 99.81% de cobertura
del costo aprobado para el ejercicio 2021.
CUADRO N? 13: RESUMEN GENERAL DE ESTIMACI?N
DE INGRESOS (EN SOLES)
Cobertura
Total
(%)
Ingreso 2021
(S/)
Costo 2021
(S/)
Diferencia
(S/)
SERVICIO
[1]
[2]
[3]=[1]-[2]
-805.45
[4]=[1]/[2]
99.96%
Barrido de Calles
2,223,899.24
2,224,704.69
Recolecci?n de
Residuos S?lidos
6,693,707.57
1,815,387.55
3,193,723.55
13,926,717.91
6,700,985.74
1,823,780.63
3,204,292.41
13,953,763.47
-7,278.17
-8,393.08
-10,568.86
-27,045.56
99.89%
99.54%
99.67%
99.81%
Parques y Jardines
Seguridad
Ciudadana
Total
1915603-1