Prorrogan vigencia de plazas de fiscales para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y contra la Criminalidad Organizada de los Distritos Fiscales de Arequipa Ayacucho Callao Cañete Cusco Junín La Libertad Lima Lima Norte Lima Este Piura Puno Santa Tumbes y Ucayali creadas por Res. N° 048-2017-MP-FN-JFS

Prorrogan vigencia de plazas de fiscales para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y contra la Criminalidad Organizada de los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho, Callao, Cañete, Cusco, Junín, La Libertad, Lima, Lima Norte, Lima Este, Piura, Puno, Santa, Tumbes y Ucayali, creadas por Res. N° 048-2017-MP-FN-JFS

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS

Nº 091-2020-MP-FN-JFS

Lima, 17 de diciembre de 2020

VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS de fecha 30 de marzo de 2017, se crearon tres (03) Fiscalías Provinciales con carácter transitorio, cuatro (04) plazas de fiscales provinciales y sesenta y seis (66) plazas de fiscales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y contra la Criminalidad Organizada de los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho, Callao, Cañete, Cusco, Junín, La Libertad, Lima, Lima Norte, Lima Este, Piura, Puno, Santa, Tumbes y Ucayali, con vigencia del 01 de abril hasta el 31 de diciembre de 2017, en mérito al Decreto Supremo N° 047-2017-EF, publicado el 10 de marzo de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, por el cual se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor del Pliego 022 Ministerio Público; así como, el oficio N° 377-2017-MP-FN-GG-OGPLAP/02, suscrito por el Gerente Central de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, en el que informa de la autorización de partida presupuestal aprobada por el Decreto Supremo antes mencionado, elevando la desagregación a nivel de Genérica de Gasto del mencionado financiamiento.

Por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 188-2017-MP-FN-JFS de fecha 20 de diciembre de 2017, se prorrogó a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia de los despachos y plazas fiscales, todos con carácter transitorio, creados a través de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS de fecha 30 de marzo de 2017; de igual modo, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 159-2018-MP-FN-JFS de fecha 27 de diciembre de 2018, se prorrogó la vigencia de los referidos despachos y plazas fiscales, por el periodo del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019; y, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 125-2019-MP-FN-JFS de fecha 27 de diciembre de 2019, se resolvió prorrogar la vigencia de los referidos despachos y plazas fiscales, materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS, desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.

A través de los oficios N° 001953 y 002019-2020-MP-FN-GG-OGPLAP, la Gerente de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio Público informa sobre la continuidad de las citadas plazas para el año 2021, señalando que el artículo 12 de la Directiva N° 001-2020-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 009-2019-EF, vigente para el periodo 2021 – 2023, establece que para la estimación del gasto público de personal y pensiones, las entidades tomarán en cuenta para los tres años que comprende la Programación Multianual Presupuestaria, la información del Aplicativo Informático a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (AIRHSP) al 31 de marzo de 2020; por lo que, el presupuesto inicial para el año 2021 de la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, contiene los recursos para la continuidad de los despachos y plazas fiscales transitorias creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS de fecha 30 de marzo de 2017. En tal sentido, existe disponibilidad presupuestaria para el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de marzo de 2021 (primer trimestre) para prorrogar la continuidad de los despachos y plazas fiscales transitorias creadas por la resolución antes citada.

Consecuentemente, estando a que subsiste la necesidad de prorrogar la vigencia de los despachos y plazas de fiscales mencionados en el primer párrafo; y, conforme a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo N° 5808 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2020 (Estado de Emergencia), acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, prorrogar a partir del 01 de enero hasta el 31 de marzo de 2021, la vigencia de tres (03) fiscalías provinciales transitorias, cuatro (04) plazas de fiscales provinciales y sesenta y seis (66) plazas de fiscales adjuntos provinciales, todos con carácter transitorio, para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y Contra la Criminalidad Organizada de los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho, Callao, Cañete, Cusco, Junín, La Libertad, Lima, Lima Norte, Lima Este, Piura, Puno, Santa, Tumbes y Ucayali, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS de fecha 30 de marzo de 2017.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo dispuesto en el Acuerdo N° 5808, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de tres (03) Fiscalías Provinciales con carácter transitorio, cuatro (04) plazas de fiscales provinciales y sesenta y seis (66) plazas de fiscales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio, para las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y contra la Criminalidad Organizada de los Distritos Fiscales de Arequipa, Ayacucho, Callao, Cañete, Cusco, Junín, La Libertad, Lima, Lima Norte, Lima Este, Piura, Puno, Santa, Tumbes y Ucayali, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 048-2017-MP-FN-JFS de fecha 30 de marzo de 2017, a partir del 01 de enero hasta el 31 de marzo de 2021.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, al Presidente del Poder Judicial y Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación

Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos

1915400-1