Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) para el Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales

Establecen la Programación de Compromisos Anual (PCA) para el Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 0032-2020-EF/50.01

Lima, 28 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;

Que, la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;

Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440 la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de financiamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de financiamiento para el Año Fiscal respectivo, en el marco de las reglas fiscales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado por la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, mediante la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, se regula, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la Programación de Compromisos Anual (PCA) en los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo en el artículo 9 que la PCA es determinada antes del inicio del año fiscal y es aprobada por Resolución Directoral a nivel de pliego;

Que, en consecuencia y de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario establecer la PCA del Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;

Que, los numerales 1.6 y 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01 disponen plazos para la entrada en vigencia del numeral 26.3 del artículo 26 y del artículo 47, respectivamente, del Decreto Legislativo Nº 1440, los cuales se refieren a la aplicación de la estructura funcional y programática a partir del 1 de enero de 2021;

Que, para la aplicación de la estructura funcional y programática a la que se refiere el considerando precedente, se requiere que los pliegos reciban asistencia técnica para la revisión y formulación de las estructuras funcionales y programáticas, así como adecuar los sistemas de información para que se pueda procesar la información que se reciban de los pliegos en base a estas nuevas estructuras;

Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente y de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, resulta necesario modificar la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, a fin de ampliar el plazo para la implementación progresiva del numeral 26.3 del artículo 26 y del artículo 47 del mencionado Decreto Legislativo;

En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 y en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el artículo 9 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Establecer la Programación de Compromisos Anual (PCA) para el Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, ascendente a la suma de S/ 161 732 536 662,00 (CIENTO SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento. Los montos de la PCA por nivel de gobierno y a nivel de pliego se detallan en los Anexos Nºs 1, 2, 3 y 4, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2. La Programación de Compromisos Anual (PCA) no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización financiera de los recursos públicos asignados; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para la aprobación de las resoluciones que aprueben modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 11.3 del artículo 11 de la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01.

Artículo 3. Los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se financian con cargo a fuentes de financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de financiamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2021, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 4. Modificar los numerales 1.6 y 1.8 del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.01, conforme al siguiente texto:

“Artículo 1. (...)

(...)

1.6. Artículo 26: Los numerales 26.1., 26.2. y 26.4. entran en vigencia a partir del 11 de enero de 2019. El numeral 26.3. entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.

(...)

1.8. Artículo 47: A partir del 1 de enero de 2023.

(...)”

Artículo 5. Publicar la presente Resolución Directoral y el Anexo Nº 1 en el Diario O?cial El Peruano. La presente Resolución Directoral y los Anexos Nºs 1, 2, 3 y 4 se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA

Director General

Dirección General de Presupuesto Público

ANEXO Nº 1

PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA)

CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2021

(En soles)

NIVEL DE GOBIERNO

PCA

GOBIERNO NACIONAL

106.627.475.315

GOBIERNOS REGIONALES

33.456.367.529

GOBIERNOS LOCALES

21.648.693.818

TOTAL GENERAL

161.732.536.662

1915826-1