Autorizan Transferencia Financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00443-2020-PRODUCE

Lima, 29 de diciembre de 2020

VISTOS: El Informe N° 099-2020-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP del Programa Nacional de Diversificación Productiva; el Memorando N° 00001097-2020-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000218-2020-PRODUCE/-OP de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe N° 00000951-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial N° 546-2019-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 038. Ministerio de la Producción;

Que, la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 autoriza al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2019, para aprobar transferencias financieras hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, con el objeto de continuar la ejecución de los componentes del proyecto de inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén-Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” (Código 2274894);

Que, el numeral 22.2 del artículo 22 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, y aprueban otras medidas, dispone que el plazo para aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de administración de recursos al que se refiere la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2020; precisando que lo establecido en el referido numeral se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 038. Ministerio de la Producción, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, con Resolución Ministerial N° 429-2020-PRODUCE se aprueba la suscripción del Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de la Producción y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, para la ejecución del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, el mismo que cuenta con la opinión favorable y vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo señalado por la Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF;

Que, con fecha 29 de diciembre de 2020, el Ministerio de la Producción y el PNUD suscribieron el Documento de Proyecto “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén-Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”, con el propósito de lograr que dicho organismo internacional, ejecute de manera oportuna y óptima el Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado Belén, Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto”;

Que, con Informe N° 099-2020-PRODUCE/DVMYPE-I-PNDP, el Programa Nacional de Diversificación Productiva sustenta la necesidad de efectuar el primer desembolso a favor del PNUD, considerando la autorización dispuesta en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, y lo establecido en el numeral 22.2 del artículo 22 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, así como la disponibilidad presupuestal del Ministerio de la Producción, solicitando a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización gestione la transferencia financiera, para lo cual remite un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba una transferencia financiera a favor del PNUD hasta por la suma de S/ 33 600 000,00 (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES);

Que, con Memorando N° 00001097-2020-PRODUCE/OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, adjunta el Informe N° 00000218-2020-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual señala que cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria para cumplir el compromiso adquirido en el Convenio de Administración de Recursos suscrito con el PNUD, por lo que, emite opinión favorable respecto a la transferencia financiera a favor del PNUD hasta por la suma de S/ 33 600 000,00 (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) provenientes de la fuente de Recursos Ordinarios por S/ 32 746 564,00 (TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100) y a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por S/ 853 436,00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100);

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia financiera de recursos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2020, a efectos de cumplir con lo establecido en el Convenio de Administración de Recursos suscrito con el PNUD;

De conformidad con lo dispuesto en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el numeral 22.2 del artículo 22 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, Ley Nº 30356, Ley que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF;

SE RESUELVE

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD

Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 33 600 000,00 (TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios por S/ 32 746 564,00 (TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100) y a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por S/ 853 436,00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100), a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, destinado a financiar la ejecución de manera oportuna y óptima del Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto” (Código 2274894), en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el numeral 22.2 del artículo 22 del Decreto de Urgencia Nº 039-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 2. Recursos Directamente Recaudados, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2274894: Mejoramiento del Servicio de Comercialización del Gran Mercado de Belén - Iquitos, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.2.2.1.99 A Otros Organismos Internacionales.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento

El Programa Nacional de Diversificación Productiva, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR

Ministro de la Producción

1916079-2