Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Asia

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Asia

DECRETO DE ALCALDíA

Nº 003-2020-MDA

Asia, 1 de octubre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE ASIA

VISTO:

El Informe Nº 326-2020-GAF/MDA, de fecha 01 de octubre del 2020, de la Gerencia de Administración y Finanzas; Informe Nº 208A-2020/SGGRH-GAF/MDA, de fecha 01 de octubre del 2020, de la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, con la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana.

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 19849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del D.L. 1057, señala que: “El personal establecido en los numerales 1. Funcionario Público, 2. Empleado de Confianza, e inciso a. Directivo Superior del numeral 3 del Art. 4 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por Régimen Especial de D.L 1057 está excluido de las reglas establecidas en el Art. 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP.

Que, en este caso, existe la posibilidad de contratación de empleados de confianza y directivos de libre designación y remoción bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios sin la necesidad de que exista previamente un Concurso Público de Méritos, pero teniendo en consideración que la plaza a ocuparse esté contenida necesariamente en el CAP, CAP Provisional o Cuadro de Puesto de la Entidad; respetando el porcentaje máximo que la Ley Marco del Empleo Público establece, es decir, 5% del total de trabajadores considerados en el CAP.

Que, mediante Ordenanza Nº 004-2019-A/MDA del 10 de abril del 2019, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de agosto del año en curso, se aprobó la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Asia;

Que, la Segunda Disposición Final del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Asia autoriza al Señor Alcalde a emitir Decretos de Alcaldía que modifiquen dicho reglamento, siempre y cuando no implique la variación de la estructura orgánica aprobada, poniendo en conocimiento al Concejo Municipal;

Que, el Artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Asia establece que: “…La Secretaría General está a cargo de un servidor público y es designado por el Alcalde con categoría de Gerente…”; y asimismo el Artículo 107º del mismo cuerpo normativo, establece que “… La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural está a cargo de un empleado de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva, y es designado por el Alcalde con categoría de Gerente…”;

Que mediante Informe Nº 208A-2020/SGGRH-GAF/MDA, de fecha 01 de octubre del 2020, de la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos; solicita la modificación de la Resolución de Alcaldía Nº 197-2020-A/MDA, de fecha 28 de agosto del 2020, la misma que aprobó el cambio del cargo de empleados de confianza pertenecientes al Decreto Legislativo Nº 276 al Decreto Legislativo Nº 1057-CAS Funcional, solicitando EXCLUIR el puesto de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural del Régimen del Decreto Legislativo Nº 1057 e INCLUIR a la Secretaría General, para lo cual previamente debe procederse a modificar los Artículos 71º y 107º del Reglamento de Organización y Funciones, a fin de que exista una concordancia con lo solicitado; el mismo que cuenta con el Vº Bº de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Entidad Edil;

Que, mediante Informe Nº 326-2020-GAF/MDA, de fecha 01 de octubre del 2020, de la Gerencia de Administración y Finanzas; solicita la modificación de la Resolución de Alcaldía Nº 197-2020-A/MDA, de fecha 28 de agosto del 2020;

Que, el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº27972-Ley Orgánica de Municipalidades, señala que una de las atribuciones del alcalde es dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo, el Artículo 42º de la misma ley acotada señala que “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, (…) y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”.

Que, estando a los considerandos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2019, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 71º.- La Secretaría General está a cargo de un empleado de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva, y es designado por el Alcalde con categoría de Gerente, denominado Secretario General, quien depende funcional y administrativamente del Alcalde”.

Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE el Artículo 107º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2019, quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 107º.- La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural está a cargo de un servidor público, y es designado por el Alcalde con categoría de Gerente, quien depende funcional y administrativamente del Gerente Municipal”.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su publicación en el portal web de la Municipalidad Distrital de Asia.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ TOMÁS ALCÁNTARA MALÁSQUEZ

Alcalde

1913718-1