Constituyen como Marco de Referencia Geodésico Oficial a la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC)

Constituyen como Marco de Referencia Geodésico Oficial a la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC)

Resolución Jefatural

Nº 087-2020/IGN/DIG/SDNGC

Surquillo, 3 de diciembre de 2020

VISTO;

La Resoluciones Jefaturales N°079-2006-IGN/OAJ/DGC, N°086- 2011-IGN/OAJ/DGC, N°131-2018-IGN/DC/DPG; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005 – DE/SG y el Decreto Supremo Nº 034 – 2008 – PCM que aprueba la Calificación de Organismos Públicos, el Instituto Geográfico Nacional, es un organismo público ejecutor del Sector Defensa, con personería jurídica de derecho público interno. Goza de autonomía técnica, administrativa y económica, constituye un pliego presupuestal del Sector Defensa;

Que, mediante Resolución Jefatural N°079-2006-IGN/OAJ/DGC de marzo de 2006, se oficializó el Sistema Geodésico Oficial, conformado por la Red Geodésica Horizontal Oficial y la Red Geodésica Vertical Oficial, como sistema de referencia único a nivel nacional;

Que, en el Artículo Segundo de la Resolución Jefatural N° 086-2011-IGN/OAJ/DGC, se resolvió constituir como Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN), la misma que tiene como base el Sistema de Referencia Geocéntrico para las Américas (SIRGAS) sustentado en el Marco Internacional de Referencia Terrestre 2000 –International Terrestrial Reference Frame 2000 (ITRF2000) del International Earth Rotation Service (IERS) para la época 2000.4 relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodésico 1980 – Geodetic Reference System 1980 (GRS80). La Red Geodésica Geocéntrica Nacional está conformada por las estaciones de monitoreo contínuo y los hitos o señales de orden “0”, “A”, “B” y “C”, distribuidos dentro del ámbito del Territorio Nacional, los mismos que constituyen bienes del Estado. Para efectos prácticos como elipsoide puede ser utilizado además el World Geodetic System 1984 (WGS84).

Que, en el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N°131- 2018-IGN/DC/DPG, se resolvió dar por concluido el empleo de los doscientos cuarenta (240) puntos geodésicos de orden “0”, “A”, “B” y “C” que se encuentran dentro de la Red Geodésica Geocéntrica Nacional (REGGEN), establecidos por el Instituto Geográfico Nacional y los cuatro mil novecientos cincuenta y cinco (4,955) puntos geodésicos de orden “A”, “B” y “C” establecidos en el marco del Proyecto de Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble (PCDPI), por haber acumulado desplazamientos excesivos a través de los años, dando lugar a que no cuenten con la precisión requerida para cualquier trabajo topográfico y geodésico.

Que de conformidad a la Ley N° 27292, Decreto Supremo Nº 005- DE/SG, Decreto Supremo N° 034 – 2008 – PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema Nº 188-2019 – DE/EP del 21 de noviembre de 2019;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Constitúyase como Marco de Referencia Geodésico Oficial, a la Red Geodésica Peruana de Monitoreo Continuo (REGPMOC), conformada por el conjunto de Estaciones de Rastreo Permanente (GNSS) administrada por el Instituto Geográfico Nacional, que materializan el Sistema Geodésico Horizontal Oficial, la misma que tiene como base el Sistema de Referencia Geocéntrico para las Américas (SIRGAS) sustentado en el Marco Internacional de Referencia Terrestre 2000 (ITRF2000) del International Earth Rotation Service (IERS) para la época 2000.4 relacionado con el elipsoide del Sistema de Referencia Geodésico 1980 (GRS80), para efectos prácticos se empleará el elipsoide World Geodetic System 1984 (WGS84). Este Marco de Referencia Geodésico oficial, proporcionará la base de toda la información geoespacial que se genere por método directo e indirecto en el país.

Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Estadística e Informática del IGN, la publicación de la presente resolución en el portal institucional.

Artículo 3°.- Disponer, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y el Portal de Transparencia del Instituto Geográfico Nacional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO PORTILLO ROMERO

Jefe

1913569-1