Modifican el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad

Modifican el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 226-2020-MSB-A

San Borja, 17 de noviembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA

VISTO, el Informe N° 075-2020-MSB-GM-GSP-UDS de la Unidad de Determinantes de la Salud de fecha 25 de setiembre de 2020, el Memorándum N° 164-2020-MSB-GSP de la Gerencia de Salud Pública de fecha 30 de setiembre de 2020, el Informe N° 094-2020-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 06 de noviembre de 2020, el Memorándum N° 1746-2020-MSB-GM-OPE de la Oficina de Planificación Estratégica de fecha 09 de noviembre de 2020, el Informe N° 571-2020-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 11 de noviembre de 2020, el Proveído N° 1193-2020-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 15 de noviembre de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, se establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes, servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo que, el artículo 2° establece que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá que: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago”;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 236- 2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019, la Municipalidad Distrital de San Borja aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja; el cual es un documento que compila los servicios no exclusivos de la Municipalidad Distrital de San Borja, los cuales son brindados por la Entidad para satisfacer a la población que requiera de algún servicio municipal; y siendo que, con Resolución de Alcaldía N° 261-2019-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 333-2019-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 345-2019-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 21- 2020-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 079-2020-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 113-2020-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 147-2020-MSB-A, Resolución de Alcaldía N° 202-2020-MSB-A y Resolución de Alcaldía N° 221- 2020-MSB-A se han realizado modificaciones al TUSNE, se tiene que contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos;

Que, con Informe Nº 075-2020-MSB-GM-GSP-UDS de fecha 25 de setiembre de 2020, la Unidad de Determinantes de la Salud comunica a la Gerencia de Salud Pública que los análisis de alimentos que realiza el laboratorio Bromatológico se encuentran incluidos en el tarifario como Servicios No Exclusivos de la Unidad de Fiscalización, proponiendo incorporar nuevos servicios en el tarifario de la Unidad de Determinantes de la Salud, adjuntando el cuadro con la propuesta de los nuevos servicios; lo cual es ratificado por la Gerencia de Salud Pública mediante el Memorándum N° 164-2020-MSB-GSP de fecha 30 de setiembre de 2020;

Que, mediante Informe Nº 094-2020-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 06 de noviembre de 2020, la Unidad de Planeamiento y Racionalización, señala que, el pedido de incorporación de nuevos servicios en el TUSNE a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud, es requerido en cumplimiento con lo establecido en la NTS N° 142-MINSA/DIGESA.v.01 – Norma Sanitaria para los Restaurantes y Servicios Afines, indicando que la propuesta de incorporación de nuevos servicios en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) emitida por la Unidad de Determinantes de la Salud, corresponde según el análisis comparativo presentado por dicha unidad orgánica, así como también corresponde a las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza N° 621-2019-MSB, concluyendo que, procede la propuesta de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A, remitiendo el cuadro de incorporación de servicios del TUSNE, a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud;

Que, con Memorándum N° 1746-2020-MSB-GM-OPE de fecha 09 de noviembre de 2020, la Oficina de Planificación Estratégica remite a la Oficina de Asesoría Jurídica los actuados administrativos a fin de emitir la opinión legal correspondiente, a fin de ser aprobada mediante el acto resolutivo pertinente;

Que, mediante Informe N° 571-2020-MSB-OAJ de fecha 11 de noviembre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente procedente emitir la Resolución de Alcaldía que modifique el Cuadro del “Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja”, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 236-2019-MSB-A, incorporando los nuevos Servicios No Exclusivos al TUSNE, solicitado por la Unidad de Determinantes de la Salud, debiendo emitirse el acto resolutivo correspondiente de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 20º y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, con Proveído N° 1193-2020-MSB-GM de fecha 15 de noviembre de 2020, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido a fin de continuar con el trámite correspondiente;

Estando a lo expuesto, en concordancia a las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Salud Pública, la Oficina de Planificación Estratégica y la Gerencia Municipal;

RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 236-2019-MSB-A, incorporando los nuevos Servicios No Exclusivos a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud, conforme al siguiente detalle:

TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE

ÓRGANO / UNIDAD ORGÁNICA A CARGO DEL SERVICIO: Unidad de Determinantes de la Salud

Palacio Municipal: Av. Joaquín Madrid Nº 200 - San Borja

DENOMINACIÓN DEL SERVICIO

REQUISITOS

Precio S/

1

Capacitación Sanitaria en principios Generales de Higiene (por persona)

Pago de Servicio

50.00

2

Charla de prevención de enfermedades zoonóticas (por persona)

Pago de Servicio

20.00

4

Reconocimiento de certificación sanitaria de PGH (Principios Generales de Higiene) emitido por entidades públicas o privadas

Pago de Servicio

100.00

5

Certificación sanitaria en principios generales de higiene (PGH) - Local Comercial menor a 100 metros cuadrados

Pago de Servicio

150.00

6

Certificación sanitaria en principios generales de higiene (PGH) - Local Comercial mayor a 100 metros cuadrados

Pago de Servicio

300.00

7

Certificación sanitaria en principios generales de higiene (PGH) - Food Truck/ Ferias

Pago de Servicio

200.00

8

Certificación como establecimiento Saludable - Local Comercial menor a 100 metros cuadrados

Pago de Servicio

150.00

9

Certificación como establecimiento Saludable - Local Comercial mayor a 100 metros cuadrados

Pago de Servicio

300.00

10

Capacitación en manejo sanitario de piscinas (por persona)

Pago de Servicio

50.00

Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía N° 202-2020-MSB-A de fecha 02 de octubre de 2020, de acuerdo al siguiente detalle:

DICE:

“Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A, considerando los servicios a cargo de la Unidad de Determinantes de la Salud y Gestión de Servicios y de la Gerencia de Salud Pública, conforme al siguiente detalle:”

DEBE DECIR:

“Artículo Primero.- MODIFICAR el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A, considerando los servicios a cargo de la Unidad de Defensoría de la Salud y Gestión de Servicios y de la Gerencia de Salud Pública, conforme al siguiente detalle:”

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Racionalización de la Oficina de Planificación Estratégica actualizar el cuadro de precios del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A y sus modificatorias.

Artículo Cuarto.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia Institucional www.munisanborja.gob.pe, así como encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión en el distrito.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA

Alcalde

1907301-1