Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos destinada a financiar entregas económicas a favor de deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19

Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° D000061-2020-SUTRAN-SP

Lima, 24 de noviembre del 2020

VISTOS: El Memorando N° D001790-2020-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° D000857-2020-SUTRAN-UP de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000096-2020-SUTRAN-OA de la Oficina de Administración, el Informe N° D000401-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Informe N° D000213-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020”, se expidió la Resolución de Superintendencia Nº 082-2019-SUTRAN/01.2, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, por un monto de S/ 83 313 006,00 (ochenta y tres millones trescientos trece mil seis con 00/100 soles);

Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, establece que su objeto es reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, establece que lo normado es aplicable al Presidente de la República, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15,000.00 (Quince mil con 00/100 soles);

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, autoriza la reducción, de la remuneración del Presidente de la República y de los ingresos mensuales provenientes de su cargo de los funcionarios y servidores públicos durante los meses de junio, julio y agosto del 2020; asimismo, el mencionado dispositivo señala el ámbito de aplicación y los porcentajes a aplicar; asimismo, el artículo 4 de la citada norma, dispone que los Jefes de las Oficinas de Recursos Humanos, o los que hagan sus veces, son responsables de la ejecución de lo dispuesto en la citada norma, debiéndose coordinar con la Oficina de Planificación y Presupuesto para las modificaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, señala que para efectos de financiamiento de lo establecido en el numeral 6.1, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo, así como a las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto de Urgencia, a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios públicos a los que se refiere el Artículo 2, indicando que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, dispone que, para efectos de realizar las transferencias financieras a las que hacen referencia el numeral 6.4 del Artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 063-2020, las entidades del Poder Ejecutivo, así como las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final de dicho Decreto de Urgencia, quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del Artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 014-2019; así como de la restricción establecida en el inciso 4 del numeral 48.1 del Artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, en los casos que correspondan. Las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de la presente disposición habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus;

Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 220-2020-EF, se aprobaron Normas Complementarias para la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19;

Que, en ese contexto, mediante el Memorando N° D001790-2020-SUTRAN-UR, la Unidad de Recursos Humanos solicita a la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto que conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020, emita opinión favorable para que la Titular de la Entidad emita la resolución que autoriza la transferencia financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 202: Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran;

Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorando N° D000857-2020-SUTRAN-UP, emite opinión favorable para la emisión de la Resolución del Titular del Pliego que autoriza una transferencia financiera del Presupuesto Institucional del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, por la suma de S/ 107,596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020;

Que, mediante el Informe Nº D000096-2020-SUTRAN-OA, la Oficina de Administración señala que se deberá efectuar la transferencia financiera por la suma de S/ 107,596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2020 al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para lo cual, la misma deberá ser autorizada mediante resolución de la Titular del Pliego;

Que, mediante Informe N° D000401-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la autorización de la transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el monto de S/ 107,596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), destinada a financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020; opinión que hizo suya la Gerencia General a través del Informe N° D000213-2020-SUTRAN-GG;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 063-2020 y sus normas complementarias, aprobada por el Decreto Supremo N° 220-2020-EF, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 070-2020; en ejercicio de la atribución establecida en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y, contando con los vistos buenos de la Gerencia General y de las oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica, de las Unidades de Recursos Humanos y Presupuesto;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran hasta por la suma de S/ 107,596.00 (Ciento siete mil quinientos noventa y seis con 00/100 soles), a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de los deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19, en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 063-2020.

Artículo 2.- Financiamiento

El egreso que demande el cumplimiento del artículo 1 de la presente resolución, se afecta con cargo al presupuesto del Pliego 0202 Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías–Sutran, Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000001636 y Nº 0000001637, Nemónico 0041, Clasificador 2 4 1 3 1 1, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, conforme a lo informado por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 3. – Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a los señalados.

Artículo 4.- Notificación

Remitir copia de la presente resolución a la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica y a la Unidad de Recursos Humanos, para su conocimiento y los fines correspondientes.

Artículo 5. – Publicación

Disponer que la presente resolución sea publicada en el portal institucional de la Sutran, www.sutran.gob.pe, y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

1906432-1