Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince

Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 124-2020-MDL

Lince, 13 de noviembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LINCE

VISTO: El Memorándum N° 234-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 09 de octubre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Memorándum N° 536-2020-MDL/GAF/SRH, de fecha 12 de noviembre 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Informe N° 82-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Informe N° 34-2020-MDL/GAT, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que, el artículo 7º, numeral 7.1, del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, y mediante Ley Nº 27204 se precisó dicha norma señalando que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y que su designación no implica que dicho cargo sea de confianza;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios – CAS, para garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público;

Que, a su vez, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con Informe Técnico Nº 987-2019-SERVIR/GPGSC, de fecha 28 de junio de 2019, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, se podrá contratar Ejecutores Coactivos, mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS);

Que, mediante el Memorándum N° 234-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 09 de octubre de 2020, la Subgerencia de Ejecución Coactiva, solicita que se convoque a concurso público con la finalidad de designar un Ejecutor Coactivo;

Que, mediante la convocatoria CAS N° 014-2020-MDL-GAF/SRH, de fecha 16 de octubre de 2020, se declaró ganadora a la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE para la contratación administrativa de servicios de un Ejecutor Coactivo para la Subgerencia de Ejecución Coactiva;

Que, con Memorando N° 536-2020-MDL/GAF/SRH, de fecha 12 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Recursos Humanos, comunica a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el nombre de la ganadora para el cargo de Ejecutor Coactivo, la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE;

Que, mediante el Informe N° 82-2020-MDL-GAT-SEC, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Subgerencia de Ejecución Coactiva y el Informe N° 34-2020-MDL/GAT, de fecha 13 de noviembre de 2020, de la Gerencia de Administración Tributaria, comunican que el concurso público del proceso de Selección CAS N° 014-2020-MDL, concluyo teniendo como resultado la contratación de la abogada LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, como EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Lince, a la Abog. LIS ROSINA CALDERÓN AGUIRRE, servidora contratada mediante el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Recursos Humanos, y demás unidades orgánicas que resulten competentes.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VICENTE AMABLE ESCALANTE

Alcalde

1905455-1