Aprueban transferencia financiera para la contratación de sociedad de auditoría para el Gobierno Regional Junín

Aprueban transferencia financiera para la contratación de sociedad de auditoría para el Gobierno Regional Junín

ACUERDO REGIONAL

Nº 222-2020-GRJ/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Junín en Sesión Virtual Extraordinaria celebrada a los 29 días del mes de junio de 2020, en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, en el Artículo 199º de la Constitución Política del Perú establece que: Los gobiernos regionales y locales son fiscalizados por sus propios órganos de fiscalización y por los organismos que tengan tal atribución por mandato constitucional o legal, y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley.

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señal que La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

Que, el artículo 25º del Reglamento Interno del Consejo Regional Junín aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 179-2014-GRJ/CR y en concordancia con la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que son atribuciones del Consejo Regional entre otros: “l) Autorizar las trasferencias financieras que hiciere el gobierno regional a otros pliegos presupuestarios (...).”

Que, la Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, en su artículo 20º precisa: Las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del Titular del Pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publican el Diario Oficial El Peruano y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web (…///…).

Que, la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG aprueba en su artículo1º: Aprobar el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, (…///…) los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo.

Que, a través del Oficio Nº 000266-2020-CG/SGE de fecha 06 de marzo del 2020, la Secretaría General de la Contraloría General de la Republica solicita de forma reiterativa la transferencia financiera para la contratación de Sociedad de Auditoria para el Gobierno Regional Junín, bajo el siguiente detalle:

Operación

Concepto

Periodo auditado

2019(S/)

Transferencia financiera

100% Retribución Económica (incluido IGV)

237,932.00

Deposito en cuenta de la CGR 0000-282758

6% Derecho de Designación o Supervisión

24,196.47

Total

262,128.47

Que, mediante Informe Nº 086-2020-GRJ/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial concluye y recomienda: (…///…) en el marco de la normatividad vigente informa que es procedente realizar la transferencia financiera a favor de la contraloría general de la república, hasta por el monto de S/ 262,129.00 nuevos soles en atención al artículo 20º de la Ley Nº 27785, se recomienda que previo a la transferencia financiera se remita el presente al Consejo Regional a fin de ser aprobado mediante acuerdo de consejo regional.

Que, con informe legal Nº 215-2020-GRJ/ORAJ del 05 de junio de 2020, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica concluye que es 1.- Es PROCEDENTE que el Consejo Regional Junín autorice transferencia financiera para la contratación de Sociedad de Auditoria para el Gobierno Regional Junín. 2.- ELÉVESE al Consejo Regional para que conforme a sus atribuciones en sesión ordinaria de consejo previa revisión y discusión se proceda a su aprobación.

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y con el Dictamen favorable Nº 012-2020-GRJ7CR/CPPPyAT de la Comisión Permanente de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD el siguiente:

“ACUERDO REGIONAL QUE APRUEBA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA LA CONTRATACIÓN DE SOCIEDAD DE AUDITORIA PARA EL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN”

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia financiera para la contratación de Sociedad de Auditoria para el Gobierno Regional Junín, en el marco del artículo 20º de la Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, por el monto total de S/. 262,129.00 soles, bajo el siguiente detalle:

Operación

Concepto

Periodo auditado

2019(S/)

Transferencia financiera

100% Retribución Económica (incluido IGV)

237,932.00

Deposito en cuenta de la CGR 0000-282758

6% Derecho de Designación o Supervisión

24,196.47

Total

262,128.47

Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría Ejecutiva publique el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y la página web del Gobierno Regional Junín.

Dado en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 29 días del mes de junio del 2020.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ABIMAEL P. ROJAS TICSE

Consejero Delegado

1901685-1