Autorizan viaje de funcionario diplomático al Estado Plurinacional de Bolivia en comisión de servicios

Autorizan viaje de funcionario diplomático al Estado Plurinacional de Bolivia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0587-2020-RE

Lima, 6 de noviembre de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, ha extendido una invitación al señor Presidente de la República Martín Alberto Vizcarra Cornejo, para asistir a los actos de la Transmisión del Mando Presidencial y asunción del Presidente Electo, señor Luis Alberto Arce Catacora, que se realizarán en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 8 de noviembre de 2020;

Que, las relaciones bilaterales entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia, atraviesan por un excelente nivel, producto de la voluntad compartida de ambos países de proyectar dichos vínculos con una visión de futuro, fundada en intereses comunes y en los tradicionales vínculos de amistad y cooperación;

Que, el señor Presidente de la República ha designado al Presidente del Consejo de Ministros para que participe en las actividades que se desarrollarán con ocasión de la Transmisión del Mando Presidencial y asunción del Presidente Electo, señor Luis Alberto Arce Catacora, lo que permitirá reafirmar la disposición del Perú para continuar trabajando de manera conjunta con el próximo Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia en etapas superiores de integración, por lo que resulta importante que viaje a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, acompañado de una delegación nacional, el 8 de noviembre de 2020.

Que, se estima necesario que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Félix Ricardo Américo Antonio Denegri Boza, Director General de Estudios y Estrategias de la Política Exterior, acompañe al Presidente del Consejo de Ministros para que participe en las actividades que se desarrollarán con ocasión de la Transmisión del Mando Presidencial y asunción del Presidente Electo, señor Luis Arce Catacora;

Que, el viaje a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, se realizará en vuelo de la Fuerza Aérea del Perú;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Félix Ricardo Américo Antonio Denegri Boza, Director General de Estudios y Estrategias de Política Exterior, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 8 de noviembre de 2020, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior; y, Código POI AOI000045000 Garantizar permanentemente el fortalecimiento de las relaciones con los países limítrofes y del hemisferio, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Viáticos por día

US $

Número de días

Total viáticos

US $

Félix Ricardo Américo Antonio Denegri Boza

370.00

1

370.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, siguientes al término del referido viaje el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe al Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante la participación en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO LÓPEZ CHÁVARRI

Ministro de Relaciones Exteriores

1901120-1