Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana a favor de la Oficina General de Infraestructura del Ministerio

Aprueban asignación financiera de recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana a favor de la Oficina General de Infraestructura del Ministerio

resolución ministerial

n° 965-2020-in

Lima, 23 de octubre de 2020

VISTOS, el Informe N° 000466-2020/IN/OGPP/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Informe N° 000580-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, el Memorando N° 001260-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 001483-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 052-2011 se constituye en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico (hoy, Dirección General del Tesoro Público), el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente para ser destinados exclusivamente al financiamiento de actividades, proyectos y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana, cuya vigencia es permanente, de conformidad con lo dispuesto en la Centésima Trigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

 Que, el artículo 3 del acotado Decreto de Urgencia señala que, el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana cuenta con un Comité de Administración que asigna los recursos de acuerdo a los Planes de Seguridad Ciudadana aprobados en el marco de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN;

Que, asimismo, el artículo 4 del citado Decreto de Urgencia establece que, el Comité de Administración está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo preside, el Ministro de Economía y Finanzas o su representante y el Ministro del Interior o su representante; y, cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;

Que, el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 del aludido Decreto de Urgencia dispone que, el Ministerio del Interior, mediante Resolución Ministerial, establece las entidades, finalidad y montos correspondientes para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Púbico, efectué directamente la asignación financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la Unidad Ejecutora de Gobierno Nacional, Regional o Gobierno Local respectivo, por el monto que determine el Fondo Especial de Seguridad Ciudadana;

  Que, mediante Resolución Ministerial N° 940-2020-IN, se aprueba la Directiva N° 005-2020-IN, Lineamientos para la Asignación y Ejecución de los Recursos Provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, cuyo objeto es establecer los lineamientos para la priorización, aprobación, asignación y ejecución de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y tiene por finalidad garantizar que los recursos de dicho Fondo se transfieran a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales solicitantes, con criterios de eficiencia, equidad y transparencia, para su aplicación y fines establecidos en materia de inversiones, actividades y programas relativos a Seguridad Ciudadana;

Que, el numeral 7.4.2 de la referida Directiva establece que, una vez aprobada la lista de inversiones, actividades o programas priorizados por el Comité de Administración de “El Fondo”, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MININTER eleva, a través de la Secretaría General, el proyecto de Resolución Ministerial, propuesto por la Oficina de Presupuesto, en cuyo contenido se encuentran las referidas inversiones, actividades o programas aprobadas por dicho Comité de Administración;

Que, el numeral 7.6.1 del punto 7.6 de la Directiva en cuestión establece que las inversiones, actividades o programas priorizados previstos en la lista aprobada señalada en el numeral 7.4.2, podrán ser modificados, anulados y/o repriorizados; precisándose que no se requerirá reunión de Comité del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana para la modificación, anulación y/o repriorización de inversiones, actividades o programas de “El Fondo”; agrega que, la modificación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de inversiones, actividades o programas es aprobada mediante Resolución del Ministro del Interior, debiendo esta ser puesta en conocimiento de los demás miembros de “El Fondo”; asimismo, de acuerdo al numeral 8.5 de la Directiva N° 005-2020-IN, la modificación, anulación y/o repriorización de la lista priorizada de proyectos a la que se refiere el numeral 7.4.2 de la Directiva, alcanza a todas aquellas inversiones, actividades y programas que cuenten con Resolución de Asignación de Recursos;

Que, en aplicación de lo establecido en numeral 8.5 de la citada Directiva, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 000466-2020/IN/OGPP/OPMI propone la repriorización de recursos del FESC, por un monto total de S/ 21 971 206,00 (VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100) a favor de los Proyectos de Inversión: (i) Proyecto de Inversión “Mejoramiento del Servicio Policial de las Comisarias PNP Izcuchaca D, Moya D y Acobambilla C DIRTEPOL Huancavelica, en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal”, con CUI 2235167, por el importe de S/ 6 983 689,00; y, (ii) Proyecto de Inversión “Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Formación Policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del Distrito de Chorrillos, Provincia de Lima, Lima”, con CUI 2235055 por el importe de S/ 14 987 517,00;

Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, señala que, en atención al carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros;

Que, la repriorización de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 21 971 206,00 (VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100), ha sido validada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando N° 001260-2020/IN/OGPP, sustentado en el Informe N° 000580-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto y en el Informe N° 000466-2020/IN/OGPP/OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y

modificatorias; el Decreto de Urgencia N° 052-2011, que crea el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; el Decreto Supremo N° 007-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Asignación Financiera

Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana por el importe total de S/ 21 971 206,00 (VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100), a favor de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior, de conformidad con el anexo adjunto a la presente Resolución.

Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos asignados por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad.

Artículo 3.- Presentación de la Resolución

Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (05) días de aprobada, a la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13 de los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2012-PCM.

Artículo 4.- Vigencia

La presente Resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación.

Artículo 5.- Publicación

Publíquese la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

César Augusto Gentille Vargas

Ministro del Interior

ANEXO

REPRIORIZACIÓN DE RECURSOS DEL FONDO ESPECIAL PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA

(EN SOLES)

CUI

NOMBRE DE LA INVERSIÓN

U.E

PROYECTO HABILITADOR

PROYECTO HABILITADO

1

2235165

Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de la Comisaría PNP Punchana - Iquitos, División Policial Fiscal y DEPROVE de la Región Policial Loreto.

OGIN

2,368,645

2

2094320

Reparación, Ampliación y Equipamiento de la Escuela Técnico Superior PNP Reque - Chiclayo - Lambayeque

OGIN

3,054,751

3

2167635

Mejoramiento del Servicio Policial en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal de las Comisarías de Huánuco, Amarilis y Margos de la XIX DIRTEPOL Huánuco, Provincia de Huánuco - Departamento de Huánuco

OGIN

199,832

4

2300929

Mejoramiento de los Servicios Policiales de la Comisaría PNP Jesús María - Distrito de Jesús María - Provincia de Lima - Departamento de Lima

OGIN

384,737

5

2251202

Instalación del Laboratorio Forense Digital para el Mejoramiento del Sistema Criminalístico Nacional -DIREJCRI PNP

OGAF

14,644,426

6

2330727

Mejoramiento del Servicio de Investigación Criminal del DEPINCRI del Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao

VII DITERPOL LIMA

1,318,815

7

2235167

Mejoramiento del Servicio Policial de las Comisarías PNP Izcuchaca D, Moya D y Acobambilla C DIRTEPOL Huancavelica, en el Marco de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal

OGIN

6,983,689

8

2235055

Ampliación y Mejoramiento del Servicio de Formación Policial de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú (EO PNP) del Distrito de Chorrillos, Provincia de Lima, Lima.

OGIN

14,987,517

TOTAL

21,971,206

21,971,206

1896844-1