Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

00099-2020-PD/OSIPTEL

Lima, 20 de octubre de 2020

OBJETO

APRUEBA LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA LA AUDITORIA EXTERNA A LOS ESTADOS FINANCIEROS Y PRESUPUESTALES DEL EJERCICIO 2020

VISTO:

El Informe N° 003-OPPM/2020, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República;

Que, por Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, publicada el 23 de octubre de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República;

Que, con Oficio N° 00379-2020-CG/GAD, recibido el 14 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República solicitó al OSIPTEL que efectúe la transferencia financiera para el Período Auditado 2020, por un monto ascendente a S/ 108,097, por los conceptos de: i) la retribución económica, ii) el impuesto general a las ventas y ii) el derecho de designación de las sociedades de auditoría del periodo 2020; sin embargo, también señala que excepcionalmente y cumpliendo el plazo previsto se podrá efectuar la transferencia financiera por el 50% de la retribución económica, por el otro 50% se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021;

Que, la Institución cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el monto ascendente a S/ 54,085.50, conforme a la programación presupuestaria en el presente año fiscal 2020; asimismo en la Programación Presupuestaria del año 2021 se encuentra debidamente previsto el gasto de S/54,048.50 para el remanente de la auditoría externa del año 2020, por lo que se ha emitido la Previsión Presupuestal N° 003-OPPM/2020;

Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad y, se debe efectuar su publicación en el Diario El Peruano;

En uso de las facultades conferidas por el Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008- 2001-PCM; y con la conformidad de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprobar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones [001265], hasta por la suma de S/ 54,048.50 (CINCUENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y OCHO CON 50/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al ejercicio 2020.

Artículo 2°.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones [001265], Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1311 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3°. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1° de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese y publíquese,

RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ

Presidente del Consejo Directivo

1895721-1