Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a financiar los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría externa

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar los gastos derivados de la contratación de sociedad de auditoría externa

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA

RESOLUCION JEFATURAL

N° 0114-2020-INIA

Lima, 21 de octubre de 2020

VISTO: El Memorando N° 605-2020-MINAGRI-INIA-GG/OA-N°034-UC de la Oficina de Administración; el Memorando N° 0923-2020-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0202-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; indicando además que, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión, que las entidades públicas sujetas al Sistema Nacional de Control, deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de la sociedad de auditoría, que previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2019 y 2020;

Que, con Oficio N° 000450-2020-CG/GAD, recepcionado el 15 de octubre de 2020, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la entidad que, a efectos de ser incluido en el próximo concurso público de méritos para designar una Sociedad de Auditoría que efectúe la auditoría de los periodos 2019 y 2020, requiere que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, se proceda a efectuar la transferencia financiera por el monto de ciento ocho mil noventa y siete con 00/100 soles (S/ 108 097,00), que corresponde al 100% de retribución económica (incluye IGV) del periodo 2020, señalando 10 días calendario contados desde la recepción del oficio como plazo para efectuar la referida transferencia. Adicionalmente, indica que excepcionalmente, y dentro del mismo plazo otorgado, se podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50%, se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, la cual debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021;

Que, por Memorando N° 605-2020-MINAGRI-INIA-GG/OA-N°034-UC de fecha 19 de octubre de 2020, la Oficina de Administración (OA) solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) la aprobación del Certificado Presupuestario N° 3192 por el importe de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), así como la previsión presupuestal por el importe de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50) que corresponde al saldo del periodo a auditar 2020;

Que, con Memorando N° 0923-2020-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de fecha 19 de octubre de 2020, la OPP remite el Informe Técnico N° 042-2020-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPRE, a través del cual la Unidad de Presupuesto (UPRE) señala que: “(…) en cumplimiento a lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 modificada por la Ley N° 30742, atendiendo al requerimiento formulado por la CGR y a lo solicitado por la Oficina de Administración del Pliego 163: INIA, resulta necesario atender la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por el monto de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), importe que representa el 50% del costo de la auditoria externa correspondiente al Año Fiscal 2020, incluido el Impuesto General a las Ventas, para el financiamiento de la contratación de las Sociedad de Auditoria que se encarga de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Innovación Agraria (…)”;

Que, asimismo, dicho órgano señala que mediante Compromiso de Previsión Presupuestal N° 09-2020, la entidad declara que el gasto presupuestal a ser efectuado en el Año Fiscal 2021 será por un importe total de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50), por lo tanto, se encuentra provisionada;

Que, mediante Informe N° 0202-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 20 de octubre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que en, consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica, y, la Unidad de Presupuesto;

De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50) por la fuente de financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la entidad, por el periodo auditado 2020.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Específica del Gasto 2.4.13.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la entidad (www.inia.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jorge Luis Maicelo Quintana

Jefe

1895976-1