Incorporan a la Contraloría General de la República a 33 Órganos de Control Institucional que se ubican en diversas entidades

Incorporan a la Contraloría General de la República a 33 Órganos de Control Institucional que se ubican en diversas entidades

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA

Nº 304-2020-CG

Lima, 19 de octubre de 2020

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000047-2020-CG/GDEE, de la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control; la Hoja Informativa N° 000302-2020-CG/GJN y el Memorando N° 000460-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del artículo 13 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, establece que el Sistema Nacional de Control está conformado, entre otros, por todas las unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental de las entidades que se mencionan en el artículo 3 de la referida Ley, sean éstas de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por cualquier ordenamiento organizacional;

Que, conforme al artículo 17 de la Ley N° 27785, el Titular de la entidad tiene la obligación de cautelar la adecuada implementación del Órgano de Auditoría Interna (entiéndase, Órgano de Control Institucional, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Final de la Ley N° 27785, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control), y la asignación de recursos suficientes para la normal ejecución de sus actividades de control; asimismo, el citado Órgano mantiene una relación funcional con la Contraloría General de la República, efectuando su labor, de conformidad con los lineamientos y políticas que para tal efecto establezca esta Entidad Fiscalizadora Superior;

Que, mediante la citada Ley N° 30742, se establecieron las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;

Que, en ese contexto, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República; siendo que, para efectos del financiamiento de los Órganos de Control Institucional, la mencionada Ley autoriza a dichas entidades, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras a favor de esta Entidad Fiscalizadora Superior, previa solicitud, para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional;

Que, la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, establece que las disposiciones contenidas en dicha Ley, que regulen la incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, son de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales incluidas en el plan de implementación;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30742, establece que la incorporación de plazas y recursos de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República se realiza de forma progresiva ceñido al plan de implementación, y comprende las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones y otros ingresos pagados en el marco de las disposiciones legales vigentes; y que la referencia a la incorporación de recursos, incluye adicionalmente el financiamiento de los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación directa o indirecta de personas que prestan servicios en los Órganos de Control Institucional;

Que, bajo el marco normativo antes señalado, se aprobó mediante Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG el “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencia de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; cuyo “Plan de Acción 1. Determinación de Costos del OCI”, señaló como una acción a ejecutar, la elaboración y aprobación de la Directiva para el proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional;

Que, con Resolución de Contraloría N° 520-2018-CG se aprobó la Directiva N° 011-2018-CG/GPL “Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, modificada por Resolución de Contraloría N° 278-2019-CG y Resolución de Contraloría N° 300-2020-CG, que establece en el quinto párrafo de su numeral 6.1 “Definiciones”, que el Órgano de Control Institucional incorporado es aquel con incorporación efectiva a la Contraloría General de la República al encontrarse formalizada mediante Resolución de Contraloría, a la cual se adjunta el “Acta Formal de Incorporación”;

Que, mediante la Hoja Informativa N° 000047-2020-CG/GDEE, la Gerencia de Diseño y Evaluación Estratégica del Sistema Nacional de Control recomienda aprobar el acto resolutivo que formaliza la incorporación a la Contraloría General de la República de treinta y tres (33) Órganos de Control Institucional, cuyo proceso de incorporación y transferencia financiera se ha llevado a cabo;

Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa N° 000302-2020-CG/GJN y el Memorando N° 000460-2020-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000217-2020-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que incorpora a treinta y tres (33) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;

En atención a las disposiciones normativas antes citadas, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar a la Contraloría General de la República a treinta y tres (33) Órganos de Control Institucional que se ubican en las entidades que se detallan en el Anexo N° 1 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los titulares de las entidades en donde se encuentran ubicados los Órganos de Control Institucional a los que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución, deben ejecutar las acciones necesarias vinculadas con la incorporación y funcionamiento del Órgano de Control Institucional, conforme las actas suscritas que se detallan en el Anexo N° 2 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y su Anexo N° 1 en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe); y la presente Resolución y sus Anexos Nos 1 y 2 en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

ANEXO N° 1 A LA RESOLUCIÓN DE

CONTRALORÍA N° 304-2020-CG

ITEM

CÓDIGO

NOMBRE DE LA ENTIDAD

1

5338

GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA

2

0702

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACION HUÁNUCO

3

0394

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANGARAES

4

0353

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA

5

2980

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BELLAVISTA

6

0327

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BONGARÁ

7

0382

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA

8

0354

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAMANÁ

9

0458

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA

10

0459

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUCUITO

11

2931

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHURCAMPA

12

0410

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONCEPCION

13

0385

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

14

0411

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO

15

0337

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ

16

4155

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA

17

2930

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAYTARÁ

18

0413

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JUNÍN

19

0462

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MELGAR - AYAVIRI

20

2685

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PURÚS

21

3613

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SECHURA

22

0415

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA

23

2151

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA

24

2696

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

25

1323

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO

26

1929

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL TAMBO

27

1628

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

28

1630

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO - CUSCO

29

1313

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA

30

1314

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA

31

2057

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VICTOR LARCO HERRERA

32

0324

JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA

33

0241

PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA

1895225-1