Modifican los anexos I II III IV y V del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) 2020 de la Municipalidad de Pueblo Libre

Modifican los anexos I, II, III, IV y V del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) 2020 de la Municipalidad de Pueblo Libre

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 206-2020-MPL-2020

Pueblo Libre, 5 de octubre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO

LIBRE

VISTO, el Memorando Nº 414-2020-MPL-GM del 2 de octubre de 2020 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades como órgano de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante la Ley Nº 29325, se creó el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, como ente rector, el cual rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas y, de supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental se cumplan;

Que, el inciso 6.1, del Artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, se establece que el Plan Anual de Fiscalización Ambiental –PLANEFA- es un instrumento de planificación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental programa las acciones de fiscalización a su cargo, a ser efectuadas en el año fiscal correspondiente;

Que, el artículo 2° de la Resolución del Concejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD, establece los lineamientos que orientan y facilitan a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA); y asimismo, el artículo 8°, establece que para modificar el PLANEFA se sigue la misma formalidad que para su aprobación;

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 156-2019-MPL, de fecha 26 de marzo de 2019, se aprobó el Plan de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2020 de la Municipalidad de Pueblo Libre, el cual establece la programación, acciones, presupuesto y metas anuales para el desarrollo de las acciones de evaluación y supervisión ambiental;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, de fecha 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud declaró el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el COVID-19, el cual fue prorrogado mediante Decreto Supremo N° 020-2020.SA y Decreto Supremo N° 027-2020-SA hasta el 06 de diciembre de 2020;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM y Nº 146-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM, Nº 116-2020-PCM, Nº 129-2020-PCM, Nº 135-2020-PCM, Nº 139-2020-PCM, Nº 146-2020-PCM; Nº 151-2020-PCM y Nº 156-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia Nacional hasta el sábado 31 de octubre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19.

Que, mediante Informe N° 042-2020-MPL-GDUA, la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente hace suyo el Informe N° 159-2020-MPL-GDUA/SGGA de la Subgerencia de Gestión Ambiental, a través del cual se informa que debido a la declaración del Estado de Emergencia Sanitaria a nivel Nacional y a la declaración del Estado de Emergencia Nacional, los mismos que a la fecha continúan vigentes se mantienen una serie de restricciones de índole sanitario y de prevención de riesgos de exposición y contagio al COVID-19 lo que ha provocado la suspensión de diversas actividades y el reinicio gradual de otras, lo que genera que las metas anuales planteadas en el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2020 de la Municipalidad de Pueblo Libre no se cumplan, por lo que propone la modificación de los anexos I, II, III, IV y V del Plan con el objeto modificar las acciones y metas anuales allí contempladas, en el marco a la coyuntura actual por el COVID-19, y que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; por lo que remite a la Gerencia Municipal para su aprobación por Resolución de Alcaldía;

Que, mediante Informe Legal Nº 097-2020-MPL-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación de la modificación de los anexos I, II, III, IV y V del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) 2020 aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 156-2019-MPL, de la Municipalidad de Pueblo Libre;

EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFÍQUESE los anexos I, II, III, IV y V del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) 2020 de la Municipalidad de Pueblo Libre, aprobado por Resolución de Alcaldía N° 156-2019-MPL; los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- ENCÁRGESE a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- ENCÁRGESE a la Secretaría General su publicación en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO

Alcalde

1893346-1