Autorizan modificación de fecha de reapertura de agencias del Banco BBVA Perú cuyos cierres temporales fueron autorizados mediante RR.SBS Nos. 2084 2085 y 2165-2020

Autorizan modificación de fecha de reapertura de agencias del Banco BBVA Perú, cuyos cierres temporales fueron autorizados mediante RR.SBS Nos. 2084, 2085 y 2165-2020

RESOLUCIÓN SBS Nº 02184-2020

Lima, 10 de septiembre de 2020

El Intendente General de Banca (a.i.)

VISTA:

Las solicitudes presentadas por el Banco BBVA Perú (en adelante, el Banco) el 1, 2 y 4 de setiembre de 2020 para que esta Superintendencia autorice la modificación de la fecha de reapertura de tres (3) agencias cuyos cierres temporales fueron autorizados mediante Resoluciones SBS Nº 2084-2020 y 2085-2020 del 26 de agosto de 2020 y Nº 2165-2020 del 7 de setiembre de 2020, según se indica en la parte resolutiva; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el contexto actual de Estado de emergencia nacional declarado el 15 de marzo de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modificatorias, mediante Oficio Múltiple Nº 19330-2020-SBS del 10 de agosto de 2020 se estableció que los cierres temporales de oficinas por un plazo mayor a cuatro (4) días hábiles requerirán autorización de esta Superintendencia conforme a lo señalado en el “Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos”, aprobado por la Resolución SBS Nº 4797-2015;

Que, con Resolución SBS Nº 2084-2020 del 26 de agosto de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 21 al 27 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Carabayllo”;

Que, con Resolución SBS Nº 2085-2020 del 26 de agosto de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 18 al 24 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Real Plaza Juliaca”;

Que, con Resolución SBS Nº 2165-2020 del 7 de setiembre de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 22 al 28 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Cerro de Pasco”;

Que, el Banco presentó la documentación pertinente que sustenta la solicitud, la que tras la evaluación realizada se ha encontrado conforme;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018, la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013 y Memorándum N°284-2020-SABM,;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización, la modificación de la fecha de reapertura de tres (3) agencias del Banco BBVA Perú, cuyos cierres temporales fueron autorizados previamente mediante Resoluciones SBS Nº 2084-2020, 2085-2020 y 2165-2020, según el siguiente detalle:

Nombre de Oficina

Dirección

Distrito

Provincia

Departamento

Fecha de cierre

Fecha de reapertura inicial

Nueva fecha de reapertura

Agencia Carabayllo

Avenida Túpac Amaru 3368, Asentamiento

Humano Progreso, 2do. Sector

Carabayllo

Lima

Lima

21.8.2020

28.8.2020

31.8.2020

Agencia Real Plaza Juliaca

C.C. Real Plaza Juliaca, Jirón San Martín Nº 218 y Jirón Tumbes Nº 499, Urbanización Cercado, Local Comercial Nº LS-02

Juliaca

San Román

Puno

18.8.2020

25.8.2020

2.9.2020

Agencia Cerro de Pasco

Jirón José de San Martín, Edificio 2, Centro Comercial San Juan Pampa

Yanacocha

Pasco

Pasco

22.8.2020

29.8.2020

4.9.2020

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO JOSE FLORES SALAZAR

Intendente General de Banca (a.i.)

1891058-1