Aprueban el Programa Municipal de Educación Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020-2022

Aprueban el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020-2022

ORDENANZA Nº 2271

Lima, 30 de septiembre de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Educación y Cultura; Asuntos Legales y Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, en sus Dictámenes Nº 003-2020-MML-CMEC, 051-2020-MML-CMAL y 015-2020-MML-CMMASBS, de fechas 18 de agosto, 20 de agosto y 13 de agosto de 2020, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL

DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 2020-2022

Artículo 1. Aprobación del Programa Municipal EDUCCA Lima.

Apruébese el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020-2022 “Programa Municipal EDUCCA - Lima”, el cual contiene una presentación detallada del programa, la unidad orgánica a cargo del problema, los objetivos del programa, el marco normativo, líneas de acción, aliados, financiamiento y el reporte anual. El mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2. Implementación del Programa Municipal EDUCCA Lima.

La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima está a cargo de la implementación de la presente Ordenanza, en coordinación con las diferentes dependencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima como la Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas, Gerencia de Educación y Deportes, Gerencia de Cultura y Gerencia de Planificación, así como también con los Organismos Descentralizados como Servicio de Parques de Lima (SERPAR LIMA), Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa (PROHVILLA) y Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda (PATPAL FBB).Asimismo, con el Órgano Desconcentrado del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana (PGRLM), para lo cual aprobará Planes de Trabajo Anuales como instrumento de priorización, contextualización y formalización de las actividades y tareas, el presupuesto y/o capacidades asignadas, el cronograma y las responsabilidades necesarias y posibles para asegurar, cada año, la implementación gradual del Programa Municipal EDUCCA-Lima 2020-2022.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FINALES

Primera. Disposiciones Adicionales y/o Reglamentación.

Facúltese al Alcalde Metropolitano de Lima para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza.

Segunda. Publicación.

Encárguese a la Secretaria General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación de la Gerencia de Administración, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Tercera. Vigencia.

La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial “El Peruano”.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD

Y GESTIÓN AMBIENTAL

DIVISIÓN DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN,

CULTURA y CIUDADANÍA

AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

2020 - 2022

(PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA-LIMA)

ÍNDICE

I. TÍTULO DEL PROGRAMA

II. PRESENTACIÓN

III. ÓRGANO DE LÍNEA A CARGO DEL PROGRAMA

IV. OBJETIVOS

V. MARCO NORMATIVO

VI. PERIODO DE EJECUCIÓN

VII. POBLACIÓN OBJETIVO

VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN

IX. ALIADOS

X. FINANCIAMIENTO

XI. REPORTE ANUAL

I. TÍTULO DEL PROGRAMA

Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020-2022 (Programa Municipal EDUCCA-Lima).

II. PRESENTACIÓN

Frente a los desafíos ambientales mundiales, distintos organismos internacionales y nacionales, reconocen la importancia del trabajo y participación de la ciudadanía en la gestión local. Ante ello, el concepto de ciudadanía ambiental surge para la formación de ciudadanos que sean más responsables con su entorno y que se preocupen por las acciones de sostenibilidad en sus localidades. De este modo, la educación ambiental se convierte en una herramienta fundamental para la gestión integral en los distintos niveles de gobierno, que aportará a hacer frente al cambio climático y más problemáticas ambientales de las ciudades.

En ese sentido, en el Perú se vienen impulsando diversas acciones para fortalecer la educación, cultura y ciudadanía ambiental en el país. En octubre de 2012, a través del Informe de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N.º 189-2012-PCM, se definieron los Ejes Estratégicos de la Gestión Ambiental, los cuales están orientados a la incorporación plena y gradual de la dimensión ambiental en las políticas públicas; para lo cual establece objetivos prioritarios a ser alcanzados a corto y mediano plazo, así como cursos de acción para su cumplimiento. Dentro del Eje Estratégico A, se plantea el objetivo de promover la construcción de la ciudadanía ambiental a través de la coordinación con los sectores nacionales, los gobiernos regionales y locales pertinentes, así como la presencia de instituciones necesarias para comunicar y proveer educación ambiental de calidad.

En diciembre del mismo año, mediante el Decreto Supremo N.º 017-2012-ED, se aprobó la Política Nacional de Educación Ambiental - PNEA, como instrumento para desarrollar la educación, cultura y ciudadanía ambiental nacional orientada a la formación de una sociedad peruana sostenible, competitiva, inclusiva y con identidad. Asimismo, se establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) y el Ministerio del Ambiente (MINAM), en el marco de sus funciones y competencias, implementarán dicho instrumento de modo coordinado, multisectorial y descentralizado.

Por tanto, el MINEDU y el MINAM impulsan el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA), aprobado por el Gobierno Nacional en diciembre de 2016, mediante Decreto Supremo Nº 016-2016-MINEDU. Este instrumento de gestión, a fin de desarrollar una educación ambiental que reconozca al ambiente como una realidad inseparable de los individuos, sus sociedades, economías y culturas, establece como misión: promover una educación y cultura ambiental que permita formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables que contribuyan al desarrollo sostenible y a hacer frente al cambio climático a nivel local, regional y nacional.

Dentro de las acciones del PLANEA se incluye el diseño e implementación de programas, proyectos y actividades de educación ambiental para el desarrollo sostenible, que involucren la participación de entidades públicas, privadas, y organizaciones de la sociedad civil. De acuerdo a ello, en diciembre de 2018, a través de la Resolución Ministerial Nº456-2018-MINAM, se aprueba el Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental, como instrumento de planificación y gestión de los gobiernos locales para la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental y el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022.

Por lo expuesto, la Municipalidad Metropolitana de Lima asume el reto de incorporar en su política pública acciones de educación, cultura y ciudadanía ambiental, a través del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental 2020-2022 (EDUCCA-Lima), el cual estará enfocado en promover la participación de la ciudadanía en la gestión ambiental de la ciudad, que contribuya con soluciones a las principales problemáticas de la Provincia de Lima.

Dentro de los principales desafíos ambientales de la ciudad, se encuentra la generación desmedida de residuos sólidos, la afectación a los ecosistemas naturales, la escasez de espacios verdes urbanos y el incremento de contaminación vehicular a causa de las emisiones generadas por el parque automotor. Tan solo en el 2019, se generaron 3 millones 511 mil 96 toneladas de residuos sólidos1, los cuales incrementan sus volúmenes año a año y en gran medida son dispuestos de manera inadecuada. Por otro lado, se vierten aguas residuales a los ríos y océanos en la Provincia de Lima, superando los 400 millones de metros cúbicos anuales2, como evidencia de ello es el alto índice de insatisfacción de la ciudadanía respecto al cuidado de los ríos, el cual alcanza un valor de 60,8%3.

Además, según la encuesta de la organización Lima Cómo Vamos (2019), la población de Lima considera que la contaminación por vehículos es la problemática ambiental más grave, con un nivel de preocupación del 72,3%. En segundo lugar, se encuentra la falta de árboles y mantenimiento de zonas verdes con 40,8%, y en tercer lugar, el sistema de recolección de basura con un 35,8%4.

En este contexto, impulsar actividades de educación ambiental relacionadas a la reducción de residuos, promoción del reciclaje, consumo responsable, transporte sostenible, conservación de ecosistemas, espacios naturales y su biodiversidad, entre otros, se presenta como una oportunidad para fortalecer las capacidades en la ciudadanía, a fin de revertir el deterioro ambiental ocasionado por prácticas inadecuadas, y fomentar la búsqueda de soluciones que ayuden a coadyuvar con la mejora de la calidad ambiental de la Provincia de Lima.

Por lo tanto, el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental 2020-2022 (EDUCCA-Lima) forma parte de los compromisos asumidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, para la mitigación de los impactos del cambio climático y la promoción de valores ambientales en la ciudadanía de la Provincia de Lima, acciones que permitirán asegurar la calidad de vida de las personas, así como la protección del ambiente y biodiversidad. En adición, buscará aportar al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030, los cuales apuntan a la transformación en la forma de pensar y actuar de los ciudadanos para alcanzar la sostenibilidad.

III. ÓRGANO DE LÍNEA A CARGO DEL PROGRAMA

Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

IV. OBJETIVOS

a. Objetivo General

Promover el desarrollo de la educación, cultura y formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y participativa en el distrito de Cercado de Lima y en la Provincia de Lima, bajo el liderazgo horizontal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en articulación con otras instituciones y organizaciones locales de Lima Metropolitana.

b. Objetivos Específicos

– Promover una participación concertada y organizada de los actores sociales de Cercado de Lima y provincia de Lima (instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales, y ciudadanía) para implementar acciones que contribuyan con el desarrollo de la educación, cultura y ciudadanía ambiental desde sus ámbitos de acción.

– Fortalecer las capacidades y habilidades en los niños, jóvenes y adultos de Cercado de Lima y la provincia de Lima para que participen de manera activa en la generación de iniciativas ambientales y adopten prácticas ambientalmente responsables.

– Diseñar e implementar estrategias y actividades que promuevan cambios de actitudes y/o prácticas de la población de Cercado de Lima y provincia de Lima para fomentar una cultura ambientalmente responsable.

V. MARCO NORMATIVO

– Ámbito Nacional

5.1 Constitución Política del Perú.

5.2 Ley Nº 27783: Ley de Bases de la Descentralización.

5.3 Ley Nº 27972: Ley Orgánica de Municipalidades.

5.4 Ley Nº 28245: Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

5.5 Ley Nº 28611: Ley General del Ambiente.

5.6 Ley Nº 30754: Ley Marco sobre Cambio Climático

5.7 Ley Nº 30884: Ley que Regula el Plástico de un Solo Uso y los Recipientes o Envases Descartables.

5.8 Decreto Legislativo Nº 1013: Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

5.9 Decreto Legislativo Nº1278: Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificatorias y reglamento.

5.10 Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

5.11 Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM: Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional del Ambiente.

5.12 Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM: Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Acción Ambiental – PLANAA PERÚ 2011-2021.

5.13 Decreto Supremo Nº 011-2012-ED: Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación.

5.14 Decreto Supremo Nº 017-2012-ED: Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental- PNEA.

5.15 Decreto Supremo Nº 016-2016-MINEDU: Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA).

5.16 Decreto Supremo Nº 006-2019-MINAM: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables.

5.17 Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático.

5.18 Resolución Suprema N.º 189-2012-PCM: Resolución Suprema que crea la Comisión Multisectorial encargada de elaborar propuestas normativas y políticas orientadas a mejorar condiciones ambientales y sociales bajo las que se desarrollan las actividades económicas, especialmente las industrias extractivas.

5.19 Resolución Ministerial Nº 456-2018-MINAM: Resolución Ministerial que aprueba el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal EDUCCA”.

5.20 Resolución Ministerial N.º 380-2019-MINAM: Resolución Ministerial que aprueba la Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario.

5.21 Resolución Ministerial Nº 058-2020-MINAM: Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para el desarrollo de acciones de comunicación, educación, capacitación y sensibilización sobre el consumo responsable y la producción sostenible de los bienes de plástico y la gestión integral de sus residuos”.

5.22 Resolución Ministerial Nº 062-2020-MINAM: Resolución Ministerial que declara de interés prioritario el proceso de actualización de la Política Nacional del Ambiente, el que debe desarrollarse de forma participativa y descentralizada, en concordancia con el marco legal vigente.

5.23 Resolución Vice Ministerial Nº 220-2019-MINEDU: Resolución Vice Ministerial que aprueba la Norma Técnica denominada “Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”.

– Ámbito Municipal

5.23 Ordenanza Nº 1628-2012-MML: Ordenanza que aprueba la Política Metropolitana del Ambiente.

5.24 Ordenanza Nº 1629-2012-MML: Ordenanza Marco de promoción de la Agricultura Urbana como estrategia de gestión ambiental, seguridad alimentaria, inclusión social y desarrollo económico local de la Provincia de Lima.

5.25 Ordenanza Nº 1734-2013-MML: Ordenanza para la gestión y promoción de la Educación, Información y Ciudadanía Ambiental en la Provincia de Lima

5.26 Ordenanza Nº 1803-2014-MML: Ordenanza que aprueba el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Lima (PIGARS LIMA)

5.27 Ordenanza Nº 1836-2014-MML: Ordenanza que aprueba Estrategia de Adaptación y Acciones de Mitigación de la Provincia de Lima al Cambio Climático - Estrategia C.Lima.

5.28 Ordenanza Nº 1972-2016-MML: Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado de Lima Metropolitana 2016-2021.

5.29 Ordenanza Nº 2208-2019-MML: Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

5.30 Decreto de Alcaldía No. 002-2019-MML: Decreto de Alcaldía que declara de prioritario interés el uso responsable del plástico en todos los órganos, empresas municipales y organismos descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

5.31 Resolución de Alcaldía Nº 171-2018-MML: Resolución de Alcaldía que aprueba el Marco Estratégico 2019 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

VI. PERIODO DE EJECUCIÓN

El Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental “Programa Municipal EDUCCA-LIMA” se ejecutará durante el periodo 2020- 2022 (Años de vigencia del Plan Nacional de Educación Ambiental).

Antes de finalizado cada periodo anual, se realizará una evaluación ex - post del Plan de Trabajo, a fin de plantear la propuesta de dicho plan del año siguiente.

VII. POBLACIÓN OBJETIVO

El Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental cuenta con la siguiente población objetivo:

– Vecinos de Cercado de Lima y la provincia de Lima.

– Instituciones educativas escolares.

– Instituciones educativas técnicas, no universitarias y/o universitarias.

– Instituciones de educación básica alternativa y técnica productiva.

– Organizaciones vecinales.

– Organizaciones juveniles.

– Organizaciones de la sociedad civil.

– Instituciones públicas y privadas.

Estos tienen como principal función fomentar la participación activa y crítica de la ciudadanía en temas de educación y cultura ambiental, a través de la realización de actividades según las líneas de acción del Programa Municipal EDUCCA-Lima. De este modo, se busca alcanzar una ciudadanía ambiental comprometida, que tome conciencia sobre los efectos del cambio climático y promueva acciones de adaptación y mitigación correspondientes para sus respectivos espacios.

Como parte de este grupo de actores, las instituciones públicas y privadas tienen las siguientes funciones:

– Instituciones públicas

? Promover la realización de actividades programadas o en ejecución del Programa Municipal EDUCCA-Lima.

? Brindar servicios de interés ambiental para el bienestar de la población.

? Facilitar los espacios, medios y/o recursos necesarios para las actividades programadas.

? Promover la participación de organizaciones ciudadanas.

– Instituciones privadas

? Participar de manera activa en diferentes actividades ambientales realizadas en el marco del Programa Municipal EDUCCA-Lima.

? Brindar apoyo y/o colaboración a través de los medios y/o recursos necesarios para las actividades.

Por otro lado, las instituciones educativas, organizaciones vecinales, juveniles y de la sociedad civil, así como la población en general de la provincia de Lima, se encuentran dentro de los beneficiarios directos del Programa, los cuales se concentran en tres grandes grupos: Promotores Ambientales Escolares, Promotores Ambientales Comunitarios y Promotores Ambientales Juveniles. Asimismo, estos tres grupos tienen relación directa con miembros de su comunidad cercana en diferentes ámbitos, convirtiéndolos en beneficiarios indirectos.

A continuación, se describe sus perfiles y funciones:

7.1. Promotores Ambientales Escolares

Son líderes escolares formados para generar conciencia, participación y cultura ambiental entre los miembros de su institución educativa, casa y/o comunidad. Son los encargados de liderar y/o promover con el resto de sus compañeros actividades con enfoque ambiental. Los directores de cada institución educativa seleccionarán 2 estudiantes de cada nivel, grado y sección; considerando el siguiente perfil:

– Ser estudiante de nivel inicial, primaria o secundaria.

– Presentar cualidades de liderazgo, empatía, entusiasmo, responsabilidad y solidaridad

– Tener interés en el cuidado del ambiente y mostrar disposición para recibir capacitación ambiental para una formación completa.

– Trabajar en equipo.

– Fomentar buenas prácticas ambientales entre sus compañeros y entorno cercano.

– Tener capacidad de investigación y búsqueda de soluciones creativas a las diversas problemáticas ambientales que se presenten en su entorno.

Funciones

– Sensibilizar de manera constante a sus compañeros sobre el cuidado del ambiente y el uso responsable de los recursos naturales.

– Apoyar en la labor de prevención de la contaminación ambiental dentro de la institución educativa.

– Promover la implementación de buenas prácticas ecoeficientes en la escuela.

– Informar a la Comisión de Educación Ambiental y Gestión del Riesgo de Desastres y/o al director(a) de la escuela sobre malas prácticas ambientales que ocurran dentro de la institución educativa o su entorno más cercano. Fomentar y participar de manera activa en el desarrollo de proyectos educativos ambientalmente integrados.

– Evaluar de manera periódica el desempeño ambiental de la institución educativa.

7.2. Promotores Ambientales Comunitarios (PAC)

Son ciudadanos líderes formados para generar conciencia, participación y cultura ambiental entre los miembros de su localidad, fortaleciendo el liderazgo comunitario e identidad colectiva. Los PAC participan activamente de forma voluntaria en la difusión de información y en la ejecución de pequeños proyectos de educación ambiental, en coordinación con la Municipalidad.

– Tener de 25 años a más.

– Tener experiencia en al menos una buena práctica ambiental o estar altamente dispuesto a aplicar mejores prácticas ambientales a nivel personal o en el entorno cercano

– Tener una gran motivación para la acción colectiva vecinal.

– Tener capacidad de generar iniciativas y proyectos para mejorar su entorno ambiental local.

– Poseer una alta capacidad de relacionarse y coordinar con representantes de entidades públicas y privadas.

– Estar dispuesto a recibir capacitación ambiental y complementar su formación como promotor ambiental comunitario.

Funciones

– Fomentar buenas prácticas ambientales en actividades cotidianas de los vecinos y vecinas de la comunidad.

– Realizar vigilancia ambiental en las zonas en donde se presente algún tipo de riesgo o alteraciones de la calidad ambiental.

– Investigar e informar sobre experiencias positivas de otras zonas con el objetivo de generar propuestas de acción comunitaria para promover cambios ambientales positivos en su propia comunidad.

– Intervenir de manera activa para prevenir la generación de problemáticas ambientales, sensibilizando a su comunidad acerca de las consecuencias que conllevan sus acciones.

7.3. Promotores Ambientales Juveniles (PAJ)

Son agentes que se encargan voluntariamente de incentivar a la ciudadanía para la realización de acciones en favor del ambiente dentro de su comunidad y/o instituciones educativas, participando de manera activa en el cumplimiento de las metas establecidas por el estado peruano en materia ambiental. Los Promotores Ambientales Juveniles deberán contar con el siguiente perfil:

– Tener una edad comprendida de 18 a 24 años.

– Predisposición de trabajo en equipo.

– Creatividad para proponer y planificar nuevas iniciativas y/o proyectos ambientales desde su perfil académico.

– Compromiso para recibir capacitación ambiental y completar su formación.

– Tener capacidad de investigación y búsqueda de soluciones creativas a las diversas problemáticas ambientales que se presenten en su entorno.

Funciones

– Apoyar la labor de prevención de la contaminación ambiental dentro de su institución educativa y comunidad.

– Buscar junto con la municipalidad, las alternativas técnicas ante los problemas ambientales, con recursos disponibles.

– Realizar acciones de voluntariado para la conservación y recuperación de entornos naturales y espacios públicos.

– Impulsar procesos de educación y capacitación a partir de la difusión de las buenas prácticas ambientales y de la problemática ambiental de su localidad.

VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN:

IX. ALIADOS

Para asegurar la sostenibilidad y el alcance metropolitano del Programa Municipal EDUCCA-Lima, se hace necesario generar alianzas con diversas instituciones, tanto públicas como privadas, para ampliar los canales de difusión e incidencia de las actividades planificadas.

En este sentido, se han identificado diversos aliados potenciales tales como las Subgerencias que forman parte de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental:

– Subgerencia de Gestión Ambiental

– Subgerencia de Servicios a la Ciudad

– Subgerencia de Estrategia Ambiental y Cambio Climático

Además de las Gerencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima como:

– Gerencia de Participación Vecinal

– Gerencia de Desarrollo Económico

– Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas

– Gerencia de Educación y Deportes

– Gerencia de Cultura

– Gerencia de Desarrollo Social

– Gerencia de Planificación (Subgerencia de Planeamiento Corporativo y Subgerencia de Organización y Modernización)

Y también, los Organismos Descentralizados y Empresas Municipales como:

– Servicio de Parques de Lima (SERPAR LIMA)

– Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa (PROHVILLA)

– Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda (PATPAL FBB)

Asimismo, Órganos Desconcentrados como:

– Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana

Además, espacios de articulación promovidos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como:

– Comisión Ambiental Metropolitana (CAMET), que agrupa a los actores del nivel local del sector público, privado y sociedad civil, y tiene como finalidad llegar a acuerdos y acciones específicas en temas vinculados a la gestión ambiental en la Provincia de Lima.

– Consejo Ambiental de Niñas y Niños, conformado por los niños y niñas de Cercado de Lima elegidos a través de un proceso de selección organizado por la Gerencia de Desarrollo Social, en el marco de su proyecto “La Ciudad de los Niños”. Este proyecto tiene como fin incorporar la visión de los niños y niñas en acciones de gestión de la ciudad en Cercado de Lima y la provincia de Lima.

Sumado a ello, contamos con la participación de diversas instituciones:

– Sociedad Civil Organizada

– Ministerios

– Municipalidades distritales

– Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL)

– Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana

– Empresas como supermercados, centros comerciales, empresas de transporte, constructoras, teleoperadoras, proveedoras de energía, entre otras

– Instituciones educativas de educación básica regular, básica alternativa, técnica, técnico productivo, superior no universitario y/o superior

– Medios de comunicación

X. FINANCIAMIENTO

El financiamiento del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima (EDUCCA-Lima) proviene de los recursos asignados a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, aprobados por la Gerencia de Finanzas.

XI. REPORTE ANUAL

Anualmente, la Municipalidad Metropolitana de Lima reportará los resultados de la implementación del Programa Municipal EDUCCA-LIMA 2020-2022 al Ministerio del Ambiente.

1890017-2