Ratifícan el Acuerdo entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención de visas para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos Especiales o de Servicio

Ratifícan el “Acuerdo entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención de visas para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio”

decreto supremo

Nº 036-2020-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el “Acuerdo entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención de visas para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio” fue suscrito el 3 de mayo de 2019;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos sobre la exención de visas para los Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio” suscrito el 3 de mayo de 2019, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARIO LÓPEZ CHÁVARRI

Ministro de Relaciones Exteriores

1889378-4