Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 010-2020-A-MDMM

Magdalena del Mar, 2 de setiembre de 2020

EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

VISTOS: El Informe Nº 0179-2020-SGCADE-GDUO-MDMM, de fecha 31 de agosto de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico; el Informe Nº 391-2020-GPP-MDMM de fecha 02 de setiembre de 2020, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 505-2020-GAJ-MDMM de fecha 02 de setiembre del 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1065-2020-GM-MDMM, de fecha 02 de setiembre de 2020, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada;

Que, con fecha 25 de enero de 2019, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en cuyo artículo 41º señala: “Mediante Decreto Supremo (…) se aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos (...)”;

Que, con fecha 09 de marzo de 2019, mediante Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, se aprobó los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento, en cumplimiento del artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, con fecha 31 de agosto de 2015, mediante Ordenanza Nº 025-MDMM, se aprobaron los Procedimientos Administrativos, Servicios administrativos brindados en exclusividad, requerimientos y derechos de tramite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, siendo modificado por Ordenanza Nº Ordenanza Nº 038-2016-MDMM, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 338-2016-MML; Ordenanza Nº 038-2017-MDMM ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 355-2017-MML; Ordenanza Nº 029-2018-MDMM ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 476-2018-MML y modificada por Decreto de Alcaldía Nº 004-2019-A-MDMM;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1497, de fecha 10 de mayo de 2020, se establecieron medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19;

Que, con Informe Nº 179-2020-SGCADE-GDUO-MDMM de fecha 31 de agosto de 2020, la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, formula la propuesta de “Adecuación de Procedimientos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497”;

Que, con Informe Nº 391-2020-GPP-MDMM de fecha 02 de setiembre de 2020, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, encuentra viable la Propuesta formulada por la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, por encontrarlo vinculado según lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1497;

Que, con Informe Nº 505-2020-GAJ-MDMM de fecha 02 de setiembre del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica, encuentra viable legalmente la aprobación de la Propuesta formulada por la Subgerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, por no contravenir a las disposiciones contenidas en la normativa de la materia vigente;

Que, el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Alcalde “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”;

En aplicación de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se;

DECRETA.

Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza Nº 029-2018-MDMM de fecha 06 de setiembre del 2018 y sus modificatorias, en lo que respecta a los Procedimientos Administrativos Estandarizados de Licencia de Funcionamiento de la Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico, ello en estricto cumplimiento a lo establecido mediante Decreto Legislativo Nº 1497, dispositivo legal que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA al que hace referencia al artículo precedente se detalla en el Anexo Nº 1, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, anexo que recoge única y exclusivamente los requisitos, calificación, plazos y demás formalidades establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1497.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Comercialización, Anuncios y Desarrollo Económico y a la Gerencia de Comunicaciones, adoptar las acciones pertinentes de acuerdo a su competencia funcional que conlleven a la difusión, implementación y cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Cuarto.- DISPONER a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación y difusión del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe, y encargar a la Secretaria General publicar el presente Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario Oficial el Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ

Alcalde

1887239-1