Aprueban la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías- Sutran

Aprueban la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº D000044-2020-SUTRAN-SP

Lima, 16 de setiembre de 2020

VISTOS: El Informe Nº D000048-2020-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando N° D000542-2020-SUTRAN-GPS de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, el Informe N° D000282-2020-SUTRAN-GAT de la Gerencia de Articulación Territorial, el Memorando N° D000866-2020-SUTRAN-GSF de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° D000954-2020-SUTRAN-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando Nº D000328-2020-SUTRAN-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000302-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe N° D000158-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29380 se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, entidad que tiene competencia para normar, supervisar, fiscalizar y sancionar de acuerdo con sus competencias los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional;

Que, a través del Informe Nº D000048-2020-SUTRAN-GEN, la Gerencia de Estudios y Normas sustenta la aprobación del proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante el Memorando N° D000542-2020-SUTRAN-GPS, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones manifiesta su conformidad respecto al proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, a través mediante el Informe N° D000282-2020-SUTRAN-GAT, la Gerencia de Articulación Territorial manifiesta su conformidad respecto al proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante el Memorando N° D000866-2020-SUTRAN-GSF, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización manifiesta su conformidad respecto al proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, con el Memorando N° D000954-2020-SUTRAN-UR la Unidad de Recursos Humanos emite opinión, entre otros, respecto al proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, a través del Memorando Nº D000328-2020-SUTRAN-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000136-2020-SUTRAN-UPM, con el cual la Unidad de Planeamiento y Modernización emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, mediante el Informe Nº D000302-2020-SUTRAN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que el proyecto “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran” se adecúa a las disposiciones normativas de la Directiva D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01, que regula la formulación de documentos normativos en la entidad, y dado que constituiría un documento normativo que regule la gestión de aspectos técnicos y administrativos relacionados con un tipo de administrado fiscalizado, corresponde su aprobación a través de resolución de Superintendencia;

Que, a través del Informe N° D000158-2020-SUTRAN-GG, la Gerencia General hace suyo el informe de la Oficina de Asesoría Jurídica en cuanto a la viabilidad de la aprobación de la “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”;

Que, resulta necesario contar con un instrumento que establezca disposiciones que faciliten una adecuada fiscalización por parte de la entidad a las escuelas de conductores, entidades autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la formación, preparación y capacitación en materia de conocimientos y habilidades para la conducción de vehículos automotores de transporte terrestre;

De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran; la Directiva N° D-013-2018-SUTRAN/04.2.1-006 V01 “Directiva que regula la formulación, aprobación y modificación de documentos normativos en la SUTRAN”, aprobada con la Resolución de Gerencia General Nº 112-2018-SUTRAN/01.3; en ejercicio de la atribución señalada en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sutran, aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; y contando con los vistos buenos de la Unidad de Recursos Humanos, las gerencias de Estudios y Normas, de Supervisión y Fiscalización, de Procedimientos y Sanciones y de Articulación Territorial, las oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva D-010-2020-SUTRAN/06.1-002 V01 “Directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías- Sutran”, la misma que forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal web institucional, www.sutran.gob.pe, y en el Diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA

Superintendente

Superintendencia

1885534-1