Aprueban el canje de deuda tributaria por bienes y servicios de contribuyentes a favor de la Municipalidad

Aprueban el canje de deuda tributaria por bienes y servicios de contribuyentes a favor de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 431-2020-MDA

Ancón, 28 de agosto del 2020

VISTO:

El Informe Nº172 2020-GATYR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas que presenta el Proyecto de “Ordenanza que aprueba el Canje de deuda Tributaria por bienes y servicios de contribuyentes a favor de la Municipalidad Distrital de Ancón”, y el Informe Nº 234-2020-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política vigente;

Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter confiscatorio.

Que, el artículo 32º del T.U.O. del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que: “Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, podrán disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realice en especie; los mismos que serán valuados, según el valor de mercado en la fecha en que se efectúen. Excepcionalmente, tratándose de impuestos municipales, podrán disponer el pago en especie a través de bienes inmuebles, debidamente inscritos en Registros Públicos, libres de gravámenes y desocupados; siendo el valor de los mismos el valor de autoavalúo del bien o el valor de tasación comercial del bien efectuado por el Consejo Nacional de Tasaciones, el que resulte mayor”

Que, la regularización de canje de deudas tributarias por bienes y servicios tiene sustento, en que existe contribuyentes y/o administrados que mantienen montos pendientes de pago a favor de la Municipalidad Distrital de Ancón, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, así como multas administrativas; y que por otro lado existen múltiples requerimientos de bienes y servicios por parte de la Administración Municipal que resultan necesario para el desarrollo propio de las actividades en bien de la comunidad, siendo de vital importancia la dación de una norma que establezca los procedimientos en caso de solicitudes de canje por deuda de bienes y servicios.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 9 numeral 9, y artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria aprobó por MAYORÍA la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA POR BIENES Y SERVICIOS DE CONTRIBUYENTES A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN

Artículo Primero.- APROBAR el canje de deuda tributaria por bienes y servicios de contribuyentes a favor de la Municipalidad Distrital de Ancón.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y difusión respectiva.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Facúltese al Alcalde para que en un plazo no mayor de 30 días, mediante Decreto de Alcaldía reglamente el procedimientos a seguir por parte de los contribuyentes, para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza.

Segunda.- Derogar todo dispositivo legal municipal que contravenga la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

PEDRO JOHN BARRERA BERNUI

Alcalde

1884675-1