Reconocen miembros alternos del Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) a representantes acreditados por la CONFIEP

Reconocen miembros alternos del Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) a representantes acreditados por la CONFIEP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 204-2020-MINAGRI

Lima, 1 de septiembre de 2020

VISTOS

El Oficio N° D000084-2020-MINAGRI-SERFOR-DE del Director Ejecutivo (e) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR); la Carta CONFIEP GG/096/2020 de la Gerente General de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP); y, el Informe Legal N°861-2020-MINAGRISG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0310-2017-MINAGRI, de fecha 02 de agosto de 2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03 de agosto de 2017, se reconoció a los miembros titulares y alternos del Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, concordante con el literal h) de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, entre los cuales se reconoció como miembros titulares ante el referido Consejo Directivo a los representantes acreditados por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), encontrándose pendiente de reconocer, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, a los representantes alternos que acredite la mencionada organización empresarial;

Que, mediante la Carta de Vistos, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) ha acreditado a los representantes de dicha organización empresarial, para efectos de su reconocimiento, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, como miembros alternos, ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en el marco de la normativa glosada precedentemente, por lo que es necesario formalizar el acto administrativo correspondiente;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias; del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica de este Ministerio; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocer en calidad de miembros alternos del Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a los representantes acreditados por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), que a continuación se mencionan:

- Carlos Enrique Adrianzén Panduro (en ausencia del miembro titular Gabriel Antonio Pinto Gregori).

- Joaquín Luis Víctor Daly Arbulú (en ausencia del miembro titular Luis Felipe Koechlin Arce).

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial es publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a las instituciones que conforman el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), a la Dirección Ejecutiva del SERFOR, así como a los miembros alternos reconocidos por la presente Resolución Ministerial, a que se refiere el artículo 1, precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA

Ministro de Agricultura y Riego

1881936-1