Aprueban el Reglamento que Regula las Disposiciones para la Aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La Victoria y otras Disposiciones

Aprueban el Reglamento que Regula las Disposiciones para la Aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La Victoria y otras Disposiciones

DECRETO DE ALCALDÍA

N°012-2020/MLV

La Victoria, 27 de agosto de 2020.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA

VICTORIA;

VISTOS: El Informe N°052-2020-GTTSV/MLV de la Gerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Informe N°062-2020-SGPYM-GPP de la Subgerencia de Planificación y Modernización, el Memorándum N°213-2020-GPP/MLV de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N°726-2020-SGAYSG-GAF/MLV de la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales y el Informe N°733-2020-GAJ-MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 55° que la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio, el cual por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley; asimismo, conforme al párrafo de su artículo 56°, las vías y áreas públicas, con subsuelo y aires, son bienes de dominio y uso público y, en ese sentido, corresponde a la autoridad municipal velar por su preservación, mantenimiento y ornato;

Que, según los numerales 3.1, 3.2 y 3.4 del artículo 80° de la ley antes acotada, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de saneamiento, salubridad y salud, entre otras, proveer del servicio de limpieza pública y controlar el aseo, higiene y salubridad de los lugares públicos, fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente;

Que, la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado y en apoyo y fortalecimiento al proceso de descentralización;

Que, mediante Informe N°052-2020-GTTSV/MLV de la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, señala que el procedimiento de disposición de vehículos mediante remate en calidad de chatarra resulta necesaria en la medida que ocupan espacios públicos y generan gastos innecesarios de vigilancia sobre dichos vehículos; asimismo, la presente disposición servirá para restablecer el orden del ornato de las calles de La Victoria;

Que, mediante el Memorándum N°213-2020-GPP/MLV de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe N°062-2020-SGPYM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización, emite opinión técnica favorable respecto al Reglamento que regula las disposiciones para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador de la Ordenanza 346/MLV, la misma que prohíbe dejar vehículos, carrocerías y/o chatarras abandonados o unidades motorizadas mal estacionadas en la vía pública que interrumpan la libre circulación en el distrito de La Victoria;

Que, mediante Informe N° 726-2020-SGAYSG-GAF/MLV de la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales, opina favorablemente el reglamento que regula el procedimiento de disposición de vehículos indicado en el párrafo anterior;

Que, mediante Informe N° 733-2020-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto al Reglamento que regula las disposiciones para la aplicación del procedimiento administrativo sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La y Victoria y otras disposiciones, el mismo que se ajusta a las normas vigentes y no lesiona el interés público;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20°, numeral 6 y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N.º 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, Gerencia de Asesoría Jurídica y Secretaria General;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento que Regula las Disposiciones para la Aplicación del Procedimiento Administrativo Sancionador de la Ordenanza 346/MLV del distrito de La Victoria y otras Disposiciones que consta de dos anexos que forman parte integrante del presente dispositivo legal.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, y demás áreas pertinentes de la corporación el efectivo cumplimiento de la presente norma.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente dispositivo y sus respectivos anexos en el portal web de la entidad www.munilavictoria.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1881780-1