Aprueban la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Ambiente

Aprueban la “Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Ambiente”

Resolución de Secretaría General

Nº 039-2020-MINAM

Lima, 14 de agosto de 2020

VISTOS; los Memorando N° 00673 y 00733-2020-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00231-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; los Informes N° 00146 y 00165-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00286-2020-MINAM/SG/OGA y el Memorando N° 00397-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ello;

Que, por medio de la Resolución Ministerial N° 411-2019-MINAM, de fecha 31 de diciembre del 2019 se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio del Ambiente–MINAM;

Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias, dispone que el Plan Operativo Institucional (POl) establece las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas vinculadas al cumplimiento de los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales aprobadas en el Pla Estratégico Institucional–PEI del Pliego, y su ejecución permite producir bienes o servicios y realizar inversiones en cada periodo anual;

Que, los literales a) y b) del numeral 6.3 de la acotada Guía para el Planeamiento Institucional, señalan como causales de modificación del POI durante su ejecución, la presentación de cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; así como la incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, en cumplimiento de nuevas disposiciones normativas, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI de las entidades;

Que, mediante los Memorando N° 00673 y 00733-2020-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención a los Informes N° 00146 y 00165-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, y el Informe N° 00231-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, señala que habiéndose transferido recursos por medio de Decreto Supremo N° 083-2020-EF y siendo que se viene dando cumplimiento a las diversas medidas extraordinarias establecidas por el Poder Ejecutivo para la atención y contención de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, que incluye las disposiciones previstas en el Decreto de Urgencia N° 026-2020 y modificatoria, y el Decreto de Urgencia N° 048-2020 y modificatorias; se realizaron modificaciones presupuestales que motivaron la creación de nuevas actividades operativas y la reprogramación de las existentes para el cumplimiento de las metas programadas en el presente ejercicio fiscal, las cuales fueron consideradas en el “Informe de Evaluación de Implementación del POI 2020 del MINAM”;

Que, en ese contexto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de sus competencias, propone la Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Ambiente, elaborado en forma conjunta con las unidades ejecutoras, órganos y unidades orgánicas del Pliego 005:MINAM;

Que, conforme a lo previsto en el literal b) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 001-2020-MINAM, la Titular del Pliego 005: Ministerio del Ambiente delega en la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2020, la facultad de aprobar las modificatorias del Plan Operativo Institucional;

Que, a través del Informe N° 00286-2020-MINAM/SG/OGAJ y el Memorando N° 00397-2020-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable aprobar la Primera Modificación del POI (POI) 2020 del Ministerio del Ambiente;

Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Presidencial del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, y sus modificatorias, que aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la “Primera Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Ministerio del Ambiente”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 411-2019-MINAM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (ww.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución de Secretaría General en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ VALDIVIA MORÓN

Secretario General

1877749-1