Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo

Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 356-2020/MDSM

San Miguel, 31 de julio de 2020

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

VISTOS, el memorando Nº 687-2020-GAF/MDSM, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas el informe Nº 448-2020-SGRH-GAF/MDSM, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo el artículo 43º de la citada Ley, establece que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo;

Que, el inciso 7.1) del artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo, como la del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos;

Que, el artículo 33º A del TUO de la Ley Nº 26979, en lo referente a la acreditación del Ejecutor Coactivo, establece que sólo los Ejecutores Coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes oficinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento;

Que, mediante proceso de selección de personal Nº 35 y Nº 36-2020 bajo el régimen del D.L. Nº1057, que establece la Contratación Administrativa de Servicios, se convocó para los cargos de Ejecutor y Auxiliar coactivo, proceso que se desarrolló en el mes de julio del presente año, designándose a los señores, Joel Iturrizaga Quezada y Jorge Martin Mejía Meza en los cargos de Ejecutor y Auxiliar Coactivo respectivamente, de la Unidad Orgánica de Ejecutoria Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización de la Municipalidad Distrital de San Miguel;

Que, mediante informe Nº 448-2020-SGRH-GAF/MDSM, de fecha 31 de julio de 2020, la Subgerencia de Recursos Humanos informa a la Gerencia de Administración y Finanzas la solicitud de acreditación del Ejecutor y Auxiliar Coactivo requerida por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, a fin de asegurar la debida continuidad de las labores propias del Ejecutor Coactivo, señalando que es necesario se emita la correspondiente Resolución de Alcaldía;

Que, se precisa que la resolución de la designación deberá ser publicada en el diario oficial “El Peruano” a efectos de hacerla oponible a las entidades públicas y privadas con las cuales los citados servidores habrán de interactuar en el ejercicio de sus funciones de acuerdo a Ley;

Que, mediante memorando Nº 699-2020-GAF/MDSM, de fecha 04 de agosto de 2020, la Gerencia Administración y Finanzas informa, que encuentra conforme el informe emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, el mismo que remite para efectos de la emisión de la resolución pertinente;

Que, el inciso 17.1) del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir del 01 de agosto de 2020, al abogado JOEL ITURRIZAGA QUEZADA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO, perteneciente a la Unidad Orgánica de la Subgerencia de Ejecutorias Coactivas de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización de la Municipalidad Distrital de San Miguel, quien ejercerá sus funciones bajo el régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia.

Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir del 01 de agosto de 2020, al licenciado en Administración JORGE MARTIN MEJÍA MEZA, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO, perteneciente a la Unidad Orgánica de la subgerencia de Ejecutorias Coactivas de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización de la Municipalidad Distrital de San Miguel, quien ejercerá sus funciones bajo el régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia.

Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO, a partir de la fecha la encargatura y otras designaciones que se opongan a la presente.

Artículo 4º.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Administración tributaria y Fiscalización, a la Unidad Orgánica de Ejecutoria Coactiva, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Recursos Humanos y demás unidades orgánicas que resulten competentes, el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 5º.- ENCÁRGASE a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones en el Portal Institucional www.munisanmiguel.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CESAR SANTA CRUZ JULCA

Regidor

Encargado del Despacho de Alcaldía

1877612-1