Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos

Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 118-2020/MDCH

Chorrillos, 1 de agosto de 2020

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CHORRILLOS

VISTOS:

El Informe Nº 069-2020-SEC-GAT-MDCH de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa de la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades tiene la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en la Ley; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la ley acotada, la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos, debiendo ingresar como funcionario de la Entidad, ejercer su cargo conforme a las disposiciones legales de la ley de la materia, a tiempo completo y dedicación exclusiva; no obstante, no implica que dicho cargo sea de confianza de la autoridad en ejercicio;

Que, el Artículo 1º de la Ley precisa que el cargo de ejecutor coactivo no es cargo de confianza Ley Nº 27204, cuyo texto señala: “Precísese que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 27679, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;

Que, mediante el Informe Nº 069-2020-SEC-GAT-MDCH, la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva señala que en mérito al Proceso CAS Nº 001-2020-MDCH, la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección, mediante Acta de Resultados y atendiendo a lo establecido en las bases del Concurso Público para la selección de un (1) Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Chorrillos, se proclamó como ganador al postulante que alcanzó el puntaje más alto en el Proceso de Selección, es decir, al Abogado David Domínguez Lancho, quien ha sido seleccionado para ocupar el cargo de ejecutor coactivo de la Entidad;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 6º, numeral 6) del artículo 20º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972.

RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al Abogado David Domínguez Lancho como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, bajo el Decreto Legislativo Nº 1057- Régimen CAS.

Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la notificación de la presente resolución al interesado y su publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO

Alcalde

1875953-1