Modifican el Plan Estratégico Institucional 2018-2022 del RENIEC a efectos de ampliar su vigencia con un horizonte al 2023

Modifican el Plan Estratégico Institucional 2018-2022 del RENIEC, a efectos de ampliar su vigencia con un horizonte al 2023

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000086-2020/JNAC/RENIEC

Lima, 7 de agosto de 2020.

VISTOS:

El Informe Nº 000054-2020/GPP/SGPL/RENIEC (15JUL2020) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación Nº 000136-2020/GPP/RENIEC (15JUL2020) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 000861-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (27JUL2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Hoja de Elevación Nº 000306-2020/GAJ/RENIEC (27JUL2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que el inciso 3º del numeral 7.3 del Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que es responsabilidad del Titular de la Entidad determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de los objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;

Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se creó y reguló la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, constituyéndose este último como el órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y como organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que en esa línea, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017 CEPLAN/PCD (02MAY2017), se aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, que dispone su implementación progresiva en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores, que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;

Que en el marco de lo establecido en la Directiva antes citada, se aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional”, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD (02JUN2017) y sus modificatorias, la cual determina su aplicación para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) en los tres niveles de gobierno y establecen pautas para la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la pre-imagen del Perú al 2030, la Política General de Gobierno al 2021, y las Políticas Nacionales, Sectoriales y Territoriales;

Que asimismo, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 013-2020/CEPLAN/PCD (04MAY2020) se resuelve prorrogar el plazo de la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modificatorias, estableciendo el 30 de junio de 2020 como plazo máximo para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno;

Que el Plan Estratégico Institucional 2018 - 2020 del RENIEC fue aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2018/JNAC/RENIEC (25OCT2018) y, posteriormente, fue ampliada su vigencia hasta el año 2022 a través de la Resolución Jefatural Nº 70-2019/JNAC/RENIEC (04MAY2019);

Que con Oficio Múltiple Nº D000037-2019-CEPLAN-DNCP (24DIC2019), la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN comunica el procedimiento sobre la ampliación de la temporalidad del Plan Estratégico Institucional (PEI), con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021-2023, por lo que, de manera excepcional se permite extender el horizonte del tiempo de vigencia del PEI a las entidades de los tres niveles de gobierno que no cubren el año 2023;

Que en este sentido, la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante la Hoja de Elevación Nº 000136-2020/GPP/RENIEC (15JUL2020), basada en el Informe Nº 000054-2020/GPP/SGPL/RENIEC (15JUL2020), propone la ampliación de la vigencia del Plan Estratégico Institucional 2018-2022 hasta el año 2023; toda vez que el proyecto del citado documento de gestión cuenta con la verificación y validación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) efectuada mediante Informe Técnico Nº D000120-2020-CEPLAN-DNCPPEI (26JUN2020), comunicada al RENIEC a través del Oficio Nº D000268-2020-CEPLAN-DNCP (30JUN2020), y con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del RENIEC;

Que en consecuencia, la ampliación del período de vigencia del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018-2023 del RENIEC, posibilita la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023, por lo cual resulta necesario aprobar esta ampliación de la vigencia del referido Plan Estratégico Institucional, a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de corto, mediano y largo plazo, así como sus acciones estratégicas y operativas con sus respectivas metas e indicadores;

Que en atención a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, la aprobación de la referida Ampliación del Plan Estratégico Institucional del RENIEC se deberá efectuar con eficacia anticipada, la misma que deberá sustentarse en la aplicación del numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que establece que la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que la Jefatura Nacional es el Órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, a cargo del Jefe Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la Institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones, “emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la Institución”, conforme lo establece el artículo 15 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC y sus modificatorias;

Que por otro lado, mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo Titular de la Institución y éste asuma las funciones que por Ley le corresponden; y,

Que se hace necesario difundir la presente Resolución Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para conocimiento de la ciudadanía y;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 73–2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el Plan Estratégico Institucional 2018-2022 del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2018/JNAC/RENIEC (24OCT2018) y modificado por Resolución Jefatural Nº 70-2019/JNAC/RENIEC (03MAY2019), a efectos de ampliar su vigencia con un horizonte al 2023, con eficacia anticipada al 30 de junio de 2020; cuyo texto como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la difusión a los órganos de la institución del documento que se aprueba con la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional www.reniec.gob.pe, para su debida difusión.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO

Jefe Nacional (i)

1876148-1