Crean el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre

Crean el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 01-2020-MPL

Pueblo Libre, 30 de enero del 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO

LIBRE;

VISTO, el Memorando N° 050-2020-MPL-GM de fecha 29 de enero de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe N° 008-2020-MPL-GCSC/SGFSA de fecha 07 de enero de 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo el artículo 39 de la citada Ley, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía;

Que, el artículo 42 de la citada Ley, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el tercer párrafo del artículo 46 de la referida Ley, establece que las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, el cual establece en el artículo 2, como definición de Depósito Municipal de Vehículos (DMV), el Local autorizado para el internamiento de vehículos, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.

Que, mediante Ordenanza N° 556-MPL, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 28 de diciembre de 2019, se establece el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, el cual en su artículo cuarto, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía cree el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) y se reglamente su funcionamiento;

Que, mediante Informe N° 008-2020-MPL-GCSC/SGFSA de fecha 07 de enero de 2020, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas remite a la Gerencia Municipal, un proyecto de Decreto de Alcaldía que crea el Depósito Municipal de Vehículos (DMV);

ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 42 Y EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;

DECRETA:

Artículo Primero.- CRÉASE el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, en el inmueble ubicado en Av. Colombia N° 300, el mismo que se encontrará bajo la administración, supervisión y control de la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas.

Artículo Segundo.- APRUÉBASE el Reglamento del Depósito Municipal de Vehículos (DMV), el mismo que consta de Siete (07) Artículos, y que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana y Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; a la Secretaría General su publicación en el diario oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en la página web institucional de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe.

Artículo Cuarto.- PUBLÍCASE el presente Decreto en el diario oficial El Peruano y el íntegro del Reglamento del Depósito Municipal de Vehículos (DMV), en el portal electrónico de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe

Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

STEPHEN YURI HAAS DEL C ARPIO

Alcalde

1874904-1