Disponen el embanderamiento general en el distrito

Disponen el embanderamiento general en el distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 003-2020-MDB

Breña, 24 de julio de 2020

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑA

VISTO:

El Memorando Nº 183-2020/MDB-GM de fecha 21 de julio de 2020 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 182-2020-GAJ-MDB de fecha 22 de julio de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1012-2020-GM-MDB de fecha 23 de julio de 2020 de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece en su artículo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el día 28 de julio del presente año, se celebra el Centésimo Nonagésimo Noveno (199º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú;

Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política de Gobierno Local, promover en la comunidad Breñense los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios;

Que, los vecinos de Breña se han caracterizado por su preocupación en el cuidado del aspecto exterior de sus predios, coadyuvando al mejoramiento progresivo del ornato del distrito, en atención a lo cual corresponde el embanderamiento del distrito de Breña con motivo de las fiestas patrias;

En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Breña del 24 al 31 de Julio de 2020, con motivo de la celebración del Centésimo Nonagésimo Noveno Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.

Artículo Segundo.- PRECISAR que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular con los colores nacionales, sin escudo de armas), encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para el uso de los edificios del Estado, asimismo las banderas a izar, deberán contar con sus respectivas astas y encontrarse en buen estado de conservación y limpieza.

Artículo Tercero.- RECOMENDAR a los vecinos del Distrito de Breña, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio.

Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Estadística e Informática la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JOSE DALTON LI BRAVO

Alcalde

1873394-1