Asignan plazas dan por concluida designación y nombramiento nombran y designan fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco ApurímacHuancavelica Ayacucho y Junín

Asignan plazas, dan por concluida designación y nombramiento, nombran y designan fiscales en los Distritos Fiscales de Huánuco, Apurímac, Huancavelica, Ayacucho y Junín

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 815-2020-MP-FN

Lima, 22 de julio de 2020

VISTOS:

Los oficios Nros. 212, 439, 518, 528, 537, 540, 548 y 549-2020-FSPNC-MP-FN, Nros. 154 y 211-2020-MP-FN-FSC-FSPN-FPS; así como los informes Nros. 002 y 004-2020-FSPNC-MP-FN, cursados por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal Nacional y Coordinador de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinador en los Procesos por Delitos de Terrorismo.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 041-2007-MP-FN-JFS, de fecha 07 de septiembre de 2007, se creó en el Distrito Judicial de Huancavelica, la Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial de Huancavelica, con competencia para conocer los delitos contra la Humanidad, previstos en los Capítulos I, II y III del Título XIV-A del Código Penal, y de los Delitos Comunes que hayan constituido casos de violación de Derechos Humanos, así como desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y exhumación de fosas clandestinas. Asimismo, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 452-2008-MP-FN, de fecha 10 de abril de 2008, se dispuso ampliar la competencia de la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, para que conozca los casos por delitos de Terrorismo.

Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1179-2012-MP-FN, de fecha 15 de mayo de 2012, se dispuso, entre otros, trasladar la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, con todo su personal Fiscal y Administrativo, al Distrito Judicial de Ayacucho, por un plazo de 180 días hábiles, prorrogables según la necesidad del servicio, a efectos de que conozca los casos por delitos de Terrorismo y Lesa Humanidad de las Fiscalías Penales Supraprovinciales de Ayacucho que oportunamente se les asigne, conservando la Fiscalía Penal Supraprovincial en mención, su competencia en el Distrito Judicial de Huancavelica, disposición que fue prorrogada mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3184-2013-MP-FN, 1929-2014-MP-FN y 1256-2015-MP-FN, de fechas 04 de octubre de 2013, 22 de mayo de 2014 y 10 de abril de 2015, respectivamente.

Que, con los documentos de vistos se hace de conocimiento que la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, ha venido trabajando casos que corresponden al Distrito Fiscal de Ayacucho, que abarcan delitos de Terrorismo como delitos por graves violaciones de Derechos Humanos, habiéndose cumplido algunas metas y objetivos buscados con la medida de traslado.

De igual forma, se advierte que en el período de violencia de los años 1980 al 2000, entre las zonas con alta incidencia de casos del accionar terrorista y de graves violaciones de Derechos Humanos corresponden al Distrito Fiscal de Huancavelica, en las que se habrían suscitado un gran número de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Al respecto y en atención a que el Ministerio Público viene desplegando acciones coordinadas con la Dirección de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de la Ley N° 30470 y el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, se considera necesario disponer el retorno de la Fiscalía citada al Distrito Fiscal de Huancavelica, para avocarse a los casos de la mencionada jurisdicción, que no habrían sido adecuadamente atendidos al encontrarse el despacho fiscal en Ayacucho y no en Huancavelica.

Asimismo, resulta necesario precisar que la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica conocerá solo la carga que corresponde al Distrito Fiscal de Huancavelica, por lo que la carga pendiente que corresponda al Distrito Fiscal de Ayacucho, deberá ser asumida de forma equitativa por la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial de Ayacucho, para cuyo efecto deben ser fortalecidas.

Que, a través de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, en mérito al Acuerdo N° 5672, adoptado el 06 de febrero de 2020, se dispuso la creación de ciento setenta y siete (177) plazas de Fiscales provisionales, teniendo todas carácter transitorio y cuya vigencia es a partir del 26 de febrero y hasta 31 de diciembre del presente año; y, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 010-2020-MP-FN-JFS, de fecha 25 de febrero de 2020, emitida en virtud al Acuerdo N° 5673, adoptado el 06 de febrero de 2020, se creó la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac y la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín, las mismas que estarán conformadas por (01) plaza de Fiscal Provincial y (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales; respectivamente, provenientes de las plazas creadas mediante la primera Resolución de la Junta de Fiscales Supremos mencionada en el presente párrafo.

Que, la Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes, a fin de fortalecer la función Fiscal, garantizando de tal manera un servicio fiscal eficiente y oportuno, para lo cual priorizará el presupuesto asignado de acuerdo a la necesidad del servicio.

En tal sentido, teniendo en cuenta la labor que viene desplegando el Ministerio Público de manera coordinada con la Dirección de Búsqueda de Personas Desaparecidas del MINJUS, la misma que requiere el apoyo de un Despacho Fiscal que coadyuve en la investigación de los casos y denuncias que no se han efectuado en el Distrito Fiscal de Huancavelica, resulta pertinente asignarle a la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, la misma que cuenta con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020. Asimismo, dada la carga laboral que deberán asumir la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho, se hace necesario asignarle a cada Despacho una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, las mismas que cuentan con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020.

Por otro lado, en atención a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 010-2020-MP-FN-JFS, de fecha 25 de febrero de 2020 y a lo requerido mediante los documentos de vistos, también resulta pertinente disponer la asignación de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac; y, una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín, todas con carácter transitorio, creadas por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, así como los nombramientos y designaciones, según corresponda, previa verificación de los requisitos de ley, conforme a las propuestas formuladas.

Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política del Estado y el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Trasladar el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, del Distrito Fiscal de Ayacucho al Distrito Fiscal de Huancavelica, con todo su personal fiscal, conformado por un (01) Fiscal Provincial y un (01) Fiscal Adjunto Provincial, y su personal administrativo.

Artículo Segundo.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica.

Artículo Tercero.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Primera Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho.

Artículo Cuarto.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho.

Artículo Quinto.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín.

Artículo Sexto.- Asignar una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas con carácter transitorio, materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, a la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac.

Artículo Séptimo.- Dar por concluida la designación del abogado Carlos Marcial Castañeda Correa, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Leoncio Prado, Distrito Fiscal de Huánuco, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Leoncio Prado, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2412-2017-MP-FN, de fecha 11 de julio de 2017.

Artículo Octavo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Iván Soto Pareja, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Aymaraes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1005-2019-MP-FN, de fecha 08 de mayo de 2019.

Artículo Noveno.- Nombrar al abogado Ramiro Lucio Riveros García, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Huancavelica, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica.

Artículo Décimo.- Nombrar a la abogada Jenny Mercedes López Rojas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho.

Artículo Décimo Primero.- Nombrar a la abogada Jackelin Jessica Saca Soto, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho.

Artículo Décimo Segundo.- Designar al abogado Carlos Marcial Castañeda Correa, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Leoncio Prado, Distrito Fiscal de Huánuco, en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín.

Artículo Décimo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Junín, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Junín, a los siguientes abogados:

- Nilda Marcela Anco Dávila, con reserva de su plaza de origen.

- Hualter Rolando Carrasco Otárola

Artículo Décimo Cuarto.- Nombrar al abogado Iván Soto Pareja, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Apurímac, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac.

Artículo Décimo Quinto.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Fiscal de Apurímac, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial Transitoria Especializada en Terrorismo y Derechos Humanos con Competencia en el Distrito Fiscal de Apurímac, a los siguientes abogados:

- Eliana Galindo Campos

- Harold Yeral Medina Cama

Artículo Décimo Sexto.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literales “g”, “t” y “v” del Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018 y su modificatoria por Resolución de la Fiscalía de la Nación N°.1974-2019-MP-FN, de fecha 26 de julio de 2019, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo Décimo Séptimo.- Disponer que la presente resolución entre en vigencia a partir de la fecha.

Artículo Décimo Octavo.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020.

Artículo Décimo Noveno.- Disponer que el Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica, conozca únicamente la carga procesal del Distrito Fiscal de Huancavelica.

Artículo Vigésimo.- Disponer que la carga del Despacho de la Fiscalía Penal Supraprovincial de Huancavelica correspondiente al Distrito Fiscal de Ayacucho, sea distribuida de forma equitativa entre la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Supraprovincial con Competencia en el Distrito Fiscal de Ayacucho.

Artículo Vigésimo Primero.- Dejar sin efecto todo acto administrativo que se oponga a la presente resolución.

Artículo Vigésimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de los Distritos Judiciales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco y Junín, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los Procesos por Delitos de Terrorismo, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación

1872860-1