Disponen el embanderamiento de inmuebles del distrito

Disponen el embanderamiento de inmuebles del distrito

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2020-DA/MDSL

San Luis, 20 de julio de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN LUIS

VISTO:

El Informe Legal Nº 175-2020-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 064-2020-MDSL-SGIIPV de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal; otros, sobre el embanderamiento en el distrito de San Luis;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los artículos 191, 194 y 203 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes” establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…);

Que, el numeral 16 del artículo 82 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que es deber de los gobiernos locales destacar y promover los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos; así como afirmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios, así como promover el mantenimiento, limpieza, conservación y mejoramiento del ornato local;

Que, al respecto la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal mediante Informe Nº 064-2020-MDSL-SGIIPV, propone el embanderamiento en el distrito de San Luis; en razón que este 28 de julio Conmemoramos el 199º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; en ese sentido la Gerencia de Asesoría jurídica, opina que resulta procedente emitir el decreto de alcaldía que regule dicho acto;

Que, siendo política de esta Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, incentivar la participación cívica del vecindario, así como fomentar la conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades; siendo uno de ellos el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito de San Luis; es necesario emitir el acto respectivo;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO del Distrito de San Luis, desde el 23 al 31 de julio de 2020, con motivo de celebrarse el 199º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; esta medida se extenderá a todos los predios públicos o privados, vivienda, comercial o industrial.

Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen el embanderamiento de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”; y, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA

Alcalde

1872872-1