Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de Villa María del Triunfo

Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de Villa María del Triunfo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 06-2020-MVMT

Villa María del Triunfo, 15 de julio de 2020

EL ALCALDE DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el Artículo 194º modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, con motivo de las Festividades Patrióticas, el 28 de julio se celebra los 199 años de vida independiente del Perú, siendo para todos los peruanos “la fiesta de la Independencia Nacional”; en tal sentido, para conmemorar las Fiestas Patrias, los invitamos a unirse a la celebración por 199º aniversario patrio, colocando la bandera del Perú en sus viviendas y negocios;

Que, es deber del Gobierno Local la conmemoración de esta magna fecha, como un justo homenaje a todos los gestores y aguerridos libertadores que proclamaron la independencia del Perú, por ello resulta necesario embanderar los inmuebles de nuestro distrito de Villa María del Triunfo, como símbolo de orgullo peruano, con la esperanza de que juntos como nación saldremos adelante de esta difícil situación;

Estando en los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en el uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de municipalidades – Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL DE TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO con motivo de la celebración de los 199 años de vida independiente del Perú, disposición que entra en vigencia a partir del día 17 de julio hasta el 31 de julio de 2020.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario oficial El Peruano; a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del texto íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión correspondiente.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELOY CHAVEZ HERNANDEZ

Alcalde

1871541-1