Ratifican Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez

Ratifican Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez

ACUERDO DE CONCEJO

N° 012-2020-M.P.O.

Oxapampa, 19 de febrero de 2020.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE OXAPAMPA

POR CUANTO:

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo N° 002 de fecha 17 de febrero de 2020, el Expediente Administrativo Nº 1234, con el Oficio Nº 024-2020-GM/MDPB, de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez; Informe N° 14-2020-JJFC-DOME/MPO, Jefe del Departamento de Organización, Métodos y Estadística; Informe N° 089-2020-OPP-MPO, Gerente de Planeamiento y Presupuesto; Informe Legal Nº 074-2020-OAJ-MPO, de la Oficina de Asesoría Jurídica; Informe Nº 080-2020-MPO-ZBRC/GEMU, de la Gerencia Municipal; Dictamen N° 002-2020 CPPEI, Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Inversiones, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas en materia tributaria expedida por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia…”; en el caso del Distrito de Chontabamba, corresponderá a la Municipalidad Provincial de Oxapampa pronunciarse respecto de la solicitud de ratificación, teniendo en cuenta el marco legal vigente;

Que, mediante Oficio Nº 024-2020-GM/MDPB con fecha de ingreso 03 de febrero de 2020, el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez, remite el levantamiento de las observaciones realizadas al TUPA de dicho distrito (Ordenanza Municipal N° 017-2019-MDPB-CM), con el fin de ser evaluado y ratificado por el Concejo Municipal;

Que, mediante Informe Nº 089-2020-OPP-MPO de fecha 05 de febrero 2020, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala que según las conclusiones del informe técnico realizado por el responsable del Departamento de Organización, Métodos y Estadística, informa que las observaciones fueron subsanadas y se encuentra conforme de acuerdo a los lineamientos técnicos, en tal sentido solicita opinión legal al respecto y sobre los procedimientos de aprobación de las últimas modificaciones subsanadas;

Que, con Informe Legal Nº 074-2020-OAJ-MPO de fecha 11 de febrero de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que es viable la ratificación de la Ordenanza Municipal 017-2019-MDPB que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez, en la medida que las observaciones fueron levantadas conforme lo refiere los antecedentes;

Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de Inversiones de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, mediante Dictamen N° 002-2020 CPPEI de fecha 13 de febrero de 2020, recomienda por UNANIMIDAD: Ratificar la Ordenanza Municipal 017-2019-MDPB que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez;

Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

SE ACUERDA:

Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal 017-2019-MDPB que aprueba el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUERTO BERMÚDEZ, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo.

Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del Acuerdo de Concejo Ratificatorio de la Ordenanza Municipal Nº 017-2019-MDPB, se encuentra condicionada al cumplimiento de su publicación íntegra bajo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez.

Artículo Tercero.- La Ordenanza materia de la presente ratificación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez.

Artículo Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

JUAN CARLOS LA TORRE MOSCOSO

Alcalde Provincial

1870443-1