Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3

Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3

RESOLUCIÓN N° 000078-2020-PRE/INDECOPI

San Borja, 3 de julio de 2020

VISTOS:

Los Informes N° 000085-2020-GRH/INDECOPI, N° 000344-2020-GEL/INDECOPI, N° 000054-2020-GEG/INDECOPI y N° 000374-2020-GEL/INDECOPI; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;

Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual;

Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;

Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros;

Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 103-2015-INDECOPI/COD, publicada el 7 de junio de 2015 en el Diario Oficial El Peruano, se designó, entre otros, a la señora Guiselle Marlene Romero Lora, como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, por un período de cinco (05) años, el cual ha culminado; por lo que debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público;

Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI;

Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 059-2020 del 2 de julio de 2020, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Fernando Alonso Zegarra Mariño como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente;

Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y,

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por concluida la designación, por vencimiento de mandato, de la señora Guiselle Marlene Romero Lora, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 7 de junio de 2020, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución.

Artículo 2°.- Designar al señor Fernando Alonso Lazarte Mariño como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA

Presidenta del Consejo Directivo (e)

1869800-5