Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Comas

Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Comas

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 589/MDC

Comas, 18 de junio de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE COMAS

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de junio de 2020, el Informe Nº 12-2020-GFYT/MC y el Informe Nº 05-2020-GFYT/MC de la Gerencia de Fiscalización y Transporte y el Informe Nº188-2020-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, respecto al Proyecto de Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante D.S. Nº 029-2019-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; en el cual establece en su artículo 39º literal d) Copia del comprobante de pago de la multa por habilitar sin licencia. El valor de la multa es equivalente hasta el 10% del valor de la obra a regularizar tomando el promedio de los valores unitarios oficiales de edificación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la regularización. Como uno de los Requisitos para solicitar la regularización de habilitaciones urbanas; y así mismo, en su artículo 83º literal g) Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa es equivalente hasta el 10% del valor de la obra a regularizar tomando el promedio de los valores unitarios oficiales de edificación a la fecha de su ejecución y de la fecha de solicitud de la regularización. El cual es uno de los Requisitos para obtener Licencia de Regularización de Edificaciones;

Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; así mismo señala que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias;

Que, en virtud del Artículo 247º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, se faculta a cualquiera de las entidades de la administración pública, establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a sus administrados; de conformidad a lo estipulado en los artículos 2º numeral 22 y 191º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con los articulo 20º numeral 5 y artículos 39º, 40º, 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 534/MC publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de febrero del 2018 se aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Comas;

Que, la Gerencia de Fiscalización y Transporte, mediante informes de vistos, en mérito al D.S. Nº 29-2019-VIVIENDA, referente a las habilitaciones urbanas y Licencias de Edificación donde se establece que el monto de concepto de multa administrativa es el 10% del Valor de la Obra (VOE) artículo 39º literal d), señala que se debe derogar dos códigos del CUIS, respecto a los códigos 08-0141 y 08-0142; en los cuales contempla el monto de la multa del 100% de UIT por cada m2 para predios menores a 500 m2 y 100% de UIT por cada 20 m2 para predios mayores a 500m2; Así mismo, incorporar los códigos 08-0143 “Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o Autorización de Obra”, con la multa del 10% VOE y con la medida correctiva de paralización, clausura (en claro de comercio y/o industria), con la gradualidad MG; y el código 08-0144 “Por ejercer actividades económicas y/o industriales en edificios que no cuenten con licencia de edificación y conformidad de obra”, con la multa del 10% VOE y con la medida correctiva de clausura temporal y/o definitiva de establecimiento, con la gradualidad G;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, opina que sea sometida al Concejo Municipal, con la finalidad de que sea aprobado el Proyecto de Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas, derogando los Códigos de Infracción Nº 08-0141 y 08-0142 e incorporando la infracción en base a la multa del 10% VOE, por la infracción de Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o Autorización de Obra; así como la infracción por ejercer actividades económicas y/o industriales en edificios que no cuenten con licencia de edificación y conformidad de obra; mediante Ordenanza Municipal, por el Honorable Concejo Municipal conforme a sus atribuciones;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que modifica el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas, con el voto POR MAYORÍA de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS

Artículo 1º.- DERÓGUESE el Código de Infracción Nº 08-0141 “Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o Autorización de Ejecución de Obra, para fines comerciales y/o industrial” y el Código de Infracción Nº 08-0142 “Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o Autorización de Ejecución de Obra, para vivienda”; del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobada por la Ordenanza Nº 534/MC.

Artículo 2º.- INCORPÓRESE en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza Nº 534/MC, las siguientes infracciones:

CODIGO

DESCRIPCIÓN

SANCIONES

GRADUA-

LIDAD

MULTA

MEDIDA CORRECTIVA

08-0143

Habilitar terrenos sin contar con la Resolución de Aprobación o Autorización de Obra

10% VOE

Paralización, Clausura (en caso de comercio y/o industria)

MG

08-0144

Por ejercer actividades económicas y/o industriales en edificios que no cuenten con licencia de edificación y conformidad de obra.

10% VOE

Clausura temporal y/o definitiva de establecimiento

G

Artículo 3º.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza, conforme a la normatividad vigente.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Fiscalización y Transporte, Subgerencia de Control y Operaciones y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas; www.municomas.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAÚL DÍAZ PÉREZ

Alcalde

1869331-1