Aprueban la segunda modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento

Aprueban la segunda modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento

Resolución de Consejo Directivo

N° 12-2020-OTASS/CD

Lima, 30 de junio de 2020

VISTO:

El Informe N° 102-2020-OTASS-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 90--2020-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, y con competencia a nivel nacional, teniendo como objeto cautelar la ejecución de la política del ente rector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA se aprobó la Sección Primera del nuevo Reglamento de Organización y Funciones que consta de tres (03) títulos y, treinta y tres (33) artículos donde se definen los órganos del primer nivel organizacional;

Que, el literal a) del artículo 8 del referido Reglamento de Organización y Funciones establece dentro de las funciones del Consejo Directivo el aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y los lineamientos del Ente Rector;

Que, el numeral 7.3 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, en adelante la Guía, la cual fue objeto de modificación por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019-CEPLAN/PCD y que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, con la Resolución de Consejo Directivo N° 022-2019-OTASS/CD, del 20 de diciembre del 2019, que aprueba el Plan Operativo Institucional 2020 consistente con el PIA del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

Que, con la Resolución de Consejo Directivo N° 005-2020-OTASS/CD, del 02 de marzo del 2020, se aprueba la primera modificación del Plan Operativo Institucional 2020 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.3 de la mencionada Guía, el POI Anual en ejecución se modifica por incorporación de nuevas Actividades Operativas y/o eliminación por cambios en el entorno y el cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo. Asimismo, por cambios en la programación de metas físicas y financieras de las actividades operativas, que estén relacionados a su priorización;

Que, mediante Resolución Directoral N° 016-2019-OTASS/DE, del 18 de febrero del 2019, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

Que, de acuerdo al artículo 4.2 de la Guía, corresponde a la Comisión, entre otras funciones, priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI), Acciones Estratégicas Institucionales (AEI), Actividades Operativas y validar el documento del PEI y POI; en ese sentido, la Comisión ha validado el documento del POI Anual 2020 Modificado versión 2;

Que a través del Informe N° 000102-2020-OTASS-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se propone y sustenta la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado versión 2 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con el literal a) del artículo 8 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA, y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, que aprueba la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de modificación

Aprobar la segunda modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, conforme al documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Registro

Disponer que los órganos y unidades orgánicas de las unidades ejecutoras del Pliego 207 – Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, registren la información en el aplicativo CEPLAN V.01 e informen a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para fines del seguimiento y evaluación, sobre la ejecución de las metas de las actividades operativas del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 modificado por la presente resolución.

Artículo 3.- Publicidad

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER ERNESTO HERNÁNDEZ CAMPANELLA

Presidente del Consejo Directivo

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